Heraldo-Diario de Soria

SOCIEDAD

La Iglesia declara nulos sólo siete matrimonios en casi tres lustros

El Tribunal Eclesiástico de Soria sentenció el pasado año dos demandas de nulidad que sólo serán firmes con dos sentencias conformes, en tribunales de mayor rango

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P.P.S. / SORIA
Soria

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Una carpeta amarilla de lomo grueso descansa en el despacho del vicario judicial de Soria, David Gonzalo, que pone su mano sobre el cartapacio al hablar de las causas sobre nulidades matrimoniales que tramita en estos momentos el Tribunal Eclesiástico de la diócesis de Osma Soria. «Hay varias en proceso, unas vienen de atrás y otras han sido iniciadas hace poco», afirma el sacerdote, sin cuantificar número ni desvelar, por supuesto, dato alguno en torno a estas demandas que tampoco se preguntan. 

Los expedientes de nulidad canónica corresponden a unas causas que se cuentan con los dedos de las manos y sobran. Apenas hay matrimonios que se declaren nulos, no tanto por la praxis de la Iglesia, con un Derecho propio a la hora de dictar sentencia, sino porque apenas hay solicitudes. Desde el año 2000, el número de nulidades sentenciadas en la provincia de Soria es de siete, cifra ínfima si tenemos en cuenta que los divorcios sumaron los 1.217 en estos casi tres lustros. Las cifras recogen los procesos hasta 2012, última cifra referenciada en el INE.

Durante el pasado año, el Tribunal Eclesiástico de Soria dictó sentencia de otras dos solicitudes de nulidad, según la memoria anual general dada a conocer con motivo de la apertura del Año Judicial Eclesiástico, que tuvo lugar hace unos días en Valencia. A diferencia de las siete causas anteriores, que figuran en la estadística del INE, donde la nulidad es ya un hecho, las dos sentencias del pasado año lo son en primera instancia. «Para que sean firmes tiene que haber dos sentencias conformes», razón por la cual el vicario prefiere no desvelar el sentido del pronunciamiento. Si fuera favorable, se apelaría automáticamente al Arzobispado de Burgos como tribunal de segunda instancia, donde acabaría el proceso si también declara nulo el matrimonio.

Si por el contrario la sentencia de Burgos es desfavorable, el proceso continuaría en el Tribunal de la Rota. Mientras, si la sentencia en primera instancia es desfavorable,  los otros dos tribunales tendrán que pronunciarse a favor de la nulidad para que el expediente de nulidad llegue a buen puerto.

Cualquiera de los cónyuges puede presentar la demanda de nulidad matrimonial eclesiástica, que tendrá que convalidar por lo civil una vez que se tramite el reconocimiento, explica David Gonzalo, en referencia a que hay que comunicarlo a la jurisdicción civil.

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