Sucesos
La Guardia Civil de Soria 'caza' a un conductor a 182 kilómetros por hora en un tramo de 90
El radar estaba ubicado en Matalebreras cuando el coche "de alta gama" fue detectado duplicando el límite de velocidad y el conductor se puede quedar sin carné de uno a cuatro años

Agentes de la Guardia Civil de Tráfico.
Un radar de la Guardia Civil de Tráfico de Soria sorprendió al conductor de un coche "de alta gama" a 182 kilómetros por hora en un tramo limitado a 90 kilómetros por hora, duplicando el límite de velocidad de la carretera. Ocurrió en Matalebreras y, además de la multa, puede suponer el quedarse de uno a cuatro años sin carné de conducir.
Agentes de la Guardia Civil del Subsector de Tráfico de Soria procedieron el 29 de agosto a la investigación de un conductor como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, al sobrepasar la velocidad máxima permitida por el tipo de vía en 92 kilómetros por hora.
Los hechos sucedieron a las 16.36 horas del día 29 de agosto de 2026, cuando el turismo de alta gama fue detectado por un cinemómetro del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Soria, circulando a 182 kilómetros por hora, a la altura del kilómetro 117,500 de la carretera N-122 (Zaragoza-Portugal), término municipal de Matalebreras (Soria), cuando el límite genérico de velocidad en el punto es de 90 kilómetros por hora.
Las correspondientes diligencias fueron confeccionadas por la Unidad de Investigación de Seguridad Vial del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Soria y remitidas a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia Plaza nº 3 de Soria.
Consecuencias legales
Este tipo de acciones al volante no solo pone en peligro la propia integridad física del conductor y la de sus ocupantes, también la del resto de usuarios de la vía. Es de suma importancia respetar las limitaciones de velocidad tanto genéricas como las especificas fijadas por las señales en cada tramo de vía.
Para estas conductas, el Código Penal en su artículo 379.1 contempla penas de cárcel de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.