Heraldo-Diario de Soria

JUDICIAL

Pionera sentencia de la Audiencia que anula una hipoteca multidivisa

Los firmantes debían tras ocho años de pagos mensuales una cantidad superior a la que solicitaron inicialmentedebido a la revalorización del franco suizo, moneda en la que abonaban las cuotas

Publicado por
J. RAMÓN RODRÍGUEZ
Soria

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La Audiencia Provincial de Soria ha dictado una pionera sentencia en la provincia en la que declara la nulidad parcial de un préstamo en divisas, con garantía hipotecaria en lo relativo a la opción multidivisas, que había supuesto que los peticionarios de la hipoteca debieran después de ocho años de pagos mensuales 17.000 euros más del dinero solicitado y que se elevaba a 210.000 euros.

La resolución judicial de la Audiencia, contra la que no cabe recurso alguno, ordena que las amortizaciones mensuales deben realizarse en euros, y no en francos suizos como habían estado haciendo desde la firma del préstamo, y estima que la cantidad que adeudan es la resultante de restar al importe solicitado, 210.000 euros, los pagos realizados tomando como referencia el índice euribor más 0,18 y el dinero pagado en exceso y sus intereses como consecuencia de las cláusulas multidivisas.

Asimismo, el fallo también condena a la entidad Bankinter, que realizó el préstamo con garantía hipotecaria multidivisa, al pago de los gastos financieros como consecuencia de la existencia de disposiciones referidas a la opción multidivisa, en especial a las referidas a la compra de francos suizos en cada periodo de amortización, cantidad que será determinada en ejecución de sentencia. La sala también impone a la entidad Bankinter las costas originadas en primera instancia, a cuya resolución se presentó recurso de alzada por parte de los solicitantes del préstamo, que están representados por el abogado Alfredo García Tejero.

La Audiencia Provincial de Soria dictó sentencia sobre el recurso presentado por un matrimonio soriano contra una sentencia de primera instancia que desestimó la demanda para que se declarase nulo el crédito ya que después de ocho años pagando una hipoteca debían una cantidad superior a la del préstamo hipotecario. En el mes de julio de 2007 un matrimonio soriano firmó con la entidad Bankinter un préstamo con garantía hipotecaria multidivisa a interés variable por la cantidad de 210.000 euros.

La moneda en la que los prestatarios pagaban las cuotas periódicas de amortización era el franco suizo. El riesgo de este instrumento financiero, conocido popularmente como hipoteca multidivisa, era que, además, del interés variable se unía el de la fluctuación de la moneda ya que como ocurrió en este caso al apreciarse el franco suizo frente al euro los firmantes del préstamo pagaron cuotas de mayor importe en euros, de manera que tras abonar cuotas durante ocho años, adeudaban un capital mayor que el que fue entregado al concertar el préstamo.

Así en octubre de 2015, pese a que habían satisfecho 134.636 francos suizos, equivalentes a 103.274 euros, los firmantes del crédito tenían que abonar la cantidad de 245.375 francos suizos, que al cambio en euros suponía sorprendentemente 227.036 euros.

Esta cuantía suponía 17.000 euros más que la que firmaron el 13 de julio de 2007 al contratar el préstamo hipotecario para la compra de una vivienda y una plaza de garaje en Ayamonte, que se elevó a 210.000 euros. El préstamo se concertó en divisas con garantía hipotecaria de 210.000 euros por su contravalor en francos suizos (351.792 francos suizos). Se fijó como amortización 25 años contados a partir de la fecha de la escritura para el reeembolso total de su importe, es decir el 13 de julio de 2032, siendo la fecha del primer pago el 13 de agosto de 2007. Se acordó que el pago se realizase a través de 300 cuotas mensuales de 1.713,88 francos suizos y si se modificaba el interés o la divisa se ajustarían las cuotas mensuales a las que resultasen de la variación.

El tipo de interés inicial de este préstamo en francos suizos era el resultado en el día de la entrega, de la suma de tipo de referencia de dicha divisa al plazo mensual, más el diferencial pactado, por tanto el tipo nominal inicial era de 3,2475%. También se pactó que al vencimiento de cada uno de los periodos de amortización, mensualmente, se pudiera sustituir la divisa por otra.

En el caso de este préstamo las cuotas podían ser pagadas al banco, bien mediante el pago en la correspondiente divisa, bien facilitando al banco la cantidad correspondiente de euros necesarios para que la entidad compre las divisas correspondientes para el pago de la cuota.

Los pagos efectuados por los prestatarios oscilaron en torno a 1.050 euros, bajó durante los años 2008 y 2009 en torno a 800 euros y a partir de 2015, como consecuencia de la revalorización del franco suizo frente al euro, pagaban sobre 1.115 euros mensuales. En octubre de 2015, las cantidades satisfechas por los prestatarios fueron 134.636 francos suizos, equivalentes a 103.274 euros, sin embargo curiosamente a fecha de 13 de octubre de 2015 aún adeudaban la cantidad de 245.375 francos suizos, que en euros suponía 227.036 euros.

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