Heraldo-Diario de Soria

Tráfico

¿Te mueves en patinete eléctrico por la ciudad? Estas son las normas que debes conocer

La reciente aprobaciónde una ordenanza para regular los vehículos de movilidad personal en Soria trae obligaciones, desde ir con casco si es para uso comercial a vestir prendas reflectantes si es de noche o llevar timbre

Un joven con un patinete en una calle de Soria.

Un joven con un patinete en una calle de Soria.MARIO TEJEDOR

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Soria

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Los patinetes han revolucionado la movilidad personal, en especial los eléctricos. Su agilidad, el hecho de que no necesitan carnet, un gasto menor que en otros vehículos sobre todo en el mantenimiento, quitarse dolores de cabeza para aparcar... Tienen ventajas innegables. Pero también han surgido inconvenientes, sobre todo en cuanto a la convivencia con otros vehículos y peatones. Para dejar las cosas claras, el Pleno del Ayuntamiento de Soria aprobó recientemente un reglamento para Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en el que se explica qué se considera un transporte de este tipo, por dónde y a cuanto circular, que elementos debes llevar e incluso dónde puedes atarlos. Y donde no, claro.

En la capital ya se han producido al menos tres accidentes de patinete en impactos con otros vehículos, el último este mismo miércoles. A ello hay que sumar más de un altercado con peatones, alguna identificación y unas cuantas 'palabras gruesas'.

Sea por seguridad, por convivencia o por evitar multas, esto es todo lo que debes conocer si circulas en patinete eléctrico por Soria, o si como peatón o conductor quieres saber qué pueden y qué no pueden hacer.

  • La definición: La ordenanza soriana considera Vehículo de Movilidad personal a todo aquel transporte de una única plaza y propulsado por motores eléctricos que pase de 6 kilómetros hora y no rebase los 25 kilómetros hora. Por debajo de la velocidad mínima se considera "juguete". Hay excepciones, como los vehículos para  personas con movilidad reducida. De esta forma, este reglamento también podría aplicarse a monopatines o bicicletas con propulsión eléctrica (no es lo mismo que asistencia al pedaleo), aunque salta a la vista que lo que más abunda es el patinete.
  • Pasajeros: Uno. Está prohibido que vayan dos o más personas en un patinete eléctrico.
  • La edad: Se pueden utilizar a partir de los 16 años. Si el usuario es menor de edad y se lleva una multa, le toca pagar a los padres o tutores legales.
  • Por dónde: No pueden circular por vías peatonales, parques y carril-bici. En zonas de prioridad peatonal y límite a 30 kilómetros por hora deberán circular como mucho a 10 y dando prioridad al peatón. Pueden circular por la calzada.
  • Dónde lo dejo. Se pueden aparcar atándolos a aparcabicis y vallas. No se pueden atar a bancos, papeleras y otros mobiliario urbano. Tampoco sobre alcantarillas y tapas de registro, o atados a árboles y setos. "No se permite estacionar junto a paradas de transporte público urbano ni junto a reservas para carga y descarga, taxis o vehículos que transportan a personas discapacitadas con movilidad reducida".
  • La normativa. Los patinetes eléctricos estarán sujetos a las leyes de tráfico. Esto quiere decir que tienen que respetar los semáforos, las señales o los pasos de cebra como cualquier vehículo. Además, no se puede usar el móvil mientras se conducen y tampoco se puede circular con los auriculares puestos, dado que en ambos casos se pierde la atención sobre el tráfico y lo que nos rodea.
  • Qué hay que llevar. Siempre hay que ir identificado, por ejemplo con el DNI o tarjeta de residencia. Si tiene manillar es obligatorio el uso de timbre. En caso de circular por la noche o con visibilidad reducida hay que llevar luz delantera, luz trasera "y sus conductores de prendas o elementos reflectantes, que permitan ser visto por el resto de los conductores cuando circulen por las calzadas, en las mismas condiciones que las exigidas por la legislación de tráfico para la circulación de bicicletas por las vías interurbanas en dichas condiciones". Por resumir, si vas de noche, con luces y chaleco reflectante.
  • ¿Y el casco? Sólo es obligatorio "en los supuestos de actividad de explotación económica" (reparto, por ejemplo) y en los que contemplan las leyes de tráfico. El uso del casco en bicicleta en España es obligatorio en menores de 16 años en todos los casos en vías urbanas y a cualquier edad en vías interurbanas. Como los patinetes eléctricos no se pueden llevar hasta los 16, no se llegaría a solapar esta exigencia.
  • Controles. Además de las restricciones de velocidad, si vas en patinete eléctrico estás sujeto a controles de alcohol y drogas. Ha habido casos de positivos bastante sonados en otras localidades, algunos tras accidentes.
  • Multas: "Las infracciones a lo dispuesto en esta ordenanza se calificarán y sancionarán conforme a lo establecido en materia de tráfico y seguridad vial". Vaya, que si te saltas un semáforo pagarás lo mismo que si vas en coche.
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