Condenada la Gerencia Sanitaria de Soria por denegar a una enfermera el permiso para cuidar a un familiar

El Contencioso-Administrativo exige a Sanidad una indemnización de 170 euros por el día que no le autorizó para atender a su hermana tras una intervención quirúrgica

Labores de Enfermería.MARIO TEJEDOR

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Soria

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La Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria tendrá que indemnizar con 170 euros a una enfermera por no concederle un día de permiso para el cuidado de su hermana tras una intervención quirúrgica. La sentencia del Contencioso Administrativo de Soria, contra la que no cabe recurso, se produce tras la demanda del Sindicato de Enfermería Satse Soria, al que recurrió la trabajadora. El sindicato se congratula de esta sentencia que reconoce el derecho de una enfermera a solicitar el permiso de un día para atender a un familiar que precisó de reposo domiciliario tras una operación. 

El sindicato lamenta que se haya tenido que denunciar a la Administración por las trabas que establece a la conciliación de la vida laboral y personal: "El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Soria ha condenado a la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Soria a indemnizar a la enfermera por denegarle este derecho".

Satse Soria explica que la enfermera solicitó cogerse un día de permiso para cuidar a su hermana que había sufrido un tratamiento quirúrgico antes y que precisaba de reposo domiciliario. Para la sanitaria, su caso cumplía con la normativa que indica que un empleado público tiene derecho a un permiso de cuatro días hábiles por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización y que precise de reposo domiciliario de un familiar del segundo grado de consanguinidad.

Sin embargo, la Administración le denegó esta solicitud alegando que en el informe médico no se justificaba que se precisara de los cuidados de otra persona ni el número de días naturales de reposo.

El sindicato indica que el Contencioso argumenta en la sentencia que, aunque no se indiquen los días que esta persona debe hacer reposo, sí que se informa de que tendrá una revisión de la cirugía en siete días y, por lo tanto, entiende que todos los días que hay entre la operación y esa consulta nueva son días de reposo.

Asimismo, el Contencioso-administrativo número 1 de Soria explica que el reposo domiciliario requiere del cuidado efectivo de un familiar de forma implícita porque lo que se quiere conseguir con ese permiso que la persona cuente con la atención necesaria en esos días. “La finalidad del permiso es la conciliación de la vida personal y familiar, lo que incluye la posibilidad de asistir a un familiar durante los días posteriores a un ingreso o una intervención quirúrgica que requieran un reposo domiciliario”, añade el juez en la sentencia. Por ello, reitera que el permiso debió de ser concedido a esta enfermera.

Por otro lado, el sindicato informa de que con el paso de los meses no tiene sentido facilitar un día de permiso a la enfermera y que el Contencioso establece una indemnización que la Gerencia debe abonar a esta profesional. Los 170 euros, correspondientes al día de trabajo en el que no le concedió el permiso.

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Desde Satse Soria se espera "que la Administración tome nota de esta sentencia y que tenga en cuenta los argumentos del juez de cara a otras futuras solicitudes que reciba del personal sanitario en un futuro y facilite la conciliación de la vida familiar y laboral de los profesionales".