Heraldo-Diario de Soria

Tribuna

Jesús Lope Antón

Abioncillo, 2 de agosto de 1904. Sangre en el molino

El autor recuerda el episodio en que «el molinero de Abioncillo» se acusaba de haber dado muerte a su esposa, Asunción Gonzalo Pérez

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El camino desde el molino lo hizo casi a la carrera. La noche era oscura. Tropezó y cayó varias veces. Hacía calor y el sudor le empapaba la ropa. Dudaba si todo aquello no sería un mal sueño, pero todo había sido real. Y ya nada podría cambiarlo.

Pensaba en la Antonia, su hija: ¿Qué sería de ella ahora?

Eran las cuatro y media de la madrugada cuando en el portón del cuartel de la Guardia Civil de Calatañazor retumbaron unos golpes secos. El guardia de puertas se despertó sobresaltado y, al abrir, vio a Gregorio Marín Ropero, «el molinero de Abioncillo», que se acusaba «de haber dado muerte a su esposa, Asunción Gonzalo Pérez».

«Inmediatamente quedó detenido» y, a partir de ese momento, el drama íntimo, la vergüenza y el crimen se convirtieron en un asunto público. La prensa lo recogió en sucesivas ediciones; los tribunales lo instruyeron; la opinión lo juzgó.

No era un caso excepcional. Tampoco un suceso aislado. Fue, más bien, un episodio más de esa «crónica negra de la provincia de Soria» -acertado subtítulo del libro: “Crímenes y asesinatos en Soria” de José Vicente de Frías Balsa- que en los últimos años del siglo XIX y en los primeros del XX, llenó páginas de periódicos y legajos judiciales en la provincia de Soria, donde la miseria, la honra y las pasiones humanas se conjuraban y encontraban, con inquietante frecuencia, salida en la violencia.

EL ESPEJO CÓNCAVO DE LA MISERIA

Aquel crimen del humilde molino de Abioncillo brotó en la tierra dura de una Soria olvidada, donde la ley no medía a todos con la misma vara y donde el hambre y la honra eran, a veces, los únicos jueces. El Avisador Numantino no hacía sino dar fe de un abismo: el que separaba la Arcadia de hombres «dóciles y sumisos» que describió Madoz con la realidad violenta y necesitada que llegó a desbordar la Audiencia Provincial.

Gregorio Marín había confesado su crimen. La justicia no se haría esperar. Con una celeridad que contrastaba con la parsimonia habitual de la vida en el campo, el engranaje administrativo se puso en marcha: «El Juzgado de Calatañazor, acompañado de este delincuente se trasladó al molino donde halló la propiedad vacía y á la esposa exánime».

Así lo cuenta El Avisador del domingo 14 de agosto- confirmando que el delito de sangre, en aquella Soria del cambio de siglo, brotaba en los redaños de las aldeas con un desgarro desconocido en la capital, casi impoluta en sus registros penales.

Al entrar en la vivienda, la escena era aterradora. El cuerpo de Asunción mostraba «una tremenda cuchillada en el pecho y dos heridas contusas en la cabeza». Según el primer dictamen, «una de las que presentaba en la cabeza había fracturado los huesos del cráneo», mientras que la herida del tórax «interesó el pulmón y debió producir la muerte instantáneamente».

Esa crueldad no nació de la frialdad y del cálculo, sino del caldo espeso de las pasiones humanas -celos, honra y convivencias forzadas- que los periódicos desgranaban con frecuencia. En una provincia donde la necesidad empujaba a muchos al robo de leña, de unas vueltas de chorizo o de unas güeñas, el crimen de sangre aparecía como el último zarpazo de una existencia sin salidas.

«ALGUNAS SOSPECHAS»

Para la mentalidad de 1904, un acto como el de Gregorio, el molinero, no se explicaba por la locura, ni siquiera por una transitoria enajenación mental, sino por la quiebra de un orden moral.

La prensa no dudó en señalar a la víctima para contextualizar la tragedia: «las causas que dieron lugar al crimen, fueron las de observar la Asunción una conducta incalificable, digna del reproche general». En un entorno rural donde la mirada del vecino era el más severo tribunal, se supo que «tanto Antonia como su padre Gregorio, habían adquirido algunas sospechas de sus respectivos cónyuges».

