Heraldo-Diario de Soria

SOCIEDAD

El 40% de los clientes cumple los límites de la renta para renovar el bono social de electricidad

Finalizada la prórroga para solicitar el bono social, se han registrado más de 3.000 beneficiarios; antes eran 8.200

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IRENE LLORENTE YOLDI
Soria

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El pasado 31 de diciembre concluía el plazo oficial que el Gobierno central había concedido para solicitar el bono social de electricidad, un descuento en las facturas de la luz que desde el Real Decreto de octubre de 2017 quedaba por primera vez condicionado a los ingresos. Un año y tres meses después de campañas informativas de la Secretaría de Estado de Energía pero también de las compañías, finalmente han sido más de 3.000 los clientes que han requerido acogerse al contrato social y que cumplían con los límites en las rentas, frente a los 8.200 beneficiarios que había hasta la publicación de la nueva orden, lo que supone casi un 40% de los que venían disfrutando de estos descuentos en la luz. No obstante, cabe destacar que buena parte de los clientes del bono social hasta octubre de 2017 lo eran porque pagaban por la mínima potencia instalada de 3kW, independientemente de sus niveles de renta, de modo que ahora se han quedado fuera por sus ingresos. No obstante, a partir de hoy los consumidores pueden seguir solicitándolo, pero aquellos que eran beneficiarios del antiguo y no lo han renovado se quedarán sin percibir las bonificaciones con carácter retroactivo desde el 8 de octubre. Y es que la prórroga solo afectaba a los clientes del antiguo bono para que activasen el nuevo y su comercializadora les devolviese el dinero de los últimos tres meses.

Lo cierto es que en los tres últimos meses se han multiplicado las concesiones, ya que en octubre apenas se habían registrado 1.700 solicitudes completas. Y es que hasta el Real Decreto de 2018 las propias compañías tramitaban el bono social, pero desde entonces es el propio cliente el que debía realizar la petición, a través de las eléctricas, pero presentando la documentación pertinente de rentas o de las situaciones familiares que le iban a convertir en beneficiario del descuento. Fundamentalmente pensionistas, que además coincide con que viven en el medio rural, no habían cursado todavía las solicitudes por falta de información. Fue entonces cuando el Gobierno reactivó su campaña para recordar a los clientes de las eléctricas que con el nuevo bono social están obligados a tramitar la petición para que se actualice su contrato, con descuentos de hasta el 40%.

Hasta el 8 de octubre, y después de dos prórrogas por parte de la Secretaría de Estado de Energía para los antiguos beneficiarios de recibir con retroactividad el descuento, convivían en la tarifa social los usuarios del anterior bono con los del nuevo, condicionado por primera vez a los ingresos, una práctica común en otros países de la Unión Europea pero hasta ahora no contemplada en España. A falta de que las compañías eléctricas cierren los datos a 31 de diciembre, son más de 3.000 los beneficiarios que se han podido acoger, de lo que se deduce que gran parte de los que se han quedado fuera ha sido porque pagaban el bono social por la mínima potencia instalada, independientemente de su nivel de renta, con el nuevo bono requisito imprescindible. No obstante, desde hoy se puede seguir solicitando, pero no ocurrirá lo mismo con el térmico, un talón de descuento para ayudar a pagar los gastos de calefacción y agua caliente en la época invernal, que quienes no lo hayan solicitado ya deberán esperar a la publicación de la futura Estrategia Nacional de Pobreza Energética.

Los solicitantes del bono social, siempre y cuando estén acogidos al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), tienen que presentar su declaración del IRPF para que se les aplique un descuento del 25% si está considerado como vulnerable, o del 40% para un vulnerable severo que podrá llegar al 50% si está siendo atendido por los servicios sociales y en riesgo de exclusión. Las familias numerosas también pueden solicitar el bono, sin tener la obligación de presentar la renta, y los pensionistas con la retribución mínima.

La anterior Ley de 2013 estipulaba unos requisitos relativamente sencillos para poder acceder al bono social, entre los que se incluían tener 60 años o más y ser pensionista por jubilación o viudedad. Así, podían solicitar este descuento los usuarios con una potencia eléctrica contratada en su vivienda habitual inferior a tres kilowatios, y la compañía eléctrica aplicaba la rebaja automáticamente, no hacía falta solicitarlo como con la nueva legislación. También podían tramitarlo los usuarios con una potencia contratada superior a los 3 kW e inferior a los 10 kW, siempre que fueran pensionistas de más de 60 años con prestación mínima de jubilación, incapacidad permanente o viudedad; familias numerosas y aquellas en las que todos sus miembros estuvieran en paro. En todos los casos se les aplicaba un descuento del 25% sobre la antigua tarifa regulada, denominada PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor).

