La Audiencia ratifica un año a un vigilante por espiar a un compañero de trabajo
Impone a la empresa para la que trabajaba el condenado el pago de una indemnización por valor de 21.166 euros al perjudicado en concepto de responsabilidad civil subsidiaria

Centro penitenciario de Soria donde el condenado cumplía servicios de vigilancia.
Un vigilante de seguridad ha sido condenado a un año de prisión y dos años de alejamiento por espiar a un compañero de trabajo, al que deberá indemnizar con más de 21.000 euros, cantidad que tendrá que pagar su empresa como responsable subsidiaria
La Audiencia Provincial de Soria ha confirmado la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal número 2 de la capital que condenaba a un vigilante de seguridad a un año de prisión y doce meses de multa a razón de 12 euros al día, en total 4.380 euros, por un supuesto delito de descubrimiento y revelación de secretos al ser sorprendido grabando sin permiso las conversaciones de un compañero.
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Además, impone a la empresa para la que trabaja el condenado, Garda Servicios de Seguridad, el pago de la cantidad de 21.166,22 euros al perjudicado en concepto de responsabilidad civil subsidiaria.
Por estos hechos, el compañero espiado estuvo de baja médica por trastorno adaptativo con síntomas de ansiedad y lesiones psicológicas que le causaron 239 días de perjuicio moderado y 25 de perjuicio básico, según el informe médico forense expedido a petición del juzgado.
Según los hechos probados aceptados por el tribunal, el condenado cumplía servicios de vigilancia privada en los accesos y en la sala de control de cámaras del centro penitenciario de Soria, un servicio adjudicado a la empresa Garda.
Según señala la sentencia, con el fin de saber lo que hablaba otro compañero de trabajo ‘con quien tenía enemistad manifiesta, dejó colgada su cazadora en el perchero de dicho centro de control. La cazadora tenía en uno de sus bolsillos una grabadora de color negro, de 8 GB de capacidad, estando en posición de grabar, con la intención de descubrir la vida íntima y las conversaciones que su compañero F. pudiera tener con otras personas‘.
El ahora condenado, tras dejar la grabadora funcionando, según la sentencia, se marchó a su puesto en el control de accesos a la prisión, pero 50 minutos después unos agentes de Policía Nacional destinados también en dicho centro penitenciario descubrieron de forma accidental la grabadora, hecho que fue denunciado que por los servicios jurídicos del sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, ASTSP.
En su defensa, el acusado alegó que no había puesto en marcha la grabadora que se había dejado en un bolsillo de la chaqueta de la sala de cámaras, que solo la había llevado para enseñársela a otro compañero.
Sin embargo, estos argumentos los rechaza el tribunal señalando que otro guardia de seguridad que declaró en calidad de testigo en el juicio ‘puso de relieve su extrañeza de que el acusado dejase colgada su chaqueta (en la sala de control de cámaras) puesto que tenía que salir al exterior y los hechos sucedieron en el mes de febrero (en Soria)’.
Por todo ello, el tribunal provincial ratifica la condena del juzgado de lo Penal número 1 de Soria y además de la pena de prisión y multa y la indemnización de más de 21.000 euros, cantidad que deberá abonar Garda como responsable civil subsidiario, prohíbe al acusado acercarse a menos de 200 metros del domicilio, lugar de trabajo o donde se encontrar el perjudicado, ni tampoco podrá comunicarse por cualquier medio con él, durante un plazo de dos años.
Según han informado fuentes del sindicato Alternativa Sindical, que se ha encargado de la acusación particular en nombre de su afiliado, «esta condena no solo confirma todos los hechos denunciados, sino que le recuerda a la empresa Garda que ante una violación de derechos tan importante como esta no puede negarlos con el argumento de que eran bulos, como hizo en este caso, en el que se puso de parte del condenado y no de la víctima».
Y es que, según estas fuentes, «el caso fue conocido por los responsables territoriales de Garda, que se desplazaron a Soria para hablar con la plantilla y lejos de pedir disculpas se pusieron del lado del acusado, al que no dudaron en dar palmadas en la espalda y estrechar la mano».
«En todo momento ha quedado probado que el acusado, de forma consciente y voluntaria, dejó un dispositivo de grabación en funcionamiento con la finalidad de conocer las conversaciones íntimas mantenidas por el denunciante, con quien reconoce el denunciado tener una enemistad, y sus compañeros. Tras el visitando de las fotografías obrantes en autos, y según lo manifestado por los agentes de policía nacional, se trata de un dispositivo que tiene una posición de ON/OFF para poder funcionar, y una vez en posición ON, deben accionarse los botones de grabación», explica el sindicato.
Y añade que «deben realizarse dos manipulaciones del dispositivo para que empiece a grabar, lo que excluye que entrara en funcionamiento de forma accidental».