Heraldo-Diario de Soria

Tribunales

La condena de 6 meses de cárcel a Cobo no incluye suspensión de cargo público que pedía Fiscalía

La sentencia por falsificación de documentos privados sostiene que el ex alcalde de El Burgo no pidió permiso a su compañero Cuesta "porque era consciente de su negativa a la firma" del pacto de gobernabilidad con el PSOE

El ex alcalde de El Burgo en el juicio por falsificación de documentos en el Juzgado de lo Penal.MARIO TEJEDOR

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La condena de 6 meses de cárcel para el ex alcalde de El Burgo de Osma, Miguel Cobo, por falsificación de documento privado no incluye la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de dos años, tal y como pedía la Fiscalía, que extendía la pena de prisión a 12 meses. La acusación particular, representada en el que fuera su compañero en el PP, Luis Cuesta, ampliaba la petición a año y medio de cárcel y a una indemnización de 6.000 euros. La jueza de lo Penal ha impuesto la cifra de 1.000 euros para que el acusado indemnice a Cuesta.

La jueza considera probado que el día 30 de septiembre de 2019, Cobo, quién era alcalde de Burgo de Osma por el Partido Popular, se reunió, con Martín Navas, concejal de Partido Socialista Obrero Español en aquel momento, y elaboraron un documento en el que se reflejaba un pacto de gobernabilidad consistente en el reparto de la alcaldía entre ambos partidos, debiendo ceder la alcaldía a mitad de legislatura, al Partido Socialista. Cobo, a sabiendas de que su compañero de partido, Luis Cuesta, no estaba de acuerdo con el mismo, ni se encontraba presente en la reunión, simuló su firma y puso su número de DNI, sin que éste tuviera conocimiento de ello, ni le hubiera prestado su consentimiento ni su autorización para hacerlo, creando la apariencia de que Cuesta participó en su elaboración y, asimismo, daba su consentimiento al pacto alcanzado, según señala el fallo judicial.

Aunque Cobo negó en el juicio, celebrado el 12 de febrero, el conocimiento del documento y por lo tanto que lo firmara, la jueza considera acreditados los hechos a tenor de los testimonios coincidentes de los testigos, principalmente Navas, que fue quien estuvo reunido con Cobo y relató ante la jueza lo ocurrido. "Este testigo vio cómo el acusado firmaba imitando la firma de Cuesta", recalca. Y aunque sostiene el fallo, ante el que cabe recurso en la Audiencia Provincial, que las pruebas caligráficas "no son concluyentes" pues se basan sobre un documento escaneado, "del resultado de la abundante prueba testifical, directa e indirecta, resulta acreditado que el acusado firmó en nombre de Cuesta, sin su conocimiento, ni su consentimiento e imitando su firma, obtenida de fotocopia de su DNI que obraba en el Ayuntamiento".

En ese mismo sentido, el fallo sostiene que Cobo podría haber recabado la autorización de su compañero para la firma del documento de gobernabilidad, como hizo Navas con los suyos con una llamada de teléfono. "No lo hizo porque era consciente de su negativa a la firma de dicho pacto; voluntad negativa que se hizo patente en fecha 25 de noviembre, cuando se confeccionó un nuevo documento y Luis Cuesta se negó a firmarlo. Es más, el propio acusado, con su actuación, reconoce, implícitamente, que era consciente de la negativa de Cuesta al pacto de alternancia, ya que, de otra forma, no se entiende que confeccionara un nuevo documento similar y se le propusiera su firma a Cuesta el día 25 de noviembre de 2019. Si Cuesta estaba conforme con el pacto, ninguna necesidad hubiera habido de confeccionar un nuevo documento el día 25 de noviembre. Ello evidencia que el acusado intentaba torcer la voluntad de Cuesta, siendo consciente de que el día 30 de septiembre había confeccionado un documento falso, cuya convalidación intentaba con el nuevo documento de fecha 25 de noviembre". Cuesta se negó a firmar este último texto porque "no estaba de acuerdo con su contenido", como también queda constancia en la sentencia.

Respecto a la suspensión de empleo o cargo público que pedía la Fiscalía, la sentencia rechaza este extremo por entender que "de los hechos no se derivó ningún detrimento para la causa pública. Los hechos no se cometieron con abuso de cargo público o sirviéndose del mismo. El pacto que se firmó no tenía viabilidad, ya que no existía medio legal para obligar a su cumplimiento, por lo que ningún detrimento se derivó para la actividad pública de los hechos enjuiciados".

Hay que recordar que los hechos por los que se condena a Cobo sucedieron en el año 2019, cuando él como alcalde del PP y Martín Navas, del PSOE, quisieron plasmar en papel su compromiso de la alternancia en el sillón de Alcaldía por periodo de dos años cada uno. No obstante, la denuncia, paradójicamente por el propio Cobo y también por Luis Cuesta, no se produjo hasta dos años después, en 2021, cuando en una rueda de prensa, el secretario provincial del PSOE, Luis Rey, quien también declaró como testigo en el juicio, mostró el documento. Éste había llegado a sus manos gracias a una concejala de El Burgo que lo recibió de Navas momentos después de la firma ese 30 de septiembre de 2019 y lo conservó en el teléfono móvil.

Actualmente Cobo se encuentra alejado de la política activa.

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