Sociedad
El Común insta a adaptar la tarifa del agua a los nuevos bloques turísticos
Un propietario de un edificio con 14 viviendas de uso vacacional reclama un único contador frente a la decisión del Ayuntamiento de instalar un medidor por cada piso

Detalle de una vivienda turística en la capital.
La proliferación de viviendas de uso turístico está generando nuevas realidades a las que los administraciones buscan adaptarse. En Soria, el propietario de un edificio con 14 viviendas de uso vacacional trasladó una queja al Procurador del Común al consideran que debía instalarse un único contador de agua en el complejo y no 14 –uno por vivienda– como consideraba el Ayuntamiento. La resolución del Procurador considera que si bien el Consistorio capitalino ha actuado conforme a la legalidad, también solicita que se valore la posibilidad «de adaptar las medidas necesarias para instalar un contador único» y para ello plantea la posibilidades «que habilita excepcionalmente el suministro unificado para edificios de un solo titular y explotación homogénea, equiparables a un establecimiento único –como un hotel–».
Aunque el procedimiento arranca en 2023, la resolución del Procurador del Común se produjo hace unos días, el 26 de mayo. El problema parte de la queja de un propietario de un edificio solicita la instalación de un único contador de consumo ya que «se trata de un único inmueble dedicado al negocio de apartamentos en alquiler vacacional– y no existe división horizontal». El Ayuntamiento negó esa posibilidad amparándose en el artículo 33 del reglamento del servicio. El propietario acudió al Común por considerar que «se le dificultaba la gestión económica y material de dicho edificio».
En primer lugar, se pide informe al Ayuntamiento sobre la cuestión que en su contestación alude al citado artículo de la normativa. «Debemos informarles de que el Reglamento del agua, en el artículo 33, apartado de equipos de medida establece que se pondrá un contador único cuando en el inmueble o finca solo exista una vivienda o local, en suministros provisionales para obra y en tanto no sea recibidas sus redes de distribución interior» y explica que se instalará una batería de contadores divisionarios «cuando existe más de una vivienda o local, será obligado instalar un aparato de medida para cada una de ellas y los necesarios para los servicios comunes».
Desde el Consistorio se incidía en que más allá de la existencia de división horizontal o no «es evidente que existen 14 viviendas según certificado de instalación así como la licencia de primera ocupación». Además, recuerda que en la tarifa de Soria se cobra una cuota fija de 40 metros cúbicos y que el deber de Aguas de Soria es «velar por la máxima eficiencia» en la gestión del agua municipal.
El propietario del edificio también presentó alegaciones recordando que el complejo es «un única unidad inmobiliaria» y, a su juicio, «asimilable a un hotel o una residencia, donde el suministro se presta mediante un único contador». Además, hacía referencia a que la imposición de 14 contadores «provocan un sobre coste injustificado» derivado de la cuota fija municipal «al facturarse 560 metros cúbicos por periodo pese a un consumo real de 103». Esta circunstancia, en su opinión «desincentiva el ahorro» y considera que la negativa del Ayuntamiento a modificar el sistema «supone una discriminación frente a otros usuarios colectivos y contradice los principios de eficiencia y proporcionalidad».
Tras escuchar a ambas partes el Procurador del Común reconoce que «resulta evidente que la actuación del Ayuntamiento se ha ceñido a la legalidad local vigente» y que ante la existen de 14 viviendas «la regla imperativa es clara, debe existir una batería de contadores divisionarios». No obstante, también analiza si las circunstancias del caso «pueden justificar una interpretación flexible de la norma» o incluso «si convendría modificarla atendiendo a los principios de eficacia, equidad y sosteniblidad en la prestación de servicios».
Bajo este contexto destaca varias cuestiones. La primera que es todas las viviendas «pertenecen a un único propietario y se explotan unitariamente» y que «a diferencia de la situación habitual en edificio, no existe una comunidad de propietarios ni usuarios finales distintos del servicio por separado» ya que «el único abonado real es la mercantil propietaria». Por ello considera que la norma de contadores individualizados «pierde en este contexto parte de su sentido original ya que no hay una pluralidad de abonados en los que repartir la facturación ni hay riesgos de conflictos vecinales por consumos excesivos».
El Procurador del Común también pone sobre la mesa que al existir una cuota fija la instalación de los 14 contadores «en la práctica, implica que se abona cada trimestre aproximadamente un 5,5 veces más el volumen de agua que realmente utiliza el inmueble». Insiste en que «ese volumen facturado no obedece a un consumo real» y que tal situación «podría vulnerar principios como el de equidad y proporcionalidad en el cobro de tarifas». «Desde la óptica de la eficiencia y sostenibilidad, el régimen que se aplica a este inmueble resulta, a nuestro modo de ver, igualmente cuestionable», señala.
En la resolución publicada ahonda en todos estos argumentos y termina apuntando a dos cuestiones. En primer lugar se pide al Ayuntamiento de Soria «que valore la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para permitir la instalación de un contador único al edificio al que se refiere esta queja siempre que la mercantil asume un único contrato como abonado». Para ello considera que «puede modificar o interpretar su reglamento y la ordenanza aplicable en un sentido que habilite excepcionalmente el suministro unificado para edificios de un solo titular y explotación homogénea, equiparables a un establecimiento único» . El segundo punto establece que, esta posible medida «deberá implementarse garantizando los principios de eficiencia, equidad y sostenibilidad del consumo de agua de modo que la facturación se corresponda con los consumos reales conjuntos del inmueble». «Con ello se eliminará la discriminación comparativa con otros usuarios análogos (hoteles, residencias) y se fomentará el ahorro de agua al restablecer la vinculación directa entre volumen consumido y coste facturado», concluye.