Soria, junio de 1822: las fiestas que no fueron (y II)

«No convenimos –siguió Manuel Sanz con igual serenidad y firmeza– en celebrar las Fiestas de la Madre de Dios de otra forma que la que hasta aquí se ha acostumbrado, bajo el mismo título y sin renovarlas en cosa alguna».
Convocados en las Salas Consistoriales, los alcaldes de barrio debían decidir si aceptaban transformar las ancestrales Fiestas de la Madre de Dios en una «Función Patriótica» al servicio del nuevo régimen liberal. La respuesta de las cuadrillas sorianas fue tan rotunda como inesperada.
«LOS ALCALDES DE BARRIO»
La mañana del martes 18 de junio de 1822, las Salas Consistoriales de Soria mudaron su rutina para albergar una sesión extraordinaria que se preveía crucial. No se trataba de un debate a puerta cerrada entre regidores. Convocados a toda prisa, en los bancos de una sala contigua aguardaban los alcaldes de barrio: verdadero pulso del sentir popular, de las cuadrillas y las calles sorianas.
Con un ambiente cargado de expectación, el alcalde segundo, don Antonio García Rodríguez, dio lectura a la respuesta oficial que don Bernardo de los Ríos había dado al «oficio que se le pasó á virtud de lo acordado en el día catorce, relativo á la ejecución de la Fiesta de la Madre de Dios, en el presente año». A pesar de la mediación de don Ramón, marqués de la Vilueña, el jefe político se mantenía inflexible en la letra del documento llegado de Madrid; manifestaba con firmeza que la función popular, «en quanto en ella se daba un refresco a los vecinos de cada barrio», estaba «literalmente prohibida por el Decreto de las Cortes de veinte y siete de Mayo».
El representante del Gobierno central recordaba al Ayuntamiento que no poseía «facultades para autorizarla [sin] incurrir en la responsabilidad de su infracción».
Y que ni siquiera «las particulares circunstancias de tener el vecindario hecha la prebención (sic) para una costumbre de inmemorial tiempo, y el peligro que se indicaba del riesgo de ser alterada la tranquilidad pública», eximirían a su autoridad del cumplimiento de las leyes nacionales.
Sin embargo, cuando «para sortear esos inconvenientes» se le rogó que «se sirviere asistir a este acto, á el cual estaban convocados los Alcaldes de Barrio», el plan que el jefe político había expuesto ante el marqués de la Vilueña comenzó a tomar cuerpo públicamente. Bernardo de los Ríos deseaba evitar a toda costa un motín popular que empañase su gestión.
Con no poca sorpresa de todos los presentes –a excepción de Vilueña, que ya intuía el siguiente movimiento–, cuando una comisión municipal acudió a buscarle a su despacho, don Bernardo de los Ríos accedió, de forma excepcional, a personarse de inmediato en el mismo Ayuntamiento.
El jefe político, «habiendo condescendido» y presentándose en el salón, tomó las riendas de la asamblea ante el alcalde segundo, los regidores presentes, procuradores síndicos y el secretario municipal, haciendo llamar a los alcaldes de barrio.
Fue entonces cuando don Bernardo de los Ríos trató de disfrazar la prohibición con los ropajes del nuevo patriotismo liberal. Ante el cuerpo capitular y los representantes vecinales, primero insistió en «considerar comprendida dicha Función [de la Madre de Dios] en la prohibición. Pero, acto seguido, expuso que, «deseoso de dar gusto al Vecindario en quanto no fuere opuesto a la Ley», existía una vía intermedia que podía transitarse: «que por este año podría tener efecto la Corrida de Nobillos (sic) y la Comida ó Caridad de las Calderas para los pobres», pero despojando al rito de su nombre ancestral, «no con el título que hasta aquí y sí con el de función Patriótica».
Con esta maniobra semántica, de los Ríos pretendía transformar la secular Fiesta de la Madre de Dios en un acto propagandístico, justificándolo «en celebridad de la tranquilidad de que se goza en esta Capital y en toda su Provincia en medio de las agitaciones que se experimentan en otras».
Salvaba la caridad para los pobres, mantenía el festejo taurino y utilizaba la paz de Soria como un trofeo político ante el Gobierno de Madrid.
Pero el centralismo ilustrado ignoraba el orgullo de los sorianos. Los alcaldes de barrio, conscientes de la gravedad de lo que se les proponía, se negaron a contestar en el acto. Escuchada la oferta, manifestaron con firmeza «no poder por sí determinar sin explorar la voluntad de los vecinos».
El pulso político se trasladaba así, de forma inevitable, a las asambleas populares de los barrios. El jefe político otorgó el preceptivo permiso para que los alcaldes congregaran a sus vecinos en sus respectivas cuadrillas y concurrieran a las mismas salas consistoriales «en el día viernes veinte y uno del Corriente á manifestar sus contestaciones».
Con el emplazamiento fijado y la moneda en el aire «se lebantó (sic) el acto».
En apenas setenta y dos horas Soria tendría que decidir si aceptaba arrodillar sus tradiciones ante el altar de la nueva política.
