El horrible doble crimen de Navapalos escrito en la crónica negra de Soria y la sentencia de pena de muerte al culpable
El autor era de Villanueva de Gormaz y sin razón alguna mató a tiros a dos niños que estaban jugando en la calle, por lo que fue condenado a muerte por la Audiencia Provincial de Soria y luego indultado por el Consejo de Ministros

Navapalos en una imagen de archivo.
En Navapalos, siglos después de que el Cid «el Duero va a passar», se cometió, sobre las siete de la tarde del miércoles 7 de mayo de 1884, cuando el lugar contaba con dieciocho vecinos, un horrible crimen en el que un vecino de Villanueva de Gormaz, de padres desconocidos, casado y de veintisiete años de edad, disparó por tres veces la escopeta de un compañero sobre nueve o diez inocentes niños, de siete a diez años de edad, que se hallaban jugando en una de sus calles.
Juan Manuel Gregorio, Alejandro Ayuso, Sinforiano Arribas y Eugenio Martínez, vecinos de Villanueva, llegaron a Navapalos procedentes de Osma, donde habían estado trabajando en unas viñas. Entraron en la casa de Florentina Manzanares, con el objeto de echar en una vasija el vino que llevaban, que no podían beber en la bota por no tener brocal, dejando Juan Manuel la escopeta en un rincón del portal.
Mientras sus compañeros lo hacían Eugenio cogió la escopeta y saliendo a la calle se dirigió a varios niños diciendo: «A cuantos chicos haya en este pueblo voy a matar la mitad». Apuntó a Francisco Arribas Arribas hasta el extremo de tocarle al pecho con el cañón, lo cual produjo la huida de todos los niños que regresaron al momento.
Martínez se retiró al portal y salió de nuevo: «Coño que os tiro», y apuntó otra vez a los que estaban a distancia y no huyeron creyendo que era una broma; pronunció la frase: «hallá sus va» y disparó.
Al instante, según se lee en la crónica de la revista quincenal «La Propaganda», impresa en El Burgo de Osma, se sintieron dos gritos desgarradores. Francisco, de ocho años de edad, se dirigió a su casa exclamando: «¡Ay madre que me han matado! ¡Ay madre que me han matado! Ay…» y cayó muerto en los brazos de su madre, que salió de su casa al oír a su hijo.
El niño Sebastián Alonso Pascual, de siete años, no dio más que un grito, después el pobrecito sin poder hablar, se marchó a su casa tambaleándose y agarrándose a las paredes para no caer. Al llegar al dintel de la puerta, también cayó muerto en los brazo de su madre. El asesino regresó al portal como si nada hubiera sucedido. Fue reducido y, personado el juzgado en el lugar de los hechos, se le condujo a la cárcel de El Burgo, tras contener la exaltación del vecindario que quería matarle. A duras penas pudo la guardia civil conseguir que no lo hicieran.
Reconocidos los cadáveres se encontraron en sus ropas varios agujeros y despojados los cuerpos de éstas se hallaron a Gumersindo trece heridas y a Sebastián treinta y cinco, todas inferidas con perdigones medianos, lanzados por arma de fuego a muy corta distancia de las cuales el 1º tenía cinco que interesaban al corazón y el 2º tres, calificadas «de mortales por necesidad». Las restantes interesaban otra vísceras importantes siendo algunas calificadas de mortales. También resultó herido, si bien levemente, el niño Mariano Lázaro.
El 13 de julio tuvo lugar, en la Audiencia Provincial, la vista, en juicio oral notablemente concurrido de personal, de la causa de la que fue ponente el magistrado Juan María Martínez y Sainz, en la que declararon ocho testigos y en la que la defensa corrió a cargo de Eladio Peñalba Gutiérrez. El Ministerio fiscal calificó los hechos como constitutivos de dos delitos de asesinato, mientras que la defensa sostuvo, en sus conclusiones, que el suceso constituía un delito de doble homicidio, cometido por imprudencia temeraria.
Se falló por los componentes del tribunal que debían condenar, y condenaron, al procesado, Eugenio Martínez, «a la pena de muerte que se ejecutará en garrote vil, en tablado, de día, y con publicidad, en uno que no sea de fiesta religiosa o nacional y en el lugar destinado al efecto». Se le condenó, además, con la accesorias de inhabilitación absoluta perpetua en el caso que fuera indultado de aquella pena y ésta no se le remitiera especialmente. También a que, por indemnización, pagase 1.000 pesetas a Francisco Arribas Palomar y otras tantas a Cándido Alonso, padres respectivos de los interfectos Gumersindo Arribas y Sebastián Alonso, y abonase las costas procesales. Se ordenó, igualmente, que se entregara a su dueño, Juan Manuel de Gregorio, la escopeta ocupada toda vez que se halla autorizado para su uso.
Dictada sentencia se hicieron gestiones para que el Tribunal Supremo, encontrase motivos para revocarla, «pues así se librarían los vecinos de esta villa [de El Burgo] de tener que presenciar un espectáculo terrible, y no veríamos levantarse por ahora el fatídico patíbulo». Habrá que esperar hasta el mes de enero del año 1885 para que se comunique, con verdadera satisfacción, que en el Consejo de Ministros, celebrado el día 25 de enero, se acordó indultar de la pena de muerte, impuesta por la Audiencia de Soria, a Eugenio Martínez, vecino de Villanueva de Gormaz, autor del crimen a que nos hemos referido.