EN EL CÓDIGO PENAL
Intentar impedir un Consejo de Ministros está penado con hasta cinco años de cárcel
Los artículos 503 o 504 detallan las penas por intentar boicotear una reunión del Gobierno
Fuentes de los Mossos d'Esquadra han advertido, según recoge la agencia de noticias ACN, de que los artículos 503 y 504 del Código Penal establecen penas de hasta cinco años de cárcel para quienes impidan o intenten impedir la celebración del Consejo de Ministros.
El artículo 503 del Código Penal establece explícitamente que incurrirán en una pena de prisión de dos a cuatro años "los que invadan violentamente o con intimidación el local donde esté constituido el Consejo de Ministros" y los que "coarten o por cualquier medio pongan obstáculos a la libertad del gobierno reunido en Consejo".
El artículo 504 añade que "se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años a los que empleen fuerza, violencia o intimidación para impedir a los miembros de dichos Organismos asistir a sus respectivas reuniones". Además, la pena por "calumniar, injuriar o amenazar gravemente" al Gobierno español o a los cuerpos de seguridad puede suponer una multa de 12 a 18 meses.
CAMPAÑA DE BOICOT
Esa advertencia de los Mossos se produce en plena campaña de algunos sectores del independentismo para boicotear el Consejo de Ministros que el Gobierno de Pedro Sánchez va a celebrar este viernes en Barcelona.