La Capital
El Contencioso avala la permuta del terreno de Las Ánimas por la '5ª planta'
El alcalde, Carlos Martínez, considera que la sentencia "desenmascara" el intento del PP de "judicializar" la vida municipal

El edificio de la calle Guadalajara con la quinta planta «ilegal», en una imagen de archivo.
El alcalde de Soria, Carlos Martínez, celebró que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Soria ha dado la razón al Ayuntamiento capitalino en el pleito iniciado por el grupo municipal del PP contra la permuta que realizó el Consistorio con la Domus en el que se intercambiaba la parcela donde se celebran Las Ánimas, propiedad de la empresa, por el terreno junto al cuestionado edificio Pajaritos II que serviría a su vez para ‘trasladar’ la edificabilidad a la polémica quinta planta del citado edificio.
La sentencia se ha conocido esta semana y aún cabe la posibilidad de recurso. Fuentes del PP explicaron que se está procediendo al estudio pormenorizado del documento para tomar una decisión sobre dicho recurso aunque reconocen que el proceso «era complicado». En opinión del alcalde la sentencia desestima de forma «rotunda» los argumentos del PP municipal condenando en costas a los populares. «Desenmascara el intento de judicializar la vida municipal que hace el PP replicando lo que hacen sus mayores en la política nacional», aseguró Martínez reprochando también a los populares por «contaminar» la gestión municipal.
El regidor leyó incluso un párrafo de la sentencia para cuestionar la actuación del PP. «El grupo municipal demandante yerra el tiro ahora al interponer esta demanda con la evidente intención de atacar aquella operación de desarrollo urbanístico en todo sus frentes, pretendiendo contaminar de distintos vicios este también, cuando el análisis fáctico y jurídico profundo que se ha hecho en este proceso demuestra que en este precisamente se cumple con la legalidad vigente y con la jurisprudencia del Tribunal Supremo que la interpreta».
En la sentencia, a la que ha tenido acceso este medio, se abordan cada una de las cuestiones por las que el PP pretendía impugnar la permuta. El primero hace referencia a la necesidad de intercambiar los terrenos. El juez defiende la potestad del Ayuntamiento como administración para utilizar este método y en el caso concreto explica que considera que el Ayuntamiento «ha acreditado debidamente la necesidad de acudir a la permuta» a través de diversos informes técnicos.
La sentencia hace referencia a la memoria técnica de la operación donde «consta con sumo detalle la acreditación de esa necesidad, subrayando la degradación e infrautilización de muchos espacios intramuros entre los que están las dos parcelas». Así también incide en que «se justifica la operación en acometer una actuación de renovación urbana de acuerdo con la normativa… y resaltando que el uso del suelo se realizará de acuerdo al interés general y a la función social de la propiedad». En definitiva, el juez considera suficientemente acreditada la «necesidad» y reprocha al PP que no «aporte prueba alguna» de la «espuria intención de la mercantil y de su aparente halo de connivencia por parte del Ayuntamiento».
Otro de los aspectos claves en la sentencia es la propia valoración de los terrenos intercambiados que el PP considera errónea. Llegaron a presentarse tres informes periciales, uno por el Ayuntamiento, otro por Domus y un tercero por parte del grupo popular. El Ayuntamiento valoraba su parcela en 276.645 euros y la de Domus en 267.976, es decir, con una diferencia de 8.669 euros. Desde el PP se presentó un informe pericial que valoraba los terrenos de Domus en 57.106 euros y por último la empresa daba un valor a esas parcelas de 311.803 euros. «De acuerdo con la valoración de los informes periciales» se otorga «mayor valor probatorio a los informes periciales del Ayuntamiento y especialmente al de la mercantil ya que este efectúa un análisis detallado por partidas y conceptos» . En este ámbito subraya que «se entiende cumplió el requisito previsto al no superar la diferencia entre el valor de los bienes permutados más del 40% del que lo tenga mayor y así consta en los informes municipales y en las dos periciales».
Cabe recordar que este es el tercer proceso judicial abierto vinculado con la polémica 5ª planta de Pajaritos II. El primero, vinculado a la resolución de Alcaldía que paralizó el derribo, fue estimado en primera instancia ordenando el derribo de la misma y ahora está recurrido ante el TSJ. El mismo recorrido ha tenido el segundo procedimiento relacionado con la multa impuesta por el Ayuntamiento a Domus. Ahora queda por dilucidar si el PP decide elevar este procedimiento al Alto Tribunal de la Comunidad Autónoma.
SIN LICENCIA
Con toda la cuestión judicial en vías de resolución, cabe recordar que el origen de todo el conflicto es el complejo residencial de Pajaritos II en el que residen vecinos desde el pasado mes de enero aunque todavía no hay licencia de primera ocupación, según confirmó ayer el alcalde, Carlos Martínez. El regidor volvió a insistir en la carga de trabajo asumida por el departamento de urbanismo del Consistorio para dar salida a los proyectos presentados a las diferentes convocatorias de fondos europeos y que se traducen en los 37 millones de inversión correspondientes a los años 2023 y 2024. No obstante, incidió en que de forma paulatina se va a proceder a la evaluación de todos los expedientes urbanísticos pendientes, incluidos el que afecta a la primera ocupación del citado edificio.