Heraldo-Diario de Soria

El Común insta a Urgencias de Soria a mejorar la comunicación con los familiares

La resolución llega por el caso de una paciente dada de alta que falleció al día siguiente

Entrada al hospital Santa Bárbara.

Entrada al hospital Santa Bárbara.MARIO TEJEDOR

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Mejorar la comunicación con los pacientes en los servicios de Urgencias, especialmente en el caso de personas mayores, y que «se refuercen las actuaciones dirigidas a garantizar que los familiares reciban explicaciones claras, comprensibles y suficientes». Tales son las recomendaciones del Procurador del Común al hospital de Santa Bárbara, a raíz de la queja de los familiares de una paciente que acudió a Urgencias, derivada desde el Centro de Salud, como consecuencia de una disnea (falta de aire o dificultad para respirar). Fue dada de alta, pero «falleció al día siguiente, circunstancia por la que el autor de la reclamación considera que no se encontraba en condiciones de recibir el alta, al tiempo que indica que no se justificaron adecuadamente los motivos por los que no permaneció ingresada».

El Procurador recuerda que «corresponde a los profesionales sanitarios adoptar las decisiones diagnósticas y terapéuticas que estimen clínicamente procedentes conforme a la ‘lex artis’, no correspondiendo a esta Institución sustituir el criterio técnico facultativo ni efectuar pronunciamientos sobre la eventual existencia de responsabilidad profesional». En cualquier caso, relata cómo la paciente acudió a Urgencias con síntomas de «disnea, taquipnea, febrícula y desaturación de tres días de evolución». En el servicio fue objeto de diversas pruebas y «se le administró tratamiento por vía venosa y O2 mediante gafas nasales». Por ello, «ante la posibilidad de manejo ambulatorio, se prescribió el tratamiento domiciliario para proceder al alta indicando que, si aparecían signos de alarma o mala evolución, debería acudir de nuevo al Servicio de Urgencias».

Aunque el Procurador no puede entrar en cuestiones terapéuticas, sí le compete «supervisar la actuación administrativa desde la perspectiva de los derechos de los ciudadanos y verificar que las decisiones adoptadas se encuentren suficientemente motivadas, documentadas y ajustadas». En este sentido, «es necesario destacar que la atención sanitaria en los servicios de urgencias se desarrolla en un contexto de especial complejidad asistencial». Los profesionales sanitarios «trabajan con frecuencia bajo una elevada presión derivada de la saturación de pacientes, la necesidad de priorizar situaciones críticas y la obligación de adoptar decisiones clínicas en periodos de tiempo muy reducidos». También hay que tener en cuenta que «las personas de edad muy avanzada, como parece ser el caso, presentan frecuentemente una situación clínica de especial vulnerabilidad y fragilidad». Así que «el fallecimiento producido con posterioridad al alta hospitalaria no permite, por sí solo, concluir automáticamente la existencia de una actuación negligente o incorrecta por parte de los profesionales sanitarios».

A pesar de todo, el Procurador «considera igualmente necesario destacar la extraordinaria importancia que adquiere la comunicación médica con los familiares en situaciones que afectan a pacientes mayores y frágiles». Y es que, «cuando se produce un alta hospitalaria desde un servicio de urgencias, los hijos u otros familiares responsables necesitan comprender con claridad no solo el diagnóstico inmediato, sino también el estado general del paciente, los riesgos existentes y la posibilidad de una evolución desfavorable a corto plazo». Para la institución, «en este contexto, y habida cuenta del fallecimiento producido al día siguiente del alta, se considera especialmente relevante que las razones clínicas que justificaron la decisión de manejo ambulatorio aparezcan suficientemente explicitadas en la documentación asistencial».

«La adecuada información a las familias constituye un elemento esencial de la calidad asistencial, especialmente en contextos de incertidumbre clínica», expone el Procurador. «Una explicación clara, comprensible y suficientemente detallada permite a los familiares valorar correctamente la situación, adoptar decisiones adecuadas en el domicilio y afrontar emocionalmente posibles desenlaces adversos», incide. Por el contrario, «cuando la percepción de la familia no se corresponde plenamente con la fragilidad real del paciente, pueden generarse posteriormente sentimientos de desconcierto, incomprensión o sufrimiento añadido tras el fallecimiento de su ser querido».

Con todo lo anterior, el Procurador recomienda que se sigan potenciando «la mejora de la comunicación clínica en los servicios de urgencias, especialmente en aquellos casos que afecten a personas de edad muy avanzada, pacientes frágiles o situaciones de pronóstico incierto o grave». Y que «se refuercen las actuaciones dirigidas a garantizar que los familiares reciban explicaciones claras, comprensibles y suficientes acerca del estado general del paciente, la posible evolución clínica y los riesgos existentes tras el alta hospitalaria». Todo ello teniendo en cuenta que se da en un ámbito, como el de Urgencias, que cuenta con «especiales condiciones de presión asistencial y sobrecarga». Para ello es preciso promover «los recursos humanos y organizativos necesarios para facilitar una atención asistencial y una comunicación de calidad».

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