ECONOMÍA
Nueva vía para reclamar el céntimo sanitario
Foes remite un escrito a sus socios sobre el novedoso proceso
Un hombre en una gasolinera.-ALVARO MARTÍNEZ
La Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas (FOES) ha remitido esta semana un escrito a sus socios informándoles de una nueva vía para reclamar el polémico céntimo sanitario. El proceso se articula a través una ‘Acción de Enriquecimiento Injusto de la Administración’, pero solo es válido para aquellos afectados que no hayan acudido al Tribunal Supremo en el procedimiento de Responsabilidad Patrimonial.
El proceso nace en enero cuando el Tribunal Supremo estimó la acción de responsabilidad patrimonial del Estado. En virtud de esta sentencia, se condenó al Estado a devolver el importe del céntimo sanitario desde 2002. Para ejercer esta reclamación se abrió un plazo de un año a contar desde abril de 2014 por lo que esta vía ya está cerrada. Desde Soria se presentaron 148 reclamaciones por valor de 1,9 millones que todavía están pendiente de resolución.
La novedad viene porque tras el análisis de la sentencia «se ha abierto una nueva vía para poder recuperar el céntimo sanitario que es la llamada ‘Acción de Enriquecimiento Injusto de la Administración». Según explican desde FOES «esta acción tiene un plazo superior que finaliza este año». «El procedimiento tiene una fase administrativa inicialmente y si se desestima, se iniciará por vía judicial», según detallan desde la patronal.
Para poder acceder a esta vía de reclamación es necesario que los afectados no hayan acudido al Tribunal Supremo en el procedimiento de Responsabilidad Patrimonial o en su defecto, que tengan periodos que no hayan sido reclamados anteriormente por ninguna vía o hayan sido denegados por los tribunales económico-administrativos.
Las personas que deseen acogerse a esta nueva vía deben presentar la documentación necesaria antes del 30 de noviembre para que haya tiempo suficientes para tramitar cada caso. Para demostrar el daño debe acreditarse la repercusión del impuesto, por lo tanto, es necesario disponer de las facturas y los certificados de las empresas de medios de pago que digan que las facturas han sido pagadas y el impuesto liquidado.