Heraldo-Diario de Soria

Fuentestrún alquila tres viviendas para captar a nuevos vecinos

Los interesados pueden presentar sus ofertas al alza hasta el 9 de febrero. Se trata de un apartamento y un adosado por 250 euros al mes y otro adosado por 300 euros al mes

Fuentestrún licita el alquiler de un apartamento y dos adosados de nueva construcción.

Fuentestrún licita el alquiler de un apartamento y dos adosados de nueva construcción.HDS

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El Ayuntamiento de Fuentestrún ha publicado el anuncio de arrendamiento de tres vivienda en régimen de alquiler con el objetivo de sumar población en el municipio. Tras las obras de construcción de los inmuebles llevadas a cabo, es el momento de conocer si captan el interés que espera su alcalde, Isidoro Gil poniendo el foco en la lucha contra la despoblación y en sumar habitantes a su localidad con un censo que roza los 70 vecinos aunque viviendo hay únicamente una veintena. Una inversión que han podido realizar gracias a los ingresos por los aerogeneradores y por las licencias de un parque fotovoltaico. El pueblo, destaca su regidor, «también cuenta con pista de pádel, multideporte y campo de fútbol».

En concreto, tal y como recoge la Plataforma de la Contratación, se trata de tres viviendas: un apartamento y dos adosados. Los interesados pueden presentar sus ofertas hasta el próximo 9 de febrero a las 15.00 horas. El precio podrá ser mejorado al alza por el solicitante, no siendo válidas las ofertas que propongan un precio menor al indicado.

En concreto, el apartamento consta de 2 dormitorios y sale a licitación con un precio de 250 euros mensuales. El adosado más grande, de tres habitaciones sale por 300 euros mensuales mientras que el segundo adosado, con dos habitaciones, sale por 250 euros mensuales. A partir de estas cifras, los interesados pueden presentar sus ofertas al alza. La duración del contrato de arrendamiento se fija en un año, de carácter prorrogable por periodos anuales por acuerdo expreso de ambas partes, hasta los cinco años. El contrato podrá ser objeto de dos prórrogas expresas hasta la duración máxima de 10 años.

Entre las obligaciones del arrendador se encuentra el uso del inmueble para vivienda-residencia habitual y abonar la renta dentro de los 10 primeros días de cada mes, con carácter anticipado. Además, también serán de su cuenta los gastos derivados del suministro de agua, electricidad y calefacción y no podrá realizar obras sin el consentimiento previo del Ayuntamiento quedando prohibido el subarriendo o cualquier otra forma de cesión de uso a terceros distintos del adjudicatario así como la tenencia de mascotas en las viviendas. 

Por su parte, el Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario.

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