TRIBUNA
A vueltas con la zona de bajas emisiones de Soria
El autor considera que la Zona de Bajas Emisiones está condenada al fracaso y la califica de una «operación fraudulenta» de una «medida falsa»

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Esta es la cuarta vez que protesto públicamente contra una iniciativa del Ayuntamiento de Soria que considero abusiva, injusta y arbitraria.
Una iniciativa que lejos de ser inocua es innecesariamente invasiva, cínica, discriminatoria y perniciosa, más propia de un régimen político autoritario que de una democracia.
Me estoy refiriendo otra vez a la Zona de Bajas Emisiones (en adelante ZBE) con que la mayoría política del Ayuntamiento de Soria pretende restringir los derechos constitucionales a la libre circulación y a la propia imagen, entre otros, para una parte de la ciudadanía.
Como ya dijimos en su día, una ZBE es un territorio donde se impide el acceso, la circulación y el estacionamiento de ciertos vehículos a motor bajo amenaza de multa de 200 euros, que podrán ser un 30 por 100 más si hay reincidencia. Controlado todo ello por máquinas robocop que captan las imágenes y las transforman automáticamente en sanciones y donde además nadie garantiza ni el destino final ni el uso potencial adicional de estas imágenes.
Con la monserga habitual de los objetivos medioambientales, de la lucha contra el cambio climático, de la prevención de la salud, de la mejora de la calidad del aire, de la promoción de la movilidad peatonal y de bicis y patinetes, o los brindis al sol de los manidos compromisos de Soria con los objetivos de ciertas Agendas y con el progreso mundial, nos quieren clavar una regulación opresiva que no hace ninguna falta, pero que penderá, si nadie lo remedia, como una espada de Damocles para cuando el autócrata de turno o alguno de sus agentes decidan utilizarla de una manera que, para entonces, ya será incontrolable.
Y todo es incierto. Toda la justificación y la retórica con la que envolverán la medida será falsa.
Estamos en presencia de una enorme operación fraudulenta. Un montaje espectacular el de la ZBE de Soria que está condenado al fracaso a poco que haya ciudadanos, organizaciones o asociaciones con ganas de impugnarlo.
Porque Soria no tiene 50.000 habitantes ni los niveles de contaminación atmosférica del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, sobre calidad del aire (salvo, tal vez en las inmediaciones del pebetero ardiente de la Delegación de Hacienda) . Estos son los requisitos exigidos en la Ley 7/2021, de 20 de mayo y en el Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, que son las dos normas que regulan las zonas de bajas emisiones, para que un Ayuntamiento pueda restringir los accesos, la circulación o el estacionamiento de vehículos a motor por motivos de calidad del aire en partes del territorio municipal.
En realidad, como ya denuncié en su día, todo este montaje surge, en mala hora, del otorgamiento de una subvención al Ayuntamiento de Soria de 548.943 euros mediante Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto (BOE de 23/8/2021), del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana dentro del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, sea esto lo que sea, con cargo a fondos NextGenerationEU, de la Unión Europea. Dinero destinado a la compra e instalación de cámaras de videovigilancia y la gestión de las imágenes con fines sancionadores.
Son fondos que tenían que justificarse y que mejor que emular para ello, siguiendo la senda de municipios de mucha mayor población, la iniciativa de estos de restringir o incluso de prohibir el tráfico rodado en ciertas zonas de cada población, como fórmula para mejorar la calidad del aire en áreas urbanas contaminadas, mediante ordenanzas municipales restrictivas. El devenir jurídico de estas ordenanzas reguladoras de ZBE está siendo tortuoso, contestado y poco afortunado en una gran parte de los municipios afectados. Por no ir demasiado lejos, en Castilla y León, Burgos, Valladolid, Segovia y Ávila han visto fracasar ante el Tribunal de Justicia de Castilla y León sus ordenanzas de ZBE a pesar de contar con la población mínima exigida legalmente y niveles de contaminación atmosférica mayores que los de Soria.
No parece sensato esperar mayor benevolencia de los tribunales para la ZBE de Soria cuando nuestra ciudad no reúne ninguno de los requisitos básicos que amparen su implantación.
Lo verdaderamente interesante aquí será saber si el fracaso de la iniciativa impedirá, como es lógico, el uso por el Ayuntamiento o sus agentes de todas estas cámaras de videovigilancia y si este desuso obligará a devolver a la Unión Europea los fondos NextGenerationEU asignados a este menester.