Gregorio, intentando salvar las apariencias de un hogar viciado por las sospechas, «mandó á su hijo político [Eusebio] al Burgo de Osma con el fin de que comprase cierta cantidad de cebada y le encargó al propio tiempo que se gestionase colocación en algún molino de aquella villa, puesto que en el suyo no había trabajo para dos hombres».

Lejos de traer la paz, aquello precipitó el final. Al día siguiente, la tensión acumulada estalló. La esposa increpó al marido «duramente por haber despedido á su yerno y diciéndole que [Eusebio, el yerno] no saldría de aquella casa aunque se empeñase quien quisiera». Es el momento en el que la crónica se tiñe de una pátina de justificación social que hoy nos resulta casi estremecedora.

«HONRADO A CARTA CABAL»

La narración de los hechos se invierte: presenta al molinero como un victimario que empujado por las circunstancias obra en legítima defensa. «Gregorio, con gran paciencia, contestó á su esposa que era el mejor medio para vivir honesta y tranquilamente el que Eusebio abandonara aquel hogar».

Sin embargo, la respuesta de Asunción fue de furia: «tomando un cuchillo que había para el servicio del molino trató de agredir á su marido; pero éste pudo arrebatar el arma á la agresora y le asestó dos golpes con el mango en la cabeza y uno en el pecho».

Resulta revelador cómo El Avisador cierra su crónica subrayando que «Gregorio Marín goza de excelente fama de hombre de bien y honrado á carta cabal entre sus convecinos». No es casual. Está lectura de los hechos refleja una sociedad que explica el crimen desde la defensa de la honra y la moralidad.

Aquí cruje el mito la Arcadia soriana que inicia la descripción de Madoz, décadas atrás, en el Tomo XIV de su «Diccionario»:

La provincia de Soria «casi sin industria, sin ilustración y sin caminos [...] pero habitada por unos hombres sencillos, religiosos, hospitalarios, obedientes y sumisos a las autoridades y observadores fieles de la ley [...] sin embargo [...] es una de las más criminales de España bien [...] por el número de acusados bien por los delitos contra la vida.»

Mientras el mito hablaba de hombres sumisos y religiosos, la realidad judicial de la provincia -con sus cientos de sentencias anuales por hurtos, desacatos, lesiones, disparos- mostraba a un pueblo desamparado donde la violencia crecía en una tierra dura y fría, necesitada y olvidada por las autoridades.

«SE LE ENTREGARÁ EL CUCHILLO OCUPADO»

Según consta en el Archivo Histórico Provincial, la sentencia se firmó el «veinte y seis de Mayo de 1905» ante el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Soria.

La causa procedente del Juzgado de Instrucción de Almazán fue «seguida de oficio por el delito de parricidio contra el procesado Gregorio Marín Ropero, de cuarenta y cinco años de edad, viudo, natural de Valdealvillo, agregado de Rioseco [...] molinero, con instrucción, sin antecedentes penales, en prisión provisional»

El ponente de la causa, Don Julio Salcedo de Blas, presidente de la Audiencia, ateniéndose al veredicto de no culpabilidad del jurado, falló: «que debemos absolver y absolvemos libremente al procesado Gregorio Marín Ropero por el delito del que fue acusado, pónganle inmediatamente en libertad».

Se dejó sin efecto el embargo de sus bienes y se declararon de oficio las costas procesales. Terminando la sentencia con una orden que cristaliza las venas: «se le entregará el cuchillo ocupado».

«LA CAMPANA DE LA AUDIENCIA DA LA UNA»

En la sala de vistas de la Audiencia Provincial de Soria se hizo el silencio. Gregorio Marín Ropero cruzó el pasillo con paso lento. Miraba al suelo. Quedaba en libertad. El reloj de la Audiencia dio la una. Antes de salir, alguien le entregó el cuchillo.

En la escalera le esperaba su hija, la Antonia. Se abrazaron.

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