Absuelta de un delito de tráfico al rechazarse la acusación de un policía en Soria
La sentencia no ve probado que quien condujera fuera la encausada, con el carné sin puntos, sino su hermana, con «indudable parecido». La procesada había presentado una queja previa contra el agente

Policías locales.
El Tribunal de Instancia sección de lo Penal de Soria absuelve a una mujer acusada de conducir una furgoneta tras la retirada del carné por la pérdida de todos los puntos. La sentencia no considera probado que fuera ella quien condujera pues podría ser su hermana, con «indudable parecido físico», restando validez a la declaración inculpatoria de un Policía Local, contra quien la procesada había presentado una queja previamente.
Por el delito contra la seguridad vial, la Fiscalía pedía para la mujer una multa de 2.160 euros, mientras que la defensa reclamaba la libre absolución.
En el juicio oral, la acusada negó que fuera la conductora del vehículo, sino que era su hermana. Hecho que corroboró esta última, «apreciándose el indudable parecido físico entre ambas hermanas», como señala la sentencia. Además, declaró como testigo que en otras ocasiones también la habían confundido con su hermana.
El único testimonio incriminatorio fue el de un agente de Policía Local, que fue quien manifestó que vio a la acusada conducir la furgoneta. Sin embargo, su declaración no resultó ratificada por el resto de los agentes que acudieron al lugar de los hechos una vez que el vehículo se encontraba detenido y la encausada ya en el exterior. Señala el fallo judicial que el testimonio del agente no goza de presunción de veracidad en un juicio penal, por lo que su declaración debe ser valorada como cualquier otra testifical. La defensa, al frente de la cual está la abogada Silvia Domínguez, de SDG Abogados, acreditó documentalmente que el policía había intervenido en otras diligencias contra la acusada y que ésta había formulado, en febrero de 2025, con anterioridad a los hechos que se juzgaban, una queja contra dicho agente.
Por otro lado, recoge la sentencia, el testimonio del policía se contradice con el de otro testigo, sin ninguna relación con la procesada, que manifestó que vio la furgoneta aparcada, que se bajó del asiento del copiloto y habló con él y que no vio a ningún agente, a pesar de que el policía sostuvo que siguió al vehículo, que era conducido por la acusada, que se puso a su altura y le cortó el paso, deteniendo su marcha. De ello se deduce, dice el fallo judicial, que el agente, según su testimonio, estuvo en todo momento con la acusada, hasta que comparecieron sus compañeros de Policía Local, «lo cual contradice el testimonio del testigo que manifiesta que no vio a ningún policía mientras estuvo hablando con ella». Por último, la sentencia alude al testimonio de la hermana, con su indudable parecido físico con la acusada, lo cual es valorable, ya que el agente manifestó que reconoció a la acusada desde el interior del vehículo, mientras ella, según su versión, conducía el mismo, «por lo que es muy probable un error de identificación».