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Desestiman la reclamación por el accidente en Las Bailas 2015

Un joven, que quedó tetrapléjico tras lanzarse al río, tiene abierta la vía judicial

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J.S./ Soria
Soria

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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria desestimó ayer la reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por M.J.S.S. con motivo del accidente ocurrido en el Lunes de Bailas de 2015 cuando un joven se arrojó al río sufriendo graves lesiones medulares. La reclamación ascendía 580. 130 euros. Con al decisión adoptada ayer se pone el punto y final a la vía administrativa aunque todavía queda pendiente la resolución judicial del caso.

El equipo de Gobierno decidió la desestimación de la reclamación en base a una consulta realizada al Consejo Consultivo de Castilla y León que respalda los argumentos del Consistorio. «El accidente se produce con decide voluntariamente introducirse en el río», aseguró Muñoz que incidió en que «la conducta voluntaria» el joven accidentado fue la que terminó provocando el suceso. «Con esto se pone fin a la vía administrativa y quedamos a expensas de la vía judicial, se ha iniciado y estamos esperando la tramitación», comentó Javier Muñoz.

En el dictamen emitido por le Consultivo se indica que «uno de los requisitos sine qua non, condicionantes de la prosperabilidad de una reclamación por responsabilidad patrimonial es la existencia de una relación directa, inmediata y exclusiva, de causa a efecto, entre el daño alegado y el funcionamiento del servicio público correspondiente».

Desde el Consultivo señalan que «en el supuesto sometido a dictamen, como resulta de la propia manifestación del interesado, el accidente se produce cuando decide, voluntariamente, introducirse en el río en un lugar no habilitado para el baño, no previsto ni organizado, en el sentido de que formaba parte de la celebración popular que se estaba desarrollando». Apoyándose en esta consideración incide en que «es por ello que debe considerarse que la conducta voluntaria del interesado es la determinante de los hechos, por lo interrumpiría el nexo causal, y que de ello devino el desgraciado accidente». El dictamen incide en que «tampoco se puede tener favorable acogida el hecho de que por parte de la entidad local se dispusieron diversos efectivos de orden a garantizar la seguridad del festejo, lo que indujo a que el lugar incitaba a que el baño estuviera permitido».

En definitiva, desde el Consultivo manifiestan que «al no apreciarse un incumplimiento de la administración que haya sido determinante en la producción del percance, la actuación voluntaria del reclamante debe suponer la consiguiente asunción por éste de los riesgos inherentes a él» y añade «ello interrumpe el nexo de causalidad entre los daños sufridos y el funcionamiento del servicio público, y, por lo tanto, la reclamación debe desestimarse».

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