Calendario de todas las fiestas laborales para 2026: el Día de Los Santos y la Constitución pasan a lunes
Las 14 fiestas se establecen sin perjuicio de las dos de carácter local que deberán ser determinadas para cada municipio

Trabajador en una obra.
El Consejo de Gobierno aprobó este jueves el decreto que establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de Castilla y León para el año 2026. La propuesta aprobada respeta las festividades tradicionales y traslada al lunes siguiente los dos festivos que coinciden en domingo, es decir, el 1 de noviembre, Día de Todos los Santos, y el 6 de diciembre, Día de la Constitución.
La elaboración del calendario se ha realizado manteniendo el respeto a las fiestas tradicionales de la Comunidad Autónoma, las demandas sociales y las necesidades del sistema productivo. Además, ha contado con la consulta previa al Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León, en el que están representadas las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Igualmente, se ha sometido al correspondiente trámite de participación, audiencia e información pública, sin que se haya registrado ninguna sugerencia en contra.
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Según lo dispuesto en la propuesta, las fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable en Castilla y León para 2026 serán el 1 de enero (Año Nuevo); 6 de enero (Epifanía del Señor); 2 de abril (Jueves Santo); 3 de abril, Viernes Santo; 23 de abril (Fiesta de la Comunidad autónoma); 1 de mayo (Fiesta del Trabajo); 15 de agosto (Asunción de la Virgen); 12 de octubre (Fiesta Nacional de España); 1 de noviembre (Todos los Santos), que se traslada al lunes 2 de noviembre; 6 de diciembre (Día de la Constitución Española), que se traslada al lunes 7 de diciembre; 8 de diciembre (Inmaculada Concepción); 25 de diciembre (Natividad del Señor), informa Ical.
Estas catorce fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local que deberán ser determinadas para cada municipio por la autoridad laboral competente, a propuesta del pleno del ayuntamiento respectivo.