«ANTE MÍ EL SECRETARIO»
El viernes 21 de junio de 1822 volvió a reunirse el Ayuntamiento constitucional de Soria bajo la presidencia del alcalde segundo, Antonio García Rodríguez, que ya había ejercido como regidor a la llegada del nuevo orden constitucional.
No era un detalle menor. Tampoco lo era la presencia aquella mañana de ocho regidores –número nada habitual en un Ayuntamiento donde el absentismo era mal crónico–; los dos procuradores síndicos, el fiel y el procurador general de la tierra, además del secretario municipal Vicente García de Leániz, que abrió el acta con su acostumbrada solemnidad:
«En la Ciudad de Soria y Ayuntamiento de ella á veinte y uno de Junio de mil ochocientos veinte y dos, presentes los Señores…». Y después de nombrar uno a uno a los asistentes, antes de continuar escribió –como habitualmente hacía–: «por ante mí el Secretario acordaron lo siguiente».
La cuestión que aguardaba sobre la mesa no era pequeña. Desde la restauración constitucional de 1820, el viejo edificio político de la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Soria había comenzado a resquebrajarse. Las regidurías perpetuas habían quedado extinguidas; los privilegios de los Linajes, abolidos; y las funciones del antiguo Estado del Común, absorbidas por el nuevo Ayuntamiento constitucional «cuyos individuos son elegidos por todos los ciudadanos sin distinción de estado», según había recordado entonces el propio jefe político de la provincia.
Sin embargo, bajo la apariencia del nuevo régimen, las viejas costumbres comunales latían con fuerza en las cuadrillas y en los barrios de la ciudad.
Iniciada la sesión, un portero del Ayuntamiento dio recado a los allí reunidos «de hallarse en las antesalas los Alcaldes de Barrio á consecuencia de lo acordado en la anterior acta».
Aguardaban de pie, en silencio, al otro lado de la puerta.
Muchos de ellos habían participado, apenas dos años antes, en las juntas de cuadrilla convocadas para las municipales de marzo de 1820. Aquellas dieciséis cuadrillas de la ciudad habían constituido, ya desde 1812, la base censal para las elecciones del primer Ayuntamiento constitucional.
Sabían bien que los nuevos tiempos habían reducido su presencia en las sesiones municipales y limitado severamente las materias sobre las que podían deliberar. Pero también sabían –y acaso mejor que nadie– que ninguna ley promulgada en Madrid podría arrancar de golpe costumbres sostenidas durante siglos por la voluntad de los vecinos.
García Rodríguez, al frente de la mesa capitular, les mandó entrar:
–Preséntense en esta sala los expresados Alcaldes de Barrio.
El rumor de las botas y las varas de mando resonó sobre las tablas del solado consistorial.
Avanzó entonces Manuel Sanz, de la cuadrilla de San Blas. Hombre del común, aunque no falto de letras, de ánimo resuelto y atrevido, no era desconocido para los allí presentes. Ya en 1820 había dirigido un escrito al Ayuntamiento solicitando que se mantuvieran las funciones desempeñadas por el antiguo Estado del Común. La respuesta del jefe político había sido terminante: los viejos cuerpos municipales quedaban extinguidos bajo la nueva legalidad constitucional y todos los nuevos cargos y oficios refundidos en los que ya se habían nombrado para el nuevo Ayuntamiento «elegidos por todos los ciudadanos sin distinción de estado, en la forma que establece la Constitución».
Ahora volvía a comparecer ante muchos de aquellos hombres.
Descubriéndose ante los representantes municipales, con el sombrero y el pañuelo entre las manos, inclinó la cabeza en un respetuoso saludo y, dirigiéndose a García Rodríguez, dijo:
–Mi nombre es Manuel Sanz, vecino de la cuadrilla de San Blas.
Hizo una leve pausa y continuó:
–Todos los jurados de esta nuestra Ciudad han tenido a bien comisionarme para que haga presente a los señores alcaldes y regidores della…
–Conocemos ya los detalles. Sin más extremos, puede seguir –le interrumpió el alcalde segundo, seco y protocolario.
Antonio García Rodríguez lo contemplaba desde la presidencia con gesto contenido. Comprendía bien la gravedad de aquel instante. El liberalismo del Trienio pretendía acabar con el viejo mundo concejil de cuadrillas y jurados para sustituirlo por un poder sometido a la Constitución y las Cortes.
–No convenimos –siguió Sanz con igual serenidad y firmeza– en celebrar las Fiestas de la Madre de Dios «de otra forma que la que hasta aquí se ha acostumbrado, bajo el mismo título y sin innobarlas (sic) en cosa alguna».
Nadie hablaba.
La palabra de los vecinos, llevada por boca de Manuel Sanz, había caído sobre la sala con la gravedad de una sentencia esperada.
Los vecinos no habían rechazado la fiesta: habían rechazado la sustitución. Nadie aceptaría verla convertida en una «Función Patriótica» al servicio de la política.
Los sorianos nunca consentirían que otros rebautizaran su memoria.
Vicente García de Leániz, Secretario del Ayuntamiento constitucional de Soria mojó la pluma:
«Con lo qual se les mandó salir».