LA CAPITAL
El TSJ anula la fórmula de cobro a las operadoras móviles

Una antena de telefonía móvil. / FERNANDO SANTIAGO-
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha estimado parcialmente el recurso que interpuso Mercantil Telefónica Móviles de España, S.A., contra el Ayuntamiento de Soria, por la aprobación de la ordenanza fiscal nº41, que regula la tasa que grava el uso público en el que se ubican las instalaciones de telefonía móvil. De ese modo declaró «conforme a derecho» toda la normativa salvo el artículo 5, que se refiere al «al cálculo de la base imponible» y que con esta instancia se anula.
El Boletín Oficial de la Provincia de Soria (Bop) publicó, en la edición del pasado miércoles, esta notificación.
Esta ordenanza fiscal, que fue aprobada el 12 de noviembre de 2009 por el Pleno del Ayuntamiento de la capital, grava el aprovechamiento especial del dominio público que hacen las empresas explotadoras de servicios de suministros de gas, electricidad, telefonía móvil y otros análogos, que «resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario».
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