Heraldo-Diario de Soria

CONSEJO DE GOBIERNO

La Junta regula las viviendas de uso turístico para evitar el intrusismo

Los propietarios dispondrán de 6 meses para inscribirlas en un registro / El decreto establece sanciones de 9.000 a 90.000€

Milagros Marcos, en su comparecencia al término del Consejo de Gobierno.-ICAL

Milagros Marcos, en su comparecencia al término del Consejo de Gobierno.-ICAL

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MARÍA R. MAYOR
Soria

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El Gobierno regional regulará mediante decreto las viviendas de uso turístico para evitar el intrusismo en este sector y promover una oferta «diversificada y de calidad».

El Consejo de Gobierno dio ayer luz verde a este decreto, que establece un plazo de seis meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, para que los propietarios de viviendas para uso turístico regularicen su situación y se adapten a la normativa regional. Fija también un régimen sancionador, que oscilará entre los 9.000 y los 90.000 euros, según explicó la consejera portavoz, Milagros Marcos, al término de la reunión del Ejecutivo autonómico.

Marcos explicó que el decreto responde a la necesidad de contar con una normativa específica que evite «prácticas de intrusismo» y la «competencia desleal», controlando la comercialización de las viviendas de uso turístico en internet.

El objetivo del decreto es el de ordenar este tipo de alojamientos para «dar respuesta a la demanda» de los turistas y a las necesidades de un sector empresarial «que dispone de viviendas para uso turístico».

La nueva normativa tiene en consideración la existencia de plataformas digitales y otras innovaciones tecnológicas «que han tenido un efecto dinamizador» en el sector y que son el principal canal de oferta de las viviendas con uso turístico. Dado que, a través de estos medios tecnológicos, el turista puede conocer las características del alojamiento, el decreto no establece categorías de referencia para conocer la calidad de los establecimientos.

El decreto se adapta a la regulación de la Unión Europea para simplificar el procedimiento, de modo que los propietarios solo deberán presentar en la Administración autonómica una declaración responsable, en la que indiquen que cumplen con la normativa, e inscribir la vivienda en el Registro de Turismo. El número de este registro deberá figurar en la publicidad sobre el alojamiento.

Para considerar que una vivienda ofrece alojamiento con fines turísticos debe ser ocupada por una misma persona un máximo de dos meses seguidos, ya que si sobrepasa este plazo se considerará un arrendamiento de temporada y, como tal, estará sometida a la ley de arrendamientos urbanos. De otro lado, se entiende que la vivienda está destinada de forma habitual al turismo cuando se facilite el alojamiento en una o más ocasiones, dentro del mismo año natural, por un tiempo que en su conjunto exceda de un mes.

Estas viviendas deberán contar, como mínimo, con dormitorio, salón-comedor, cocina y cuarto de baño a aseo. Las de tipo estudio dispondrán de dormitorio, salón-comedor y cocina en un mismo espacio común.

El decreto diferencia esta tipología con la del apartamento turístico, ya que en este último debe contar con al menos dos unidades de alojamiento. Según informó Marcos, en la actualidad existen 280 apartamentos incluidos en el Registro de Turismo de Castilla y León. Sus propietarios deberán formular en el plazo de seis meses la correspondiente declaración responsable para adaptarlos a la nueva regulación. Será entonces cuando pueda conocerse el número de viviendas de este tipo que existen en la Comunidad, según explicó Marcos.

La portavoz de la Junta informó de que en la elaboración del decreto se han tenido en cuenta «los intereses de los distintos sectores empresariales turísticos, los de los usuarios y los de los intermediarios», además de someter el borrador a distintos informes, entre ellos los del Consejo Económico y Social y del Consejo Consultivo.

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