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La Junta autoriza el uso de visores térmicos y nocturnos para la caza mayor

Los dispositivos solo se permiten para la caza de jabalí, ciervo, corzo, gamo y muflón en las modalidades de rececho y aguardo

Archivo - Visor y rifle decomisados.

Archivo - Visor y rifle decomisados.SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIOAMBIENTE DE SEGOVIA

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La Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental de la Junta ha autorizado el transporte, la tenencia y el empleo de dispositivos de visor que incluyan convertidores o amplificadores de imagen electrónicos para tiro nocturno, incluidos los visores térmicos, para la práctica de la caza sostenible de determinadas especies de caza mayor.

La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) busca "adaptar y flexibilizar" las condiciones de utilización de estos medios auxiliares para incrementar "la eficacia cinegética, responder al aumento de accidentes de circulación y mitigar los daños agrícolas y ganaderos causados por ungulados".

Asimismo, la normativa se enmarca en el contexto preventivo de 'Una Salud' (One Health) para "reducir los riesgos sanitarios derivados de la interacción entre ungulados, ganado y seres humanos", recoge Europa Press.

En concreto, la orden permite el transporte, tenencia y empleo de estos visores para la caza de jabalí, ciervo, corzo, gamo y muflón en las modalidades de rececho y aguardo o espera en el horario comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta, siempre que no estén acoplados o montados en el arma durante la acción de caza.

Por su parte, para la práctica del aguardo o espera de jabalí fuera de dicho horario, se ha autorizado su uso estén o no acoplados al arma.

Por el contrario, la Junta ha prohibido expresamente el empleo de estos dispositivos para la caza menor en cualquiera de sus especies o modalidades, para la caza de la cabra montés y el rebeco, así como para las modalidades de montería, gancho, al salto o en mano sobre cualquier especie.

Para poder utilizar estos medios auxiliares, el cazador deberá contar con una autorización nominativa emitida por el titular cinegético o su representante legal.

Además, la orden establece la prohibición de disparar basándose exclusivamente en la señal térmica o la imagen mostrada por el dispositivo, obligando a identificar previamente la especie, edad y sexo del animal para garantizar una caza selectiva.

Por último, el documento estipula que, fuera de los supuestos y horarios autorizados, los aparatos deberán permanecer apagados y transportarse dentro de sus fundas, fuera del alcance inmediato de los ocupantes cuando se desplacen en vehículos a motor.

La norma, que ha sido informada por la Comisión de Caza del Consejo Regional de Medio Ambiente, entrará en vigor mañana 30 de septiembre.

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