Heraldo-Diario de Soria

El juez da 4 días a Gago para que pague la fianza y evite la cárcel

El magistrado rechaza el certificado del crédito de 30.000 E y le exige acta notarial de la hipoteca

Raquel Gago, durante el juicio.-J. CASARES

Raquel Gago, durante el juicio.-J. CASARES

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FELIPE RAMOS
Soria

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La policía local, Raquel Gago, condenada por el asesinato de la presidenta de la Diputación y del PP de León, Isabel Carrasco, tendrá que cuatro días hábiles para hacer efectivo el pago de los 30.000 euros de fianza, que le impuso el magistrado-presidente del tribunal, si quiere evitar la cárcel.

Así consta en la providencia, comunicada ayer a las partes y a la que ha tenido acceso EL MUNDO DE CASTILLA Y LEÓN. En ella el juez Carlos Álvarez rechaza el escrito que Gago presentó el pasado día 4 como aval de esos 30.000 euros, porque no cumple «los requisitos de forma exigidos en el artículo 595 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

El presidente del Tribunal del Jurado Popular, que juzgó el asesinato de Carrasco y condenó a Montserrat González y a su hija Triana Martínez, como autora y cooperadora necesaria, respectivamente; y a la policía local como encubridora, no da por bueno el certificado de la entidad bancaria entregado por Gago en la Audiencia.

La razón de su invalidez como aval de eso 30.000 euros es que el escrito, simplemente, da cuenta de que la policía local mantiene una hipoteca, de la que le resta un saldo vivo de poco más de 30.000 euros.

La Fiscalía y las acusaciones particulares, que ejercen el bufete Rivera abogados en el caso de la hija y la pareja de la presidenta de la Diputación, y Ricardo Gavilanes, en el del PP, en su escrito del pasado 14 de marzo ya calificaban el aval presentado como «ficticio o ilusorio», para concluir:«Simplemente no existe».

Además, aseguraban ya entonces que «tampoco se ha cumplido por la representación de Raquel Gago con el requisito legalmente previsto para una fianza hipotecaria, que es presentar una tasación real de la vivienda». Tasación que el magistrado sigue sin exigir a la policía local en su actual providencia.

Con todo esto, la acusaciones particulares y pública lo tenían claro: «En el caso de Raquel Gago, no se ha presentado una fianza real, ni cumple los requisitos legalmente previstos, que garanticen esa disponibilidad de dinero en metálico de forma inmediata, es decir, de los 30.000 euros de fianza interpuestos, para poder continuar con la libertad provisional, después de tener una sentencia condenatoria».

Por su parte, la defensa de la policía local, en la documentación remitida a la Audiencia indicaba que la certificación presentada constituía «garantía más que suficiente para cubrir la fianza solicitada» de 30.000 euros a su defendida y evitar así su reingreso en prisión.

Quien no lo entiende ahora es el juez, para quien resultan insuficientes los dos certificados presentados por Gago, el de «dominio y cargas» del Registro de la Propiedad y la certificación de la entidad bancaria.

Y le exige lo que se señala en el artículo 595 de la Ley de Enjuciamiento Criminal. Así le da los cuatro días que aún le restan –el magistrado los cuenta porque no consumió los ocho días de plazo dados para presentar la fianza–, para que otorgue «escritura pública notarial en que se constituya la hipoteca ofrecida, debiendo proceder de inmediato a su inscripción en el Registro de la Propiedad, o bien otorgue dicha hipoteca ‘apud acta’», es decir ante el letrado de la administración de justicia. Con esta opción se evita el pasar por el Registro.

Al ser días hábiles, la policía local tiene hasta el próximo martes para pagar la fianza o presentar el aval correspondiente, dado que el plazo comenzó a contar ayer, un día después de comunicarse.

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