El retablo mayor de la parroquia de Valdelagua del Cerro

Fue ejecutado por los hermanos Francisco y Simón Muñoz, naturales de San Pedro Manrique

Detalle del retablo mayor de la parroquia de Valdelagua del Cerro.JUAN CARLOS CERVERO VADILLO

Publicado por
José Vicente de Frías Balsa
Soria

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Los vecinos de Valdelagua del Cerro deseando renovar el antiguo retablo del altar mayor de su iglesia y sustituirlo por otro nuevo, más acorde con los gustos del momento, firmaron, en la villa de San Pedro Manrique, el 30 de enero de 1676, ante Pedro Pérez, escribano público de la misma, el contrato para hacerlo con los hermanos Francisco y Simón Muñoz, ensambladores. Obra, acaso la de mayor envergadura por ellos realizada, que se trabajó en dicha villa donde tenían establecido su domicilio y taller.

Los susodichos, que presentaron como sus fiadores a Francisco de Vigas y Jorge Sáenz Garbayo, de igual vecindad, se obligaron a hacer ‘un retablo en madera de nogal para el altar mayor de la iglesia [...] de doce pies de ancho y diez y ocho pies de alto, poco más o menos, en tres cuerpos’. El 1º con cuatro columnas labradas y un nicho para el sagrario, ‘con el pedestal quebrado y un relicario en medio, y entre dichas cuatro columnas un marco moldeado liso a cada lado para pintarlos medio de pincel’. El 2º, otras cuatro columnas labradas y en medio una caja para poner la imagen de La Magdalena, titular de la iglesia, y entre las columnas ‘han de quedar otros dos marcos moldeados lisos para pintarlos de pincel según el primer cuerpo’. Y en el 3º, dos columnas labradas con un tablero en medio. Y para él habían de hacer un Santo Cristo Crucificado del largo que conviniera ‘y dos impostas que reciban la obra, y a los dos lados dos tableros todo según y en la forma que dichos ensambladores lo tienen trazado’.

Se comprometieron, del mismo modo, facilitándoles las cabalgaduras necesarias para llevarlo a Valdelagua, a darle ‘fenecido, acabado y asentado, bien hecho y según arte y a vista de maestros arquitectos’, el día de Todos Santos, 1º de noviembre del año de 1677.

La iglesia del lugar, y en su nombre los vecinos, pagaría a los Muñoz por su trabajo y por la madera de nogal, que deberían aprontar, la cantidad de 3.000 rs. de vellón en esta manera: 1.000 el día de Todos Santos, de 1676; 400 el 1º de mayo, 600 el 1º de septiembre, otros 600 el día de Todos Santos de 1677, y los 400 restantes. y fin de pago, igual día del año siguiente.

El caso es que, de acuerdo con lo convenido, los maestros iniciaron su trabajo y el 6 de julio de 1677 se juntaron Domingo Pérez y Domingo Orte con Juan Yago, cura y beneficiado de la parroquia de la localidad, y Francisco Delgado, alcalde de la misma, con el fin de recibir las cuentas a Juan Barrio, mayordomo que había sido de la iglesia el año anterior. Cuentas que fueron aprobadas y por las que sabemos que el retablo se estaba haciendo. Así se lee en ellas: ‘más dio por descargo haber pagado mil reales a los escultores que hacen el retablo para la iglesia’.

Las cuentas de 1678 no señalan cantidad alguna al respecto, aunque sí las aprobadas el 9 de Julio de 1679 por Domingo Pérez y Matías Palacios, Juan Yago, y Miguel de Muro, acalde del lugar, quienes las recibieron de Francisco Delgado, mayordomo de la iglesia. Por ellas sabemos que se abonaron ‘de traer el retablo y de asentarlo, de pan y vino, clavos y del oficial que hizo el andamio y el altar y materiales que se trajeron y gastos ciento y treinta y cinco reales y medio. Más se le dio al Maestro que hizo el retablo mil y sesenta y cuatro reales. Más se le dio en otra paga a dicho Maestro cuatrocientos y treinta reales’. Todo ello suman 2.494 rs. ¿Recibirían Francisco y Simón los 506 rs. restantes o ¿serían dados de limosna por algún vecino o fue una rebaja hecha por los maestros?

El retablo se terminó en la fecha indicada. Sin embargo se hicieron algunas modificaciones como cabe suponer del concierto protocolizado para hacer un sagrario. Veamos. El 1º de junio de 1687, Pedro Medrano Zapata y Pedro Gómez, naturales del lugar, el Lic. Prudencio Ruiz, vicario de la iglesia, y Miguel Muro, su alcalde, aprobaron las cuentas presentadas por Juan de Asensio, mayordomo que había sido. El capítulo de pagos contempla 500 rs. dorar el sagrario y otros 10 que se gastaron cuando se concertó el sagrario’. Los mismos, el 20 de junio de 1688, aprobaron las cuentas que, en el apartado de gastos, dejan constancia de que el mayordomo, Domingo las Heras Muro, dio 22 rs. invertidos en llevar los que doraron el sagrario.

Asentado el retablo en el presbiterio, habrá que esperar poco más de veinte años para que salgan a nuestro paso escasísimas noticias sobre el maestro a cuyo cargo estuvo su pintura. No hemos tenido la suerte de encontrar la escritura del contrato. Si conocemos su nombre es porque el libro de cuentas lo refiere. El 5 de julio de 1699, Pedro Medrano Zapata, presbítero, y Pedro Gómez, en presencia del Lic. Prudencio Ruiz, y de Juan Ximénez, alcalde, recibieron cuentas de Juan Sánchez, mayordomo de la parroquial. Pues bien, en la data se anotan ‘dos mil y doscientos reales que pagó a Fausto Barástegui por dorar y pintar el retablo’.

Próximos los días de Todos Santos y de los fieles difuntos creemos es oportuno recordar que ese día y el de las ánimas era costumbre de la tierra, documentado al menos desde 1673, que la parroquia diese un ‘solaz’ o ‘refresco’ a base de vino y queso. Fray García Pardiñas Villar de Francos, de la Orden de la Merced y obispo de Tarazona, el 28 de septiembre de 1721, en Matalebras, vistas las cuentas de la parroquial de Valdelagua, prohibió al cura y mayordomo que, en adelante, hiciesen ‘los gastos del solaz de cuenta de la fábrica pena de excomunión y de un ducado a cada uno aplicados para el aumento de la fábrica y no se les abonarán en la cuenta dichos gastos’.

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Desde Ólvega, el 13 de octubre, el prelado, teniendo en cuenta ‘que los vecinos en compensación de dicho gasto contribuían en las primicias que según costumbre de la tierra se ejecutaba, no obstante del decreto de visita, les permitimos puedan gastar cincuenta reales en cada un año e les prohibimos el exceso so las penas contenidas en dicho decreto».