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La polémica ZBE de Soria ya es realidad: ¿Qué tienes que saber?

La normativa entrará en vigor el 16 de septiembre y a partir del 1 de noviembre se podría multar

Delimitación de la futura ZBE en la ciudad.

Delimitación de la futura ZBE en la ciudad.HDS

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Soria

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El Pleno del Ayuntamiento de Soria aprobó la nueva ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y ahora el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publica el nuevo texto normativo que rige su implantación y puesta en funcionamiento. Una medida que llega rodeada de polémica, con algunas dudas y son un periodo de prueba que se extenderá hasta el 1 de noviembre cuando ya se podrá empezar a multar con hasta 200 euros. Oficialmente, la ordenanza marca el inicio de la ZBE el 16 de septiembre y el periodo de pruebas finalmente será de tan 'sólo' mes y medio donde se informará a los infractores, pero no se multará. 

Esta es una guía con los aspectos básicos de la ZBE de Soria y al final de la información se encuentra la ordenanza publicada por el Ayuntamiento de Soria. 

¿Qué es la ZBE de Soria?

Es el ámbito delimitado por una administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos.

¿Cuál es su delimitación en Soria? 

Los viales que delimitan la Zona de Bajas Emisiones de Soria, no estando incluidos en la misma, son los siguientes: Paseo San Andrés/ C/ Mosquera de Barnuevo/ Paseo del Espolón/ C/Ferial/ C/Santa María/ N-234/ Pl. San Pedro/ C/ Nuestra Señora de Azogue/ C/ Postas/ C/ San Lorenzo/ C/ Betetas / C/ San Juan de Rabanera / C/ Caballeros/ Plaza Ramón y Cajal / Plaza Mariano Granados / C/ Nicolás Rabal.

Detalle de la delimitación de la ZBE de Soria.

Detalle de la delimitación de la ZBE de Soria.HDS

¿Quién puede circular? 

En la ZBE de Soria se prohíbe el acceso, la circulación y el estacionamiento de los vehículos que no dispongan del correspondiente distintivo ambiental de la DGT. Por lo tanto, pueden circular sin restricciones todos los vehículos que dispongan de distintivo 'O emisiones', 'ECO', 'C' o 'B'. 

¿Qué ocurre con los vehículos sin distintivo?

Podrán estar autorizados temporalmente, hasta una fecha determinada, para acceder, circular y estacionar en la Zona de Bajas Emisiones de Soria de forma continua o discontinua por meses, días u horas. 

¿Qué exenciones se contemplan?

Son múltiples y pueden consultarse al detalle en la ordenanza. Algunos ejemplos son los vehículos de redientes empadronados dentro de la ZBE, vehículos de transporte a personas de movilidad reducida o enfermas, los vehículos de propietarios de plazas de garaje situadas dentro de la ZBE, los servicios públicos esenciales, el transporte colectivo o vehículos históricos. No obstante, hay que tener en cuenta que se aplica la exención "siempre que hayan solicitado y obtenido la inscripción del vehículo en el Sistema de Gestión de accesos de vehículos a la ZBE del Ayuntamiento de Soria"

¿Cómo solicitar la exención? 

Se podrá tramitar de forma presencial u online previo registro del vehículo en cuestión.

¿Cómo se controlará el acceso?  

El control de acceso a la BES se realizará mediante un sistema automático y con la plataforma tecnológica que se designe por la autoridad municipal. Con este sistema se comprobará si el vehículo puede acceder o no a la citada zona, sin que sea necesario captar la imagen de los ocupantes. Se informará de la ubicación de los medios fijos mediante señalización y en la web municipal.

¿Habrá multas? 

Sí. Las infracciones tipificadas en esta Ordenanza se considerará que los son al texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y conforme a lo dispuesto en el artículo 80 de la misma, se sancionarán con multa de 200,00 euros.

¿Por qué podrían multarte? 

Tendrá la consideración de infracción grave el no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas en la BES, en particular:

• El incumplimiento de la prohibición de circular o estacionar dentro de la BES por parte de vehículos no autorizados.

• El incumplimiento de la prohibición de circular por la BES en el caso de que el órgano competente del Ayuntamiento de Soria hubiera declarado un episodio de contaminación del aire.

• El estacionamiento de los vehículos de los residentes en la BES, que no cuenten con la autorización necesaria, cuando estacionen en un área de estacionamiento que no les corresponda. 

¿Cuándo entra en vigor? 

La ordenanza, entrará en vigor a los quince días hábiles de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria (B.O.P). Dado que su publicación es el 26 de agosto la entrada en vigor será el 16 de septiembre. 

¿Cuándo comenzará a multar el Ayuntamiento?

Hay dos fases para la entrada en vigor. 

FASE 1: Entrada en vigor de la BES a prueba. Se iniciarán las restricciones permanentes (de 7 h a 20 h, de lunes a viernes) en la BES. Esta fase no comporta sanciones, pero sí avisos informativos a los infractores. Esta fase abarcará el período comprendido entre la entrada en vigor de la Ordenanza y el día 31 de octubre de 2026 (incluido).

FASE 2: Entrada en vigor del régimen sancionador de la BES y tramitación de denuncias a los vehículos infractores. El régimen sancionador será plenamente aplicable. Esta fase se iniciará el día 1 de noviembre de 2026 y su duración será indefinida.

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