Heraldo-Diario de Soria

TRIBUNALES

Rebajan en 6 meses la pena de cárcel por el atropello mortal de un peatón

La Audiencia estima el recurso de apelación de la defensa y absuelve al conductor del delito contra la seguridad del tráfico
La condena se queda en 2 años de prisión

Paso de peatones ubicado en la avenida de Valladolid donde se produjo el atropello mortal. / ÁLVARO MARTÍNEZ-

Paso de peatones ubicado en la avenida de Valladolid donde se produjo el atropello mortal. / ÁLVARO MARTÍNEZ-

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Soria

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La Audiencia Provincial de Soria ha rebajado de dos años y seis meses a  dos años la pena de cárcel interpuesta a un vecino de la capital, que atropelló a un peatón en un paso de cebra –que después falleció– y dio positivo en la prueba de alcoholemia. 

La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación de Jesús Liso Aylagas contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria el 11 de junio de 2014.

Así, la Audiencia ha adoptado la decisión de absolver al recurrente del delito contra la seguridad del tráfico (art. 379.2 del Código Penal) del que venía siendo acusado –por eso se reduce la pena de cárcel en seis meses–, «sin perjuicio de ordenar la correspondiente deducción de testimonio por si procediera la sanción de los hechos en vía administrativa». 

La Sala también ha acordado fijar la pena correspondiente al delito de homicidio imprudente (art. 142.1 y 2 del C.P.) en dos años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de dos años.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Soria, contra la que no cabe recurso ordinario alguno, confirma «íntegramente los restantes pronunciamientos contenidos en la sentencia de instancia», por lo que Liso Aylagas deberá indemnizar conjunta y solidariamente con la compañía aseguradora del vehículo a la esposa del fallecido, en la cantidad de 57.345,56 euros más 5.260 euros en concepto de gastos, y a los dos hijos, en la suma a cada uno de ellos de 4.778,80 euros e intereses legales. 

Respecto a las costas, la Audiencia declara de oficio las dos terceras partes de las causadas en primera instancia, así como las causadas en esta segunda instancia. 

Los hechos recogidos en la resolución judicial se remontan al 4 de junio de 2013. Ese día, Liso Aylagas conducía un vehículo de su propiedad por la Avenida de Valladolid cuando sobre las 15.47 horas, a la altura del número 15,  atropelló a un peatón que cruzaba la calle por el paso de cebra, causándole la muerte.

Liso Aylagas, según la sentencia del Juzgado, atropelló al peatón con el capó delantero del vehículo, lo que provocó que se elevara del suelo. Posteriormente, pegó con la cabeza en el parabrisas delantero del vehículo y el peatón salió despedido diez metros del paso de cebra por el que cruzaba. Dos testigos manifestaron en el juicio que el conductor «no se acercó a atender al fallecido». Tras el suceso, se sometió a la prueba de alcoholemia y arrojó en el etilómetro evidencial un resultado de 0.40 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, que se rebajó primero hasta 0.35 miligramos y luego 0.32, tras dos pruebas posteriores practicadas con el etilómetro de precisión.

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