TRIBUNALES

La juez absuelve a dos acusados de expoliar 59 piezas arqueológicas

Considera que no está «acreditada» la procedencia de los objetos «ni dónde han sido adquiridos»

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J. RAMÓN RODRÍGUEZ
Soria

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El Juzgado de lo Penal de Soria ha absuelto a dos acusados de un delito de receptación que les atribuía el Ministerio Fiscal al considerar que se habían apoderado de 49 objetos procedentes de un yacimiento arqueológico, entre los que figuran tres fragmentos de plomo de cronología romana, 21 piezas de metal de época romana y celtibérica y 25 fragmentos de metal de plomo de época romana.

La Fiscalía solicitaba dos años de prisión para cada uno de ellos como autores de un delito de receptación al apoderarse de las mencionadas piezas que, en su totalidad, fueron tasadas en 5.850 euros. Sin embargo, la titular del Juzgado de lo Penal de Soria, Cristina Sualdea, considera en los hechos probados de la sentencia que: «No consta acreditada la procedencia de estos objetos, ni donde, en su caso, han sido adquiridos».

La Fiscalía imputaba a los acusados, M. J. V. V. y J. F. G., sendos delitos de apropiación indebida del artículo 253 del Código Penal o, alternativamente, un delito de receptación del artículo 298.1 del Código Penal, por el que también pedía dos años de prisión para cada uno de los encausados.

Según los hechos probados de la resolución judicial, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, los acusados, M. J. V. V. y J. F. G., viajaban sobre las 6.15 horas del 19 de junio de 2015 en un vehículo todoterreno por el punto kilométrico 70 de la carretera N-110, cuando en el término municipal de San Esteban de Gormaz fueron parados en un punto de control de identificación por agentes de la Guardia Civil.

Una vez registrado el vehículo, los agentes encontraron debajo del asiento del copiloto una bolsa con un total de 49 objetos, de los cuales tres eran fragmentos de plomo de cronología romana, 21 piezas de metal de distinta composición de época romana y celtíbero romana y 25 fragmentos de metal de plomo de origen en un yacimiento arqueológico romano, los cuales habían sido tasas pericialmente en la cantidad de 5.850 euros.

Todos estos efectos, que han sido entregados en depósito al Museo Numantino de Soria, estaban en poder de los acusados cuando fueron interceptados en la carretera nacional 110, en el punto kilométrico 70, del término municipal de la localidad de San Esteban de Gormaz.

Además, en el momento de la detención a los dos acusados se les intervino dos detectores de metales telescópicos, dos detectores de metales manuales, tres picos y dos palas plegables, tres walkie talkies, un teléfono móvil, dos linternas, dos palas con sierra, una lupa pequeña, varias bolsas de plástico y dos mochilas, según figura en los hechos probados de la sentencia.

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El Juzgado de lo Penal de Soria ha absuelto a los acusados de ser los autores de un delito de apropiación indebida (artículo 253 del Codigo Penal) o, alternativamente, de sendos delitos de receptación (artículo 298.1 del Código Penal) por los que el Ministerio Fiscal solicitaba dos años de prisión para cada uno de los encausados.