El PACMA recurre ante el Supremo la anulación de la sentencia que considera ilegal el Toro Jubilo de Medinaceli
El partido animalista considera la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León "un peligroso precedente jurídico" al permitir que algunos actos administrativos "eludan el control jurisdiccional"

Imagen del festejo del Toro Jubilo.
El partido animalista PACMA presentó ante el Tribunal Supremo un recurso de casación frente a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que estimó el recurso del Ayuntamiento soriano de Medinaceli contra la sentencia que anulaba la celebración del Toro Jubilo en noviembre de 2024, por motivos de forma y no de fondo.
Soria
El TSJ ve "inadmisible" el recurso de Pacma contra el acuerdo Medinaceli que permitía el Toro Jubilo
Heraldo-Diario de Soria
Según informa en un comunicado recogido por Ical, PACMA considera que el fallo del TSJCyL, que declara que no es recurrible el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Medinaceli por tratarse de un "acto de trámite", es contrario a derecho y vulnera el principio constitucional a la tutela judicial efectiva.
En su recurso, PACMA argumenta que el acto municipal "cumple todos los requisitos exigidos por la legislación estatal para ser impugnado", y denuncia que “la interpretación del tribunal podría suponer un peligroso precedente jurídico, al permitir que algunos actos administrativos eludan el control jurisdiccional”.
El partido animalista, según recuerda el comunicado, logró una sentencia favorable en primera instancia, que declaraba ilegal la ordenanza municipal que regula el Toro Jubilo y anulaba el acuerdo del Ayuntamiento para celebrar el mismo en 2024, lo que luego sirvió a la formación para conseguir paralizar cautelarmente la celebración en 2024. Sin embargo, el TSJ revocó posteriormente dicha sentencia “sin entrar a valorar el fondo del asunto, limitándose a declarar que el citado acuerdo del Ayuntamiento no es recurrible en vía judicial”.
PACMA confía en que el Tribunal Supremo atienda su recurso “de manera que la legalidad de los acuerdos municipales que aprueben la celebración de festejos crueles con los animales no quede sin control jurisdiccional”.