Crónica negra de Soria el día de Navidad: un jornalero mata de un tiro a un compañero de trabajo (1902)

Viviendas de La Rasa.
El monte de La Rasa, que así se documenta y no como una de las alquerías de la ciudad de Osma, que fueron La Olmeda, Barcebalejo, Torderón y Valdegrulla, perteneció a los propios de la ciudad y fue adquirido por el Estado en virtud de la ley de desamortización de 1º de mayo de 1855. Poblado de encina y enebro «su terreno es completamente llano y no susceptible de roturación por predominar la sílice, por más que su estado termométrico e higrométrico sean buenos, lo que produce regulares pastos para el ganado de lana […] Cabe cinco millones trescientos ochenta y seis mil seis cientos metros cuadrados, que hacen quinientas treinta y ocho hectáreas, sesenta y seis áreas; o sea ochocientas treinta y seis fanegas seis celemines mano real».
Diez años después, el Boletín de Ventas de Bienes Nacionales de la Provincia de Soria, de 31 de julio, anunciaba subasta pública del monte para el día 11 de septiembre. La finca se había tasado «en venta en doscientas mil reales y de renta en cuatro mil». No se presentó postura alguna si bien, más tarde, sería adquirida por Antonio Rico Barrón, vecino de El Burgo de Osma.
En la finca, que el año 1902 contaba con unos ochenta y seis habitantes, se hallaba la conocida como Azucarera de La Rasa dos de cuyos trabajadores fueron los protagonistas del sangriento suceso que nos ocupa, acurrido el 25 de diciembre de ese año. En síntesis parecer ser que el joven Benjamín Rampa Abrice, de nacionalidad suiza y portero de dicha fábrica, se encontraba en sus quehaceres como operario de aquella Sociedad, y sin mediar disputa ni cuestión, al menos en aquellos momentos, Pedro Pascual Cabeza le disparó dos tiros a consecuencia de los cuales murió a las 2 de la mañana del día 27. El agresor fue detenido y puesto a disposición del Juzgado.
El 27 de mayo del 1903, se tuvo la vista, en la Audiencia Provincial y ante el Tribunal de Jurado, de la causa procedente del Juzgado de instrucción de El Burgo de Osma, seguida sobre asesinato, contra el procesado Pedro Pascual Cabeza, hijo de Juan y Juana, de veinte años de edad, jornalero, natural de Langa de Duero y vecino de Osma, sin instrucción, de buena conducta, sin antecedentes penales y en prisión provisional; representado por el procurador D. Juan Aparicio Gil, siendo ponente D. Enrique Roig Barrero, magistrado de la Audiencia.
Por las respuestas de los jurados dadas al veredicto sabemos que los hechos tuvieron lugar hacia las 5’45 de la tarde del día 25 y que los disparos le produjeron una herida de entrada en la región lateral izquierda y algo posterior de la caja torácica, otra de salida en el borde las costillas falsas inferiores hacia la extremidad izquierda de la región epigástrica y otra más en la parte inferior de la región dorsal con fractura de la apófisis espinosa de la décima vertebra dorsal y del cuerpo de ésta en que se alojó una bala y que le produjo la muerte a las 2 de la mañana de 27.
La ejecución del hecho tuvo lugar hallándose Benjamín en la portería de la fábrica, de pie y de espaldas a la puerta, cortando unos cartones para el servicio de la máquina. Pedro, desde dicha puerta, cubriéndose con la mitad de ella cerrada, como a uno dos metro y medio de distancia de Benjamín, sin previa cuestión con éste, que le pudiese advertir del peligro que le amenazaba y hallándose desprevenido, le disparó la pistola sin riesgo alguno para él por parte de Benjamín.
El tribunal falló que debía condenar y condenó a Pedro Pascual Cabeza a la pena de cadena perpetua con las accesorias de interdicción civil y pago de costas; debiendo, en caso de indulto, sufrir la de inhabilitación perpetua absoluta si no se hubiese remitido esta pena en el mencionado indulto. También a entregar, en concepto de indemnización, a la viuda y herederos del interfecto la cantidad de 2.000 pesetas. Se abona al procesado la mitad del tiempo de prisión provisional sufrida, y ha de entregar el pedazo de cartón, que figura entre las piezas de convicción, al dueño de la fábrica. Se ordena, además, el comiso de las armas ocupadas que se inutilizarán y se aprueba con la cualidad que contiene el auto de insolvencia dictada por el juez…
Otro suceso sangriento había ocurrido en en mismo lugar, si bien en 1900 cuando, por la Guardia Civil de El Burgo de Osma fue detenido y puesto a disposición del Juez municipal de Osma Alejandro Morán Alcalde, natural de Peñafiel. De veintinueve años de edad y albañil de oficio, en la noche del domingo 21 de octubre infirió varias heridas con una tabla a Jorge Gomez Diez, natural de Valladolid, también albañil, de veinticuatro años de edad, ambos trabajadores de la Azucarera de la Rasa, propiedad de la Sociedad Anónima «Colonia agrícola e industrial del Duero». El herido fue curado por el médico titular don Pedro Gasanz, que declaró las lesiones de carácter reservado.
Y otras dos notas sobre La Rasa relativas al año 1912: en las fiestas de San Antonio de Padua de ese año, Santo al que está advocada la iglesia, se procedió a la bendición de las escuelas. Como contrapartida, en el mes de diciembre se cometió un robo en el economato de la colonia industrial.