Heraldo-Diario de Soria

TRIBUNALES

La Fiscalía solicita la escolarización para un menor que asiste a la Escuela Libre

Presenta una demanda en la vía civil para que el niño se incorpore a un centro oficial

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J. RAMÓN RODRÍGUEZ / Soria
Soria

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El Ministerio Fiscal ha vuelto a solicitar la escolarización de un menor de 7 años que asiste a la Escuela Libre de Fuentelfresno, en la provincia de Soria, después de que la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Soria, María Paz Redondo, acordase el sobreseimiento y archivo de la denuncia interpuesta por la Fiscalía contra los padres como presuntos autores de un delito de abandono de familia.

Tras conocer el auto del mencionado órgano judicial, el Ministerio Público ha acudido al procedimiento civil y ha presentado una demanda en la que solicita como medida cautelar la escolarización del menor que asiste a la Escuela Libre en un centro del sistema educativo oficial, según han informado a DIARIO DE SORIA / EL MUNDO fuentes del Ministerio Fiscal, que incoó diligencias informativas contra los padres, que responden a las iniciales de A.B.C. y A.D., a partir de que la Dirección Provincial de Educación entregara un dossier del caso en el que se informaba de que un niño de 7 años asistía a la Escuela Libre de Fuentelfresno, que desarrolla un modelo de enseñanza libre ajeno al sistema de escolarización obligatoria.

La Fiscalía presentó este procedimiento de jurisdicción voluntario en el Decanato que ha derivado la demanda al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Soria que analizará la petición de la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público.

El Ministerio Fiscal apercibió en su momento a los padres de las consecuencias legales de la inasistencia de su hijo a un centro escolar oficial, si bien los progenitores persistieron en educar al menor en la Escuela Libre de Fuentelfresno, a la que acuden en la actualidad siete niños. Ante la postura de los padres, el Ministerio Público interpuso un denuncia contra ellos por un presunto delito de incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad (artículo 226 del Código Penal) al considerar que incumplían el deber de garantizar a su hijo una formación educativa oficial. Además, la Fiscalía reclamó igualmente como medida cautelar la escolarización del menor en un centro educativo oficial. Tras la denuncia de la Fiscalía, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 inició diligencias que, según el auto, «acreditan que los hechos objeto de la presente causa no son constitutivos de delito» por lo que procedió a acordar el sobreseimiento y el archivo de las investigaciones al considerar que los padres no desatienden el proceso educativo del menor.

La juez argumentó en el auto que: «Los padres no han incurrido en dicha conducta (desatención del proceso educativo) puesto que si bien han decidido de común acuerdo que su hijo no reciba la educación obligatoria, no significa ello que se desatiendan del proceso educativo del menor».

En este sentido, la titular del Juzgado destacó en su resolución que sí se han preocupado de la educación y «de una forma especial, en procurar a su hijo una educación que, aunque sea distinta de la prescrita por la normativa estatal, tiende igualmente a satisfacer las necesidades del menor, no sólo a nivel de los conocimientos que cualquier sistema educativo, a nivel académico, puede proporcionar sino también en su formación integral». 

La juez expuso en el auto que los padres «se están preocupando de la educación de su hijo, implicándose tanto o más que cualquier otros padres cuyos hijos están estudiando en el sistema ordinario».

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