Heraldo-Diario de Soria

Registro Civil

Diez personas cambian de sexo en Soria con la nueva Ley Trans

Las solicitudes se reparten por igual entre hombres que se registran como mujeres y viceversa. Sólo cuatro quieren modificar su nombre

Las solicitudes se formalizan en el Registro Civil.

Las solicitudes se formalizan en el Registro Civil.HDS

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Soria

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Desde que el 28 de febrero de este año entró en vigor la conocida como Ley Trans –Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI– ya son diez las solicitudes de cambio de sexo que se han tramitado en el Registro Civil de Soria, aunque no todas realizadas por vecinos de la provincia, como aclaran en el organismo dependiente del Ministerio de Justicia.

En concreto, la balanza entre sexos se mantiene equilibrada por que de esas diez personas, cinco son hombres que quieren convertirse en mujeres y otras cinco son féminas que desean que en su documentación conste el género masculino.

De estas ellas, tres ya son firmes porque están resueltas y las otras siete activas lo estarán previsiblemente en septiembre, cuando se produzca la segunda comparecencia.

La ley contempla que la tramitación comience con la solicitud en el Registro Civil, y una vez recibida se citará a la persona para que comparezca, asistida por sus representantes legales en los supuestos de menores de 16 años. En dicha comparecencia, el encargado del Registro Civil recogerá su manifestación de disconformidad con el sexo mencionado en su inscripción de nacimiento y su solicitud de que, en consecuencia, se proceda a la correspondiente rectificación.

A partir de ahí, en el plazo máximo de tres meses desde la comparecencia inicial, el Registro Civil fija otra cita de nuevo para ratificar su solicitud, «aseverando la persistencia de su decisión».

De la decena de peticiones, sólo cuatro optaron por las dos opciones posibles, cambiar la mención de sexo y también el nombre propio, y en las otras seis únicamente han querido modificar el género y mantener su apelativo. Algunos porque ya habían realizado ese trámite con anterioridad en virtud de una normativa previa. En 2018 se publicó una Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre cambio de nombre en el Registro Civil de personas transexuales.

Desde el Registro Civil de Soria indican que la mayoría de las peticiones llegaron tras la entrada en vigor de la Ley Trans y después el goteo ha sido menor, apenas una solicitud en verano. La mayoría se han formalizado por parte de vecinos de Soria, y el resto de Zaragoza y Burgos, puesto que para la tramitación no se exige el empadronamiento «al objeto de dar facilidades».

La Ley recoge que puede solicitar la rectificación de la mención registral relativa al sexo toda persona de nacionalidad española mayor de 16 años. Las menores de esta edad y mayores de 14 pueden hacerlo asistidas en el procedimiento por sus representantes legales. Y si ambos no están de acuerdo, se procederá al nombramiento de un defensor judicial. En cuanto a los menores de 14 y mayores de 12, la solicitud debe ir acompañada de «medios documentales o testificales acreditativos de que la persona que insta el expediente ha mantenido de forma estable la disconformidad a la que se refiere el apartado anterior».

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