Heraldo-Diario de Soria

Tribunales

El Club de Golf de Soria se querella por estafa contra quien compró acciones a los socios

La sociedad le reclama una deuda de 63.700 euros por las 24 participaciones adquiridas. Asegura que el querellado «engañó» y no paga las cuotas que marcan sus estatutos

El campo de Pedrajas que gestiona la mercantil Club de Golf de Soria.

El campo de Pedrajas que gestiona la mercantil Club de Golf de Soria.HDS

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El Club de Golf de Soria se ha querellado contra quien compró acciones a varios de los socios, argumentando que «engañó» a la entidad con sus sociedades en «situación de insolvencia», por lo que no satisface las cuotas a las que están atadas las participaciones según marcan los estatutos. Atribuye al querellado los delitos de estafa y frustración de la ejecución, recogidos en el Código Penal y que pueden conllevar penas de cárcel de hasta cuatro años. Por este motivo, le reclama una deuda de 63.766 euros, que es en lo que valora las responsabilidades con el Club de las 24 acciones adquiridas por J.M.Á.A.P. y sus dos sociedades.

La querella fue admitida a trámite por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Soria, que abrió diligencias previas, y en estos momentos se encuentra en plena instrucción para determinar si existe delito, como reclama el Club de Golf de Soria, o decide el archivo de la causa judicial.

La sociedad mercantil asegura en su escrito dirigido al Juzgado que las mercantiles querelladas, con la actuación de su administrador, comenzaron a adquirir acciones de distintos socios, que el propio Club denomina «disidentes» utilizando terminología mercantil. Dichos socios eran contrarios al abono de las cuotas, en una lucha por no pagar si no se juega en el campo de Pedrajas que ha llevado en los últimos años a varios de ellos a presentar reclamaciones en los tribunales, generalmente con resultado a favor de la sociedad anónima. Muchos de esos socios se han quejado de forma reiterada por el lastre que supone la acción para la que no encontraban compradores por la obligación a la que van asociadas de pagar una cuota de juego aunque el socio no practique este deporte. Dicha cuota se eleva a 95 euros al mes, si bien la fija anualmente el Consejo de Administración de la entidad.

Según el Club, «las personas jurídicas querelladas se han dedicado a acumular acciones sin ninguna intención de utilización de las instalaciones», tampoco «del cumplimiento de sus obligaciones de pago, y sin que exista la posibilidad de cobro o ejecución judicial dada la virtual situación de insolvencia de éstas», o al menos, «situación inactiva y de total despatrimonialización».

Reconoce el Club en su querella que J.M.Á.A.P. enviaba burofax al Consejo de Administración informando de la compra de acciones, y una vez cumplidos los requisitos previos, se le autorizaba el cambio de accionista y se tomaba registro. Si bien, con el tiempo, «ha podido apreciar el plan urdido desde un principio. Que no es otro que facilitar la salida de accionistas disidentes del club, generando perjuicio al patrimonio de éste». Insiste en que el querellado se aseguró de que cualquier acción de cobro por parte del Club de Golf estaba «abocada al fracaso, dada la estructura societaria vacía de las compañías querelladas».

Se da la circunstancia de que los estatutos de la sociedad mercantil que gestiona el campo de Pedrajas contemplan que para dejar de ser socio es necesario estar al corriente de pago y satisfacer una cuota de salida, es decir, abonar 1.550 euros por acción, y 200 más en las sucesivas si el accionista tiene más de una.

En ese sentido, el Club de Golf fundamenta la querella es que se le está generando «un daño patrimonial, pues salían socios (sin abonar la cuota de salida al existir transmisión), que en apariencia vendían sus acciones en el mercado, pero las dos mercantiles adquirientes jamás tuvieron intención de cumplir sus obligaciones de pago recién asumidas».

En definitiva, dice el Club de Golf de Soria, se buscaba su perjuicio, «en beneficio económico de los socios salientes al esquivar sus obligaciones».

Entre las diligencias a practicar que solicita al juez el Club de Golf de Soria está el interrogatorio de los querellados, es decir, las dos sociedades y el administrador, además de la testifical de una socia a la que el comprador ofreció adquirir sus acciones.

La citación de J.M.Á.A.P. se produjo el pasado martes y, según informaron fuentes próximas, entregó al juez la documentación sobre la compra de las acciones ante notario, algunas por 100 euros y otras por cantidades menores. Además, recriminó al Club de Golf que hubiera «comprado el silencio» de un socio, Fernando García, al adquirir sus acciones.

La querella se produce después de que varios socios hayan llevado al juzgado, en distintos monitorios en los últimos años, su disconformidad con la cuota de juego. También después de que se ponga el duda la legitimidad del Club de Golf de Soria para explotar un campo en Pedrajas que sería de titularidad municipal.

Algunos socios de la mercantil reclamaron ya hace dos años al Ayuntamiento de Soria que interviniera el campo de golf, por considerar que se trata de un enclave público, de titularidad municipal, en el que se está practicando una actividad privada, ya que es una sociedad anónima la que lo está explotando, el Club de Golf de Soria. Sostienen estos socios que el campo no se puede «subarrendar», como habría ocurrido tras la firma de un convenio en 1999 suscrito por el Consistorio capitalino y la Fundación Golf Tierras de Soria para la construcción y gestión del mismo.

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