Prorrogan la prisión provisional del asesino de Matamala por 11 años y 6 meses

La Audiencia Provincial de Soria toma la decisión por el riesgo de fuga y la protección de la familia de la víctima mientras el Tribunal Supremo resuelve el recurso de casación

El juicio con jurado popular por asesinato el pasado mes de abril.Mario Tejedor Hernández

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La Audiencia Provincial de Soria dictó la prórroga de la prisión provisional para el condenado por el asesinato de una mujer en la Nochebuena de 2022 en el municipio de Matamala de Almazán. Aunque al acusado le fue impuesta una pena de 23 años de cárcel, después de que un jurado popular le encontrara culpable, el hecho de que la sentencia no sea firme, pues la defensa recurrió en casación ante el Tribunal Supremo, obligaba o bien a renovar el internamiento al haberse superado el plazo o bien a su libertad.

El auto de la Audiencia Provincial de Soria, al que ha tenido acceso este periódico, acordó ayer prorrogar la prisión provisional por 11 años y seis meses, el límite legal máximo permitido correspondiente a la mitad de la pena impuesta. La condena impuesta fue de 22 años por el delito de asesinato de su pareja sentimental, además de otro por un delito de daños por incendio, pues después de golpearla fuertemente en la cabeza, le colocó troncos incandescentes en las piernas al objeto de eliminar pruebas, tal y como quedó probado en el juicio que se celebró el pasado mes de abril.

La petición de prórroga de la prisión provisional para el condenado se produjo por parte del Ministerio Fiscal así como de la acusación particular constituida por la familia de la víctima, representada principalmente por el abogado Ramón Medina, obtiene así la respuesta positiva de la Audiencia Provincial.

Según el auto, a pesar del tiempo transcurrido desde que se adoptó la medida cautelar, el 29 de diciembre de 2022, sigue apreciándose la concurrencia de un importante riesgo de fuga, acrecentado por el momento actual ante la existencia del pronunciamiento condenatorio a una elevada pena de prisión.

Además, también hay que tener en cuenta la finalidad de proteger a los familiares de la víctima, respecto de los que existe una prohibición de aproximación a una distancia no inferior a 500 metros, así como de comunicación por tiempo de 30 años.

Contra el auto cabe asimismo recurso de súplica en el plazo de tres días.

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A finales del mes de septiembre, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) desestimó el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado, confirmando así íntegramente la sentencia dictada por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Soria. Consideró el Superior que existió prueba de cargo suficiente y que la valoración realizada por el Jurado fue racional y estuvo debidamente justificada.