TRIBUNALES
Prisión por evitar el embargo de un vehículo
Un año de prisión y una multa de 3.600 euros es la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal para dos acusados, socios de una mercantil, como autores de un delito de insolvencia punible por transferirse la propiedad de un vehículo, a través de una operación de compraventa, a fin de impedir con ello el cobro de una deuda que mantenían con otra empresa.
El fallo de la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, también contempla la nulidad del acuerdo de transmisión de la propiedad del vehículo, debiendo reintegrar uno de los dos condenados, J.M.R.P., la propiedad del mismo a la sociedad Andamios Soria, así como al pago por mitades iguales de las costas causadas en el procedimiento.
Según la resolución judicial, una empresa alavesa interpuso una demanda civil contra una mercantil soriana, cuyos socios son los dos acusados, M.C.S.G. y J.M.R.P. para reclamarle el pago de 35.401 euros. Las partes alcanzaron un acuerdo de transacción judicial por el que la empresa soriana se comprometía al abono de la deuda en unos plazos determinados, cuyo incumplimiento provocó que la demandante reclamase vía ejecutiva el importe adeudado.
Sin embargo, según la sentencia, la mercantil soriana incumplió el pago del primer plazo de abono de la deuda y la empresa alavesa interpuso una demanda de ejecución de la transacción judicial tras lo que se procedió al embargo de los dos únicos bienes que constataban como propiedad, dos vehículos. No obstante, la empresa alavesa sólo pudo tener en propiedad uno de los vehículos ya que del otro su titularidad fue transferida.