Heraldo-Diario de Soria

TRIBUNALES

Condenan al ex gerente de una funeraria a devolver 329.386 euros

El Juzgado considera probado que se apoderó de dicha cantidad entre los años 2009 y 2011

Publicado por
José Ramón Rodríguez
Soria

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Soria ha condenado al ex gerente de Funeraria San Saturio a pagar a esta empresa 329.386,65 euros, más los intereses legales, que le reclamaba  tras haberse apoderado de dicha cantidad entre los ejercicios 2009 y 2011, según la sentencia que se publicó ayer en Boletín Oficial de la Provincia de Soria.

Según se explica en la resolución judicial, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Soria, la sociedad Funeraria San Saturio demandó, por vía civil, al ex gerente, Estanislao Casado Gil, por haber detraído entre 2009 y 2011 la cantidad de 329.386,65 euros.

La demanda contra el administrador único de la mercantil, participada por Servicios Funerarios y Tanatorios de Soria, fue interpuesto el 20 de octubre de 2014 y fue admitida a trámite dos días después. Mediante diligencia de ordenación de fecha de 24 de febrero de 2015 se declaró la rebeldía procesal del demandado ya que se encuentra en paradero desconocido.

Según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Soria, en el Registro Mercantil no figura el depósito de las cuentas anuales de la sociedad durante los ejercicios de 2009 a 2013, periodo en el que Casado Gil era administrador único de la mercantil.

Esta circunstancia fue aportada por la empresa Funeraria San Saturio como prueba a los autos, entre cuyos documentos también se incorporó un informe pericial en el que se detalla el «irregular proceder» del ex gerente y administrador único entre los ejercicios 2009 y 2011, cifrando el importe detraído durante su gestión «y el consiguiente daño al patrimonio social en 329.386,65 euros, conforme al criterio contable empleado en su estudio».

Una vez valoradas las pruebas documentales presentadas por la empresa demandante, la juez consideró que la demanda interpuesta por la representación procesal de la empresa Funeraria San Saturio «debe ser íntegramente estimada al amparo de la acción incardinada en el artículo 238 de la Ley de Sociedades de Capital, que establece la responsabilidad de los administradores cuando concurran los presupuestos del artículo 236, esto es, por el daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo, deberes estipulados en el artículos 225 a 232 de la misma ley».

Ahora, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Soria, además de estimar la demanda interpuesta por Funeraria San Saturio contra el ex gerente, ha resuelto condenar a éste a abonar a la empresa la cantidad de 329.386,65 euros, más los intereses legales, si bien contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Soria.

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