Provincia

Sanciones ejemplares para quien atente contra el Jubilo

Entrar y permanecer en el recinto desde dos horas antes del festejo puede suponer una multa de hasta 9.000 euros y 3.000 arrojar objetos a la plaza

Animalistas en la última edición del Toro Jubilo.-Diego Mayor

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Pilar Pérez Soler
Soria

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Medinaceli se arma contra la agresión a su fiesta más emblemática. El Ayuntamiento ha modificado la Ordenanza reguladora del Toro Jubilo endureciendo de forma significativa las sanciones y tipificando  de forma muy clara las infracciones. Entrar y permanecer en el recinto desde dos horas antes de su inicio y durante el tiempo que dura el festejo puede suponer una multa de hasta 9.000 euros. Y arrojar objetos a la plaza o dañar las barreras, de hasta 3.000. Así queda recogido en la Ordenanza Reguladora de los Festejos Taurinos tradicionales de las fiestas de los Cuerpos Santos de Medinaceli, que el Consistorio aprobó en un principio en pleno y que acaba de aprobarse de forma definitiva al no presentarse ninguna alegación durante el tiempo en que ha estado expuesta al público.

El Ayuntamiento responde así a las ‘agresiones’ de los animalistas contra el Toro Jubilo durante las últimas ediciones, especialmente el pasado año cuando numerosas personas saltaron al ruedo para impedir el festejo y algunas incluso se llegaron a encadenar a la pieza en que se amarra al animal.

El suceso provocó enfrentamientos y fue el culmen de la batalla que mantienen los animalistas contra esta tradición, con el argumento del sufrimiento animal, frenada en esta última edición -el pasado noviembre-, en que el Toro Jubilo tuvo una gran seguridad y recibió el respaldo de numerosos colectivos taurinos de dentro y fuera de la provincia. 

El Ayuntamiento que preside Felipe Utrilla considera infracciones graves obstruir la labor del personal de seguridad o de quienes llevan a cabo el festejo, así como arrojar objetos a la plaza o a la zona de seguridad.  La ordenanza también tipifica como grave entrar en el recinto vallado, una vez suelto el toro, en estado de embriaguez, bajo los efectos de drogas, sustancias estupefacientes o sin estar en plenas condiciones.

También se considerará una infracción grave dañar o modificar las barreras del recinto o cualquier otro elemento de seguridad, así como: «Divulgar informaciones falsas, injuriosas o calumnias sobre la fiesta del Toro Jubilo, su organización, desarrollo y contenido. Así como agredir, insultar o difamar a los organizadores, colaboradores o participantes, o público asistente».

La normativa deja claro que al margen de la sanción, si la infracción lleva consigo daños en bienes de titularidad municipal el autor o autores deberán hacerse cargo del importe de la reparación que determine el Ayuntamiento.

Como infracciones muy graves, la ordenanza señala golpear o tirar objetos al toro, así como tocarle o agarrarle las astas una vez suelto, «salvo que se realice para evitar una cogida», y también impedir u obstaculizar las labores de protección del animal «y en especial la cobertura de su testuz y cuerpo, y el embarrado con arcilla de su cabeza, lomo y patas», tal y como recoge el artículo seis.

La ordenanza, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de ayer lunes, estipula como muy grave entrar y permanecer en el recinto desde dos horas antes del festejo y durante el ritual, especificando con detalle todas las partes del mismo. De igual modo se califican como muy graves utilizar la reproducción  de imagen o sonido dentro del recinto sin la debida autorización, entrar al mismo con medios mecánicos o aparatos que puedan sobrevolar el espacio aéreo y obstaculizar al personal de seguridad y sanitario.

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