Si así fuera y al Ayuntamiento de Soria se le exigiera esa devolución de fondos por haber sido indebidamente aplicados, pese a la participación activa del propio Ministerio en el desaguisado, indudablemente al Ayuntamiento se le habría generado un agujero económico mayor que el importe de la subvención porque habría que tener en cuenta también los correspondientes intereses, un menoscabo que podría dar lugar a lo que se llama por la jurisdicción contable un reintegro por alcance. Lo interesante de esta hipótesis está en la aplicación precisamente de la jurisdicción contable que hace personalmente responsables de las pérdidas, con su propio patrimonio y no el municipal, a quienes por acción u omisión, o sea por dolo, culpa o negligencia graves, hubieran propiciado el desatino y el alcance. Por no hablar, como alternativa, de las posibles responsabilidades penales por malversación que en tantas ocasiones quedan lamentablemente inéditas.
Porque de lo superfluo de esta ordenanza el Ayuntamiento de Soria está sobradamente advertido. No hay más que reproducir las advertencias que se le hacían oficialmente en enero de este mismo año en el trámite preceptivo de la consulta previa:
1.- Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.- En el espacio escogido para la ZBE de Soria no existe ningún problema de emisiones contaminantes en el grado establecido por el Real Decreto 102/2011 de 28 de enero, que requiera del establecimiento de una ZBE, con las restricciones inherentes a su naturaleza.
2.- Necesidad y oportunidad de su aprobación.- No existiendo problemas de contaminación en el espacio previsto por el Ayuntamiento para una ZBE por su carácter sustancialmente peatonal no es necesario ni oportuno constreñir el ejercicio de derechos fundamentales de los ciudadanos reconocidos en los artículos 18 y 19 de la Constitución mediante el establecimiento de una ZBE y de la correspondiente ordenanza reguladora. El otorgamiento de una subvención estatal con cargo a fondos europeos para la adquisición, instalación, gestión y tratamiento de cámaras de video-vigilancia vinculadas a la proyectada ZBE de Soria no es causa suficiente para delimitar espacios susceptibles de restricciones a derechos fundamentales de la persona y prácticas de control inadecuadas.
3.- Los objetivos de la norma.- Los fines de la ordenanza reguladora de la proyectada ZBE que recoge el Anuncio municipal no son los auténticos objetivos de esa norma. Los objetivos reales perseguidos serían: 1) Posibilitar el funcionamiento de las cámaras sin recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos. 2) Controlar mediante el sistema de cámaras instaladas los flujos de circulación peatonal y rodada en el espacio de la ZBE. 3) El tratamiento digitalizado de las imágenes captadas por las cámaras, con fines por ahora desconocidos.
4.- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.- El Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la Ciudad de Soria que aprobó el Ayuntamiento por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de septiembre de 2021 contiene propuestas y medidas suficientes para obtener en el mismo espacio proyectado para ZBE y en general para toda la ciudad objetivos y resultados similares a los programáticamente expuestos en el Anuncio de 8 de enero de 2026, sin necesidad de recurrir a las restricciones propias de las ZBE.
Los viales que delimitan la ZBE proyectada enmarcan un espacio sustancialmente peatonal, sin volumen significativo de tráfico de vehículos. Para un espacio así las restricciones inherentes a las ZBE son innecesarias, lo mismo que las cámaras de video-vigilancia de control de los accesos y de contexto, lo cual suscita dudas sobre la finalidad real de su utilización por agentes y tratamientos digitales por el momento desconocidos, que podrían resultar inadecuados o invasivos.
La ZBE de Soria tal y como está concebida solo va a tensionar aún más las vías perimetrales que la rodean y que, en lo relativo a la calle de Eduardo Saavedra y a la avenida de Valladolid, tras las últimas remodelaciones (por cierto no consensuadas ni pacíficas) ya están lo suficientemente tensionadas como para suponer un riesgo creciente de accidentes de tráfico.
A mí me gustaría que esta pesadilla de una ZBE absurda, junto con otras ocurrencias, como la del propio pebetero quemando gas sin conocimiento, o la que se avecina de los contenedores de materia orgánica con mecanismo electrónico de apertura, por poner solo un par de ejemplos delirantes, se quedaran solo en eso: pesadillas.
Pero la dinámica política municipal de los últimos tiempos me hace ser muy pesimista.
La mayoría absoluta del partido político que manda en el Ayuntamiento de Soria no propicia el vértigo de la responsabilidad absoluta sino todo lo contrario, inspira arrogancia, y prepotencia que alimentan la sensación subjetiva de una impunidad también absoluta que, junto con esa voracidad insaciable en la gestión de los recursos económicos que últimamente les caracteriza, me generan preocupación y desconfianza sobre el cumplimiento del mandato constitucional de toda Administración Pública de servir con objetividad los intereses generales de la población, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.