La suerte de pinos en Soria, el derecho de unos pocos en la comarca de Pinares
Unas ordenanzas preconstitucionales, que exigen arraigo y residencia, marcan los requisitos del reparto del dinero que se cobra por la venta de madera del monte en cada pueblo

Pinares de Soria.
En el año 1288 Fernando III el Santo concedió, a través de una carta puebla, a los vecinos de Duruelo de la Sierra (Soria) el derecho de los aprovechamientos forestales del termino a quienes fuesen a repoblar el lugar.
Privilegios que confirmaron los sucesivos reyes. Durante siglos la localidad ha conservado este derecho hasta la actualidad.
Así nació la conocida suerte de pinos que disfrutan no solo los vecinos de Duruelo, sino los de otros 15 municipios de la comarca de Pinares de Soria y 8 de la provincia de Burgos y también ha sido una práctica en la comarca de los Pinares Llanos de Almazán.
Como Duruelo, otras poblaciones sustentan este derecho en cartas pueblas del periodo medieval que se ha mantenido como costumbre y que fueron reguladas por vez primera en el año 1901, a través de dos Reales Órdenes, según explica en Regina María Pérez Marcos, en un estudio jurídico que realizó sobre la suerte de pinos, en las que ya se concedían a los pueblos una determinada cantidad de pinos o metros cúbicos de madera para los repartos comunales.
Sin embargo fue la Ley de Régimen Local de 23 de diciembre de 1948 la que autorizó a los ayuntamientos a elaborar ordenanzas especiales para tener un marco jurídico que marca las pautas del reparto en cada municipio.
Soria
La ‘Suerte de Pinos’, declarada Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial
Heraldo-Diario de Soria
La suerte de pinos sigue viva en el siglo XXI y no es otra cosa que el reparto equitativo de los beneficios obtenidos de la venta de madera de los montes municipales entre los vecinos.
La corta en los montes comunales forma parte de la decisión técnica de los ayuntamientos que también son los encargados de elaborar un padrón anual con los nombres y apellidos de los vecinos que percibirán el lote o cantidad del dinero que les corresponde por el aprovechamiento, de acuerdo a unos requisitos de arraigo, edad, estado civil y vecindad. En esta gestión participan los vecinos a través de asociaciones o comisiones gestoras.
Para elaborar ese padrón del año forestal, que comienza en octubre, cada pueblo cuenta con sus ordenanzas que rigen el reparto y distribución de estos aprovechamientos.
La mayoría son preconstitucionales. Covaleda tiene una de las más antiguas, data de 1949,d un año después de la ley estatal que autorizaba su creación.
Algunos pueblos han conseguido cambiarlas en el periodo democrático como Duruelo de la Sierra, que la modificó en 1983 y Cabrejas del Pinar en 2009.
El objetivo de estos cambios fue adecuar el sistema de reparto, que viene generando cierta controversia en los pueblos desde hace años, a la realidad social y a los cambios legislativos. Salduero lo intentó hace unos años pero se lo aprobaron y otros, como Navaleno, ha iniciado el trámite hace unos meses.
Casi todas las ordenanzas tienen la misma estructura, tras una exposición de motivos y la descripción de los montes que son objeto del reparto en el municipio se despliega un articulado, como mucho de una docena de puntos, en los que se recoge de manera explícita los requisitos para cobrar la suerte de pinos.
Estas condiciones se sustentan en el arraigo, vinculación y la vecindad y tienen en cuenta el estado civil de los beneficiarios para el reparto de los lotes.
En resumen, el derecho lo tienen los vecinos con ascendencia, que es de abuelos a nietos en la mayoría de los pueblos, que tengan cumplida una determinada edad, con variaciones de acuerdo al estado civil y con la exigencia de residencia en el pueblo.
Las ordenanzas evitan que las personas sin arraigo ni vecindad disfruten del aprovechamiento en perjuicio de quienes sí lo tienen, de esta manera, la suerte de pinos se ha convertido en el derecho de unos pocos en la provincia de Soria.
El mantenimiento de esta costumbre hecha ley ha conseguido en estos siglos dos aspectos: el primero un aprovechamiento sostenible del monte y un cuidado exquisito, muy importante para combatir los incendios forestales y la segunda, mantener la población en el mundo rural, por ello la suerte de pinos ha sido reconocida como Bien de Interés Cultural (BIC).
Aunque las ordenanzas son muy parecidas, no son iguales y cada una tiene sus singularidades.