Heraldo-Diario de Soria

Tráfico

La DGT confirma el registro de patinetes eléctricos y el seguro obligatorio: ya se conocen las multas por no cumplir

Todos los propietarios de patinetes (o los tutores legales en caso de menores) en Soria tienen que inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos y estar asegurados ante accidentes de tráfico

Una persona circula en un patinete eléctrico en el entorno del Campus Duques de Soria.

Una persona circula en un patinete eléctrico en el entorno del Campus Duques de Soria.MARIO TEJEDOR

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Soria

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Los patinetes eléctricos se han convertido en parte del paisaje del tráfico en numerosas ciudades y Soria no es la excepción. Su irrupción en las calles ha generado algunos roces con peatones o conductores que se están regulando desde distintas administraciones, caso del Ayuntamiento de Soria que cuenta con su propia ordenanza desde 2024. Ahora es el Gobierno, a través de la Dirección General de Tráfico (DGT), quien mueve ficha: tendrán que figurar de forma obligatoria en un registro y contar con seguro ante accidentes de tráfico. Ya se conocen las multas por no cumplir.

La nueva normativa hace que los propietarios de patinetes eléctricos tengan que mirar primero su patinete, señalando explícitamente a los tutores legales si el vehículo lo lleva un menor de edad. En caso de que cuente con la placa del certificado de circulación, cumpliendo los requisitos podrán seguir en marcha sine die. Si no disponen de esta 'homologación' tienen los días contados y concretamente son algo menos de 365.

En total se calcula que en España hay unos cuatro millones de patinetes eléctricos. Obviamente la provincia de Soria tiene sus propias características climatológicas o de tamaño de la capital y los pueblos y no se puede hacer una proyección exacta, pero seguramente son cifras de tres dígitos, algo que se podrá precisar cuando estén registrados.

El Consejo de Ministros aprobó martes el real decreto que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros, que establece la obligación de inscripción de los vehículos de movilidad personal -VMP, más conocidos como patinetes- en el Registro Nacional de Vehículos que gestiona la Dirección General de Tráfico (DGT) del Ministerio del Interior.

La puesta en marcha de este registro era imprescindible para dar cumplimiento a la disposición adicional primera de la Ley 5/2025 de 24 de julio, que modificó la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor para introducir la obligación de asegurar todos los vehículos de movilidad personal, que entró en vigor el pasado 2 de enero pendiente de la puesta en marcha del registro.

Registro en sede electrónica

Dado que el registro y la inscripción previa de los VMP es requisito indispensable para obtener el seguro obligatorio, los propietarios (o tutores legales en caso de menores) de los más de 4 millones de vehículos de este tipo que se estima circulan por las vías urbanas españolas deberán realizar este trámite administrativo una vez que ya se ha habilitado el procedimiento.

Los titulares podrán hacerlo de forma telemática en la sede electrónica de la web de la DGT y el teléfono 060 ofrecerá ayuda a los usuarios en el proceso de registro e inscripción de su VMP en caso de necesitarlo.

Patinetes eléctricos que cuentan con el certificado de circulación

Estos vehículos cumplen los requisitos establecidos en el Manual de Características de los VMP, que establece una serie de garantías de calidad y durabilidad mínimas así como de seguridad tanto para el usuario de este como para la del resto de usuarios de la vía. Desde el 22 de enero de 2024 solo se puede comercializar este tipo de VMP y en la web de DGT el ciudadano puede consultar las marcas y modelos certificados.

El proceso de inscripción de este tipo de VMP en el Registro Nacional de Vehículos es sencillo. Además de los datos del titular se deberá consignar tanto el número de certificado y el número de serie, que constan en la placa de marcaje y la ficha técnica de características. Una vez abonada la tasa administrativa correspondiente, el propietario obtendrá el número de inscripción. Una vez solicitada la inscripción, la DGT expedirá el certificado de inscripción digital.

Patinetes eléctricos que no tienen el certificado de circulación

Son VMP que no cumplen los requisitos técnicos recogidos en el Manual de Características y, por tanto, no tienen placa de marcaje de fábrica. A este tipo de vehículos se les aplica un régimen transitorio que les permite continuar circulando hasta el 22 de enero de 2027 aunque carezcan del certificado de circulación, pero también tienen que ser inscritos en el Registro Nacional de Vehículos y obtener el seguro obligatorio.

Para este tipo de patinetes, además de una serie de datos personales del titular, solo se deberá adjuntar factura o ficha técnica o fotografía del VMP. La identificación de este tipo de VMP tendrá carácter temporal y dejará de surtir efectos el 22 de enero de 2027, fecha a partir de la cual estos vehículos no podrán circular.

Para todos los VMP, una vez obtenido el certificado de inscripción, en el que constará la información del titular y el número único identificativo, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa en un manipulador de placas habilitado.

Dicha etiqueta deberá colocarse en el porta-identificador destinado a tal efecto en el vehículo una vez que disponga de ella. En el caso del VMP no certificados, se podrá colocar en lugar visible.

Modelo de etiqueta identificativa

Este proceso de inscripción de los Vehículo de Movilidad Personal también podrá llevarse por otros canales como agentes de seguros en el momento de ir a contratar el seguro o gestores administrativos que ya realizan gran cantidad de trámites electrónicos con la Administración. Además, la DGT también está trabajando para que, en los próximos meses, pueda hacerse en el mismo momento en el que se adquiere un nuevo VMP en un establecimiento autorizado.

Cambio de titularidad y baja

Como sucede con el resto de vehículos, si el VMP cambia de titular y éste ha sido inscrito y cuenta con certificado de circulación en vigor, los intervinientes deberán solicitarlo en modelo oficial en el plazo de treinta días acompañando la documentación antes citada -excepto la ficha de características generales- junto con el número de identificación del vehículo y el número de identificación del titular. Una vez solicitado, Tráfico expedirá un nuevo certificado de inscripción digital a nombre del nuevo titular y conservará el número de identificación del vehículo.

Respecto a la baja de los patinetes eléctricos, deberá realizarse en un centro autorizado para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil. Estos establecimientos comunicarán por medios electrónicos la baja y destrucción de estos vehículos al Registro Nacional de Vehículos.

Según lo dispuesto en la ley sobre responsabilidad civil y seguro, carecer del mismo tendrá multas. Será sancionado con entre 202 y 610 euros y circular con un VMP sin seguro con entre 250 y 800 euros en función de si es considerado vehículo personal ligero o vehículo a motor (más de 25 kilogramos de peso y más de 14 kilómetros/hora) por la citada Ley del Seguro.

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