Heraldo-Diario de Soria

TRIBUNALES

Multa de 2.100 euros para los encargados de 2 empresas por el accidente de un operario

El Juzgado de lo Penal les inhabilita durante nueve meses para sus actividades laborales

Imagen de archivo de un juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal. /VALENTÍN GUISANDE-

Imagen de archivo de un juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal. /VALENTÍN GUISANDE-

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J. RAMÓN RODRÍGUEZ / Soria
Soria

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El Juzgado de lo Penal de Soria ha condenado a dos responsables de sendas empresas a multas que suman 2.190 euros como autores de delitos contra los derechos de los trabajadores y de lesiones imprudentes, por las lesiones que sufrió un operario que se encontraba en un andamio y que realizaba trabajos para  descolgar un mallazo de hierro que estaba colgado en el techo de un local.

La sentencia, tras el acuerdo alcanzado ayer entre las partes, también inhabilita a los dos condenados a ejercer sus actividades laborales durante un periodo de nueve meses.

Según las conclusiones preliminares del Ministerio Público, la empresa Explotaciones Comerciales Sorianas (Excoso) era la promotora y contratista principal de unos trabajos de acondicionamiento y reforma de un local en un centro comercial de Golmayo que a través de uno de los representantes, y también acusado F.L.M., alcanzó un acuerdo con otra empresa, Placore, para la realización de dichos trabajos, cuyo gerente también estaba acusado y ha sido condenado.

Sobre las 17.30 horas del 4 de julio de 2012, tres operarios de la empresa Placore realizaban dichos trabajos, entre ellos la retirada de unos mallazos de hierro que colgaban del techo del local para lo que se encontraban subidos en un andamio tubular de un cuerpo, cuando en un momento se cayó el mencionado mallazo al suelo, golpeando en su caída a uno de los trabajadores y provocando el desequilibrio de los otros dos trabajadores que se encontraban en el andamio que se cayeron hacia delante.

Como consecuencia del suceso, uno de los trabajadores sufrió lesiones, según indica la Fiscalía en las conclusiones preliminares en las que se indica que la causa directa del accidente fue que se siguió un método de trabajo «inadecuado» al no haberse diseñado con carácter previo un procedimiento seguro, no haberse evaluado los riesgos y determinado las medidas preventivas necesarias para eliminarlos o reducirlos, no existiendo persona alguna competente que guiara a los trabajadores durante la realización de la operación».

Ayer, previamente al juicio señalado, las partes del proceso alcanzaron un acuerdo y el Juzgado de lo Penal condenó a F.L.M., supervisor de obras de acondicionamiento y reformas de inmuebles y locales de la empresa Excoso, y a I.F.G. gerente y encargado en Placore, a sendas multas de 2.190 euros como autores de delitos contra los derechos de los trabajadores y de lesiones por imprudencia grave.

Asimismo, el mencionado órgano judicial condenó a ambos acusados a nueve meses de inhabilitación para el ejercicio de sus responsabilidades laborales. 

Además, el Ministerio Fiscal retiró los cargos sobre otros dos acusados, D.L.M., gerente y apoderado de Excoso, y sobre J.H.M., administrador de la mercantil Placore.

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