El ‘pero’ surgió precisamente cuando se reconoció el derecho a esta tarifa en el caso de que la potencia contratada en su vivienda habitual fuese inferior a 3kW pero sin atender a ningún criterio económico ni de situación de vulnerabilidad, ya que «motivó que el 72% de los beneficiarios del bono social lo fueran por esta causa», indican desde las eléctricas, ya que justifican que «aunque tener contratada una potencia reducida puede ser, en ciertos casos, un indicador de bajo nivel de renta, pero la realidad es que en la parte de los casos se trata de consumidores cuyo nivel de renta no justificaría la aplicación de una medida asistencial como es el bono social».

Por ello, el nuevo Real Decreto de octubre de 2017 reformuló los condicionantes y los hizo más estrictos. Según recoge la nueva norma, ahora tienen derecho al bono social los suministros que, siendo personas físicas en su vivienda habitual acogidos al PVPC, sean familias numerosas, sin importar los ingresos, o pensionistas con la retribución mínima. El resto, si la renta conjunta anual de la unidad familiar es inferior entre 1,5 y 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas en función de los menores que haya (ninguno, uno o dos). Y en cuanto a los límites máximos de consumo, se sitúan entre los 1.200 kWh a los 2.040, también en función de los menores. Para las familias numerosas, 3.600 kWh, y 1.680, para los pensionistas.

Además, las compañías comercializadoras no van a poder cortar el suministro a las personas que se encuentren en riesgo de exclusión social. Para el resto de consumidores vulnerables, el plazo para cortar la luz es de dos a cuatro meses. Salvo en el caso de las familias numerosas, los consumidores con bono social deberán renovarlo cada dos años.

historia con polémica

El bono social arrancó en 2009, con el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que ideó una tarifa bonificada para proteger a los consumidores de electricidad más vulnerables. La financiación se cargó sobre las cinco grandes distribuidoras eléctricas. En el año 2012 una sentencia del Tribunal Supremo anuló el marco legal que regula el sistema de financiación. Al año siguiente su coste pasó a ser pagado por todos los consumidores: el Gobierno cargó de forma provisional el coste del bono social a los usuarios del sistema eléctrico (vía peaje eléctrico), provocando un incremento de las tarifas. En 2014 el Gobierno de Mariano Rajoy trasladó el coste a todas las compañías. En un intento de adaptar el sistema, el ministro de Industria, José Manuel Soria, incluyó no solo a las grandes distribuidoras, Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, EDP y EON, sino al resto, y articuló un marco regulatorio casi idéntico al que fue anulado en 2012 por el Tribunal Supremo. El coste se prorratea en función del número de clientes de cada compañía, sin discriminar sus consumos ni tener en cuenta el volumen de negocio, lo que resulta más gravoso para las cuentas de las compañías de pequeño tamaño, más centradas en el consumidor doméstico que en el industrial.

El nuevo bono social, aprobado por Real Decreto en octubre de 2017, estableció una nueva definición del concepto de consumidor vulnerable, tratando de poner fin a la situación anterior y dando cobertura a los consumidores que estén realmente en una situación de necesidad, y no llegar a todos los consumidores con independencia de su posición económica. Así, se definió como consumidor vulnerable a aquel consumidor persona física que, teniendo en su vivienda habitual una potencia contratada igual o inferior a 10 kW, esté acogido al PVPC no supere un determinado umbral de renta, sea familia numerosa o pensionista. El periodo transitorio de casi quince meses concluyó el 31 de diciembre. Inicialmente el periodo transitorio finalizaba el 10 de abril de 2018 y fue ampliado hasta el 8 de octubre, para conceder una nueva prórroga hasta el pasado lunes. Durante ese tiempo, y mientras acreditaban la condición de consumidor vulnerable, los actuales beneficiarios del bono social han podido seguir disfrutando de él. Y si solicitó el nuevo bono social y no tenía derecho al mismo, no perdió su condición de beneficiario hasta que finalizó el periodo transitorio.

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