TRIBUNALES
Presentan una querella contra el edil de Valdenebro por prevaricación
Una vecina interpone la acción penal por obligarle a desalojar una vivienda municipal
Una vecina de la localidad de Valdenebro ha presentado una querella contra el alcalde como presunto autor de un delito de prevaricación al obligar a la querellante a abandonar una vivienda municipal sin causa justificada.
La representación legal de la vecina, que responde a las iniciales de I.F.L., presentó la acción penal contra el primer edil de la mencionada localidad, Baltasar López de la Blanca, el pasado jueves en el Juzgado único de Primera Instancia e Instrucción de El Burgo de Osma.
En los hechos de la querella por un presunto delito de prevaricación, y a la que ha tenido acceso DIARIO DE SORIA / EL MUNDO, se detalla que la querellante suscribió un contrato de arrendamiento de una vivienda municipal con el Ayuntamiento de la localidad el 1 de junio de 2011.
En ese contrato, siembre según los hechos de la mencionada acción penal, se especificaba que el periodo de arrendamiento del inmueble, ubicado en la calle Patín, se extendía hasta el 31 de marzo de 2016 y entre los requisitos no se especifica la necesidad de que el arrendatario tenga que empadronarse en el municipio, cuyo censo ronda los cien habitantes.
La querellante señala en la documentación del escrito de la acción penal que «desde principios del año 2013 han sido continuas las amenazas por parte del alcalde de desalojarnos de dicho inmueble, sin causa justificada ya que desde junio de 2011 hemos venido cumpliendo con las condiciones establecidas en dicho contrato».
En el escrito que acompaña a la querella se indica con fecha 27 de agosto de 2013, la querellante recibió una notificación de incidencias en la que «se nos obligaba a desalojar la vivienda el domingo 8 de septiembre, alegando como única causa la falta de empadronamiento de los que residimos en dicha vivienda y sin la tramitación del correspondiente expediente administrativo».
Para la representación legal de I.F.L., los hechos constituyen un delito de prevaricación, penado en el artículo 404 del Código Penal que reza que: «A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años».
El abogado de la querellante propone entre las diligencia a practicar por parte del juzgado la declaración, además de la del alcalde, de varios vecinos del municipio y la petición de determinada información al Ayuntamiento.