Patrimonio

Un juez advirtió desidia del Ayuntamiento en la actuación del ‘Ecce Homo soriano’

Fiscalía denunció por un posible delito contra el patrimonio histórico, aunque el magistrado del Plaza número 3 lo archivó al no apreciar dolo por parte de la Diócesis. La pintura de silicato usada fue «dañosa» para el templo

Una de las grotescas imágenes del interior del templo.MARIO TEJEDOR

Publicado por
Soria

Creado:

Actualizado:

Se cumplen más de dos años desde que la Diócesis de Osma-Soria decidiera clausurar la ermita del Mirón tras la chapuza acometida en el interior del templo con un repintado que dio la vuelta a España, y que se ganó el apelativo del ‘Ecce Homo soriano’, por sus ‘similitudes’ con otro desastre para el patrimonio como el de Borja. La mueca final de los angelotes y una reforma por parte de una empresa de pintura en general, en lugar de restauradores, dejó el templo patas arriba, a la espera de que la Diócesis lleve a cabo, al fin, un trabajo acorde al patrimonio soriano y de Castilla y León. El proyecto está aprobado y encima de la mesa pero no acaba de arrancar.

Lo que se desconocía hasta la fecha es que Fiscalía y el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) denunciaron de oficio esta actuación por un presunto delito contra el patrimonio histórico, y que un juez la acabó archivando al no apreciar dolo por parte de la Diócesis de Osma-Soria, aunque dejó en un auto varias ‘perlas’ contra el Ayuntamiento de Soria y la iglesia soriana.

El auto del Tribunal de Instancia Sección Civil y de Instrucción Plaza número 3 de Soria, al que ha tenido acceso Heraldo Diario de Soria, señala que desde la presentación por el párroco de Santa María La Mayor de la declaración responsable el 1 de marzo de 2024, «el Ayuntamiento de Soria no solicitó desde la parroquia información sobre las pinturas ni visitó la ermita para comprobar la ejecución de los trabajos hasta que se personaron los técnicos del Ayuntamiento el 1 de agosto de 2024». El magistrado juez titular del Plaza número 3 que firma el auto, Fernando Páez, dice que «las obras habían comenzado a las 9.30 horas del día 13 de marzo de 2024» y que «la actuación en un edificio tan relevante requería también un especial deber de supervisión por parte del Ayuntamiento».

Conviene el juez que «el principio de intervención mínima supone que la respuesta penal es un último recurso defensivo al que solo cabe acudir cuando otros medios de reparación extrapenales se han mostrado ineficaces. En este caso, las posibles deficiencias se pueden enmendar fuera de la vía penal». Y decidió el sobreseimiento libre y archivo (artículo 637.2 LECrim) «por no ser un hecho constitutivo de delito, sin perjuicio de las acciones que puedan ejercitarse ante otra jurisdicción distinta de la penal». Fiscalía no recurrió y el auto es firme.

Los hechos objetos de la denuncia de la Fiscalía Provincial versaban sobre las pinturas realizadas en el interior de la ermita Virgen del Mirón, con la calificación de un delito contra el patrimonio histórico. El templo pertenece al Obispado Diócesis de Osma-Soria, se adscribe a la Parroquia de Santa María La Mayor, cuyo titular contrató las labores de restauración a una empresa de pinturas que presentó declaración responsable el 1 de marzo de 2024 y con pago del impuesto de liquidación correspondiente (980 euros).

Según los informes técnicos del Seprona y la Junta de Castilla y León, la ermita se encuentra catalogada por el Plan General de Urbanismo de Soria (PGOU) como edificio singular con el máximo nivel de protección posible (nivel integral de protección y conservación).

El auto explica que por esta reforma hay un expediente administrativo abierto por el Ayuntamiento de Soria para la adopción de medidas dirigidas al restablecimiento de la legalidad urbanística.

En el apartado de las pinturas utilizadas por la empresa para el repintado del templo, que dejan imágenes grotescas en los angelotes y un tono auténticamente ‘chapucero’ en todo el interior del templo, «se informa de la utilización por la empresa de pinturas de silicato en el repinte inapropiado y dañoso de los elementos arquitectónicos decorativos del interior de la iglesia».

En este sentido, «no se utilizó pintura plástica, por ello se puede corregir la actuación (con retirada de la pintura y nuevo repinte específico por profesionales restauradores titulados). Es decir, el magistrado ya advierte aquí lo que hubiera sido necesario desde el principio: la actuación de restauradores profesionales en un templo tan singular.

En cualquier caso, el juzgado estima que de la documentación aportada «no se advierte que los hechos revistan la gravedad necesaria para integrar un tipo de infracción penal». Y es que «a causa del mal estado de la pintura en la ermita, el párroco vio necesario pintarla de nuevo» y para ello «decidió proceder de modo similar a como se había pintado la iglesia de El Carmen de Soria, con los mismos pintores y la misma técnica».

Analiza el magistrado la conducta del párroco y de la empresa de pinturas, que «en modo alguno fue dolosa: su propósito era mejorar el estado de un templo cuyas pinturas estaban en mal estado» y se guió por el precedente de otra iglesia de Soria».

«El resultado puede discutirse o no, pero no es un ‘derribo o alteración grave de un edificio singularmente protegido’, como exige el artículo 321 CP; ni tampoco un daño en un bien de valor histórico o artístico de los previstos en el artículo 323 CP», reseña. «El actual estado de las pinturas se puede modificar mediante las técnicas que procedan».

Del mismo modo tampoco encaja la actuación del párroco y de la empresa de pinturas en la imprudencia grave, del artículo 324 CP porque «la imprudencia grave es una culpa consciente, próxima al dolo eventual», y en esta causa, no se advierte que el párroco o los operarios «hayan obrado con tal grado de negligencia».

La Diócesis de Osma-Soria decidió a primeros de agosto de 2024 cerrar el templo que estaba siendo objeto de burlas desde toda España, e incluso dio el salto a alguna publicación internacional. Para frenar esta dinámica, el Obispado anunció el cierre y alegó que «el resultado de la intervención fue según lo previsto, a excepción del acabado final de los ángeles de las cornisas», recogía un comunicado con la clausura hasta «próximo aviso».

Desde agosto de 2024 el templo ha estado cerrado al público, salvo para celebraciones muy puntuales en forma de oficios o el 15 de mayo, en el que los agricultores celebran San Isidro.

El pasado mes de julio, la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural informó favorablemente la intervención relativa al denominado «proyecto de restauración parcial de los elementos decorativos (angelotes, cornisa y derrames» en la ermita del Mirón, una actuación promovida por la parroquia Nuestra Señora La Mayor.

Cargando contenidos...

Patrimonio indicó que tras realizarse pruebas, en el mes de marzo de 2026, se planteó la retirada del pintado que afectaría a los ojos, boca y cabello de los angelitos de la cornisa, las rocallas que los envuelven, mascarones, derrames y capiteles de las pilastras, recuperando el nivel blanco anterior subyacente existente antes del último pintado con la finalidad de devolverlos a la situación anterior. De momento no se han acometido aún los trabajos.