PP, Vox y Foes tienen 2 meses para ir al TSJ contra una ZBE que arranca el día 16
La ordenanza ya se ha publicado en el BOP y el periodo de pruebas finalmente será de ‘sólo’ mes y medio A partir del 1 de noviembre el Ayuntamiento podrá multar a los infractores con sanciones de 200 euros

Panel anunciador de la Zona de Bajas Emisiones en Mariano Granados
El Pleno del Ayuntamiento de Soria aprobó el martes la nueva ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y ahora el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publica el nuevo texto normativo que rige su implantación y puesta en funcionamiento. Una medida que llega rodeada de polémica, con algunas dudas y con un periodo de prueba que se extenderá hasta el 1 de noviembre cuando ya se podrá empezar a multar con hasta 200 euros. Oficialmente, la ordenanza marca el inicio de la ZBE el 16 de septiembre y el periodo de pruebas finalmente será de tan ‘sólo’ mes y medio donde se informará a los infractores, pero no se multará. El texto además abre el plazo de dos meses para poder presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León.
La ordenanza publicada este miércoles regula como se llevará a cabo la implantación y el despliegue de una polémica medida que solo contó con el apoyo del PSOE, y su mayoría, en el pasado Pleno. El texto aclara algunas de las cuestiones sobre las que aún habían dudas, por ejemplo, las fechas exactas de su entrada en vigor. La norma estará operativa «a los quince días hábiles de su publicación en el BOP». Estas cuentas llevan su entrada en vigor al 16 de septiembre.
Tal y como ya se ha explicado, la implantación de la normativa se desarrollará en dos fases. En un primer momento y a modo de prueba se activará la Zona de Bajas Emisiones con restricciones permanentes de 7 a 20.00 horas. Un aspecto clave es que durante esa fase no habrá sanciones, sino avisos informativos a los infractores. La fase de pruebas comenzará el 16 de septiembre, con la entrada en vigor de la norma, y el 31 de octubre. La segunda fase por tanto comenzará a continuación, el 1 de noviembre, y supondrá la entrada en vigor del régimen sancionador y la tramitación de denuncias. De momento, su duración será indefinida.
La ZBE de Soria está delimitada por los siguientes viales, no estando incluidos en la misma, son los siguientes: Paseo San Andrés/ C/ Mosquera de Barnuevo/ Paseo del Espolón/ C/Ferial/ C/Santa María/ N-234/ Pl. San Pedro/ C/ Nuestra Señora de Azogue/ C/ Postas/ C/ San Lorenzo/ C/ Betetas / C/ San Juan de Rabanera / C/ Caballeros/ Plaza Ramón y Cajal / Plaza Mariano Granados / C/ Nicolás Rabal. Dentro de este espacio estará prohibido el acceso, la circulación y el estacionamiento de los vehículos que no dispongan del correspondiente distintivo ambiental de la DGT. Por lo tanto, pueden circular sin restricciones todos los vehículos que dispongan de distintivo ‘O emisiones’, ‘ECO’, ‘C’ o ‘B’.
Los vehículos sin distintivos podrán estar autorizados temporalmente, hasta una fecha determinada, para acceder, circular y estacionar en la Zona de Bajas Emisiones de Soria de forma continua o discontinua por meses, días u horas a través de la figura de las exenciones que recoge la propia ordenanza. Son múltiples y pueden consultarse al detalle en la ordenanza. Algunos ejemplos son los vehículos de residentes empadronados dentro de la ZBE, vehículos de transporte a personas de movilidad reducida o enfermas, los vehículos de propietarios de plazas de garaje situadas dentro de la ZBE, los servicios públicos esenciales, el transporte colectivo o vehículos históricos. No obstante, hay que tener en cuenta que se aplica la exención «siempre que hayan solicitado y obtenido la inscripción del vehículo en el Sistema de Gestión de accesos de vehículos a la ZBE del Ayuntamiento de Soria».
Otro aspecto importante a recordar es que la ordenanza habilita la posibilidad de multar a los que circulen por la ZBE sin estar habilitados. «Las infracciones tipificadas en esta Ordenanza se considerará que los son al texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y conforme a lo dispuesto en el artículo 80 de la misma, se sancionarán con multa de 200,00 euros», explica el texto normativo. Tendrá la consideración de infracción grave el no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas en la BES, en particular; El incumplimiento de la prohibición de circular o estacionar dentro de la BES por parte de vehículos no autorizados; El incumplimiento de la prohibición de circular por la BES en el caso de que el órgano competente del Ayuntamiento de Soria hubiera declarado un episodio de contaminación del aire y el estacionamiento de los vehículos de los residentes en la BES, que no cuenten con la autorización necesaria, cuando estacionen en un área de estacionamiento que no les corresponda.
Camino al TSJ
La implantación de la ZBE en Soria ha tenido una amplia contestación capitalizada en lo político por PP, sumando 3.000 firmas ciudadanas, y Vox y con eco a través de los agentes sociales con FOES y sus asociaciones sectoriales liderando las protestas. Salvo un giro radical, parece claro que la ordenanza de Soria tendrá que pasar por el juzgado, en este caso, irá directamente al Tribunal Superior (TSJ) de Justicia de Castilla y León.
La ordenanza establece un plazo de dos meses para presentar el recurso. «En los tribunales nos veremos», aseguró el popular Javier Jiménez en su intervención en el Pleno. Vox reiteraba en sus redes sociales su predisposición para judicializar la ordenanza. «Acudiremos al recurso contencioso administrativo con objeto de tumbar una norma que no resuelve problemas y causa más perjuicios al soriano», sentenciaban. Queda por ver la postura definitiva de FOES, aunque todo apunta de que habrá un tercer recurso contra la polémica norma.