TRIBUNALES
La Audiencia desestima la petición de escolarizar al menor de la Escuela Libre
Argumenta que el menor está matriculado en el sistema de educación a distancia francés
La Audiencia Provincial de Soria ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía contra el auto dictado por elJuzgado de Primera Instancia nº 1 de Soria, por el que se solicitaba que el menor que asiste a la Escuela Libre de Fuentelfresno y está matriculado en el sistema educativo a distancia francés se escolarizara en el sistema español.
Con esta desestimación, que es firme y a la que no cabe recurso, la Audiencia Provincial confirma íntegramente la resolución dictada el 24 de marzo de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Soria, en cuyo auto ya desestimó inicialmente la petición de inmediata escolarización del menor, instada por la Fiscalía.
El auto que ahora dicta la Audiencia Provincial confirma esa resolución del Juzgado y viene a avalar la educación que está recibiendo en la actualidad el menor. Un alumno que asiste a la Escuela Libre de Fuentelfresno y, aprovechando que tiene la doble nacionalidad española y francesa, está matriculado en el sistema de educación a distancia de Francia.
El caso se originó en noviembre. La Fiscalía interpuso entonces una denuncia contra los padres como presuntos autores de un delito de incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad (artículo 226 del Código Penal) por presuntamente incumplir el deber de garantizar a su hijo una formación educativa oficial. Y en febrero de este año, el Juzgado de Instrucción número 4 de Soria dictó el sobreseimiento libre en un auto.
Después, la Fiscalía solicitó la «escolarización inmediata» del menor y en marzo el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Soria desestimó esta petición. Luego vino el recurso que ahora la Audiencia Provincial ha desestimado.
El Ministerio Público pidió la «inmediata escolarización» del menor este curso, porque consideró que existía infracción del artículo 158 del Código Civil, en relación con el 154 del dicho texto legal y la Ley Orgánica 2/2006 de Educación. Y es que expuso que en esta normativa se establece la escolarización española de los niños –obligatoria de seis a 16 años–, alegando además que aunque el menor tenga doble nacionalidad, al residir en España se le debe aplicar la legislación española. El Ministerio Público también expuso que el menor fue matriculado en el sistema de educación a distancia francés «fuera de plazo»: más tarde de la primera denuncia de Fiscalía. Además, señaló que no se acredita que se hayan realizado al alumno los controles académicos franceses periódicos de seguimiento. Por ello, el Ministerio Fiscal consideró que el menor, en realidad, «no está cursando estudios oficiales de ningún tipo ni cumpliendo con la escolarización obligatoria».
Además, solicitó su escolarización para «apartarle de los perjuicios» educativos, sociales y de integración con otros iguales, propios de no acudir a un centro educativo reglado por la administración española, y de no obtener los títulos y grados que certifica el sistema educativo español.
La Audiencia argumenta, en su decisión de desestimar la solicitud de la Fiscalía, que «es cierto que un menor sin escolarizar, sin estar sujeto a un sistema educativo oficial alguno, supone un perjuicio». Pero añade que el supuesto planteado por la Fiscalía «es distinto desde el momento en el que el menor está matriculado» en un centro de educación a distancia de Francia.
Respecto a los perjuicios alegados, expone que «no se han evidenciado cuáles son o pudieran ser».«El hecho de estar matriculado a distancia en el sistema educativo francés no conlleva en este caso aislamiento, falta de amistades o de sociabilidad del menor», apunta la Audiencia, quien recuerda que «sin bien los padres [del menor] han decidido que su hijo no reciba la educación obligatoria, se están preocupando por su educación y su desarrollo, pues el menor acude a actividades extraescolares participando en ellas junto a otros niños de su edad».
También apunta que al faltar sólo un mes para finalizar el curso, «podría ser contraproducente» iniciar ahora la escolarización «inmediata» del menor.