El requisito que puede decidir cuándo abren las piscinas de los pueblos de Soria este verano
La normativa no deja margen: antes de levantar la persiana, las instalaciones deben cumplir una condición clave que muchos bañistas desconocen

Primeros bañistas en la piscina del San Andrés este viernes.
Cuando llega el verano, las piscinas municipales se convierten en uno de los servicios más esperados por todos los sorianos. El verano multiplica la vida en la calle y las piscinas se convierten en un lugar donde refrescarse, en un punto de encuentro y el lugar donde disfrutar de unas temperaturas un poco más bajas. Sin embargo, hay un requisito que condiciona su apertura y que puede pasar desapercibido: la presencia de socorristas titulados.
En la comunidad de Castilla y León, las piscinas públicas están sometidas a una normativa higiénico-sanitaria específica. Estas instalaciones tienen que cumplir obligaciones sobre la calidad del agua, el mantenimiento, el control sanitario y el personal.
El papel clave del socorrista
El Decreto 177/1992, que regula las piscinas de uso público en Castilla y León, establece que toda piscina de uso público debe contar, como mínimo, con la presencia de un socorrista. El número puede variar en función de la superficie total de lámina de agua de los vasos, sin contar los de chapoteo. Para piscinas con menos de 1.500 metros cuadrados se exige al menos uno; si se supera esa superficie, el mínimo lo fija el servicio territorial correspondiente.
La norma también es específica en cuanto a los socorristas: estos deben ser expertos en técnicas de salvamento, reanimación y primeros auxilios. Además, tienen que permanecer en la instalación durante todo el tiempo que la piscina está abierta. No es suficiente con tener personal contratado de forma genérica y la capacitación del socorrista debe estar acreditada a través de un certificado o documento expedido por la autoridad competente.
Esto explica por qué muchos ayuntamientos empiezan a preparar la temporada con semanas de antelación. En Soria hay ejemplos recientes. Covaleda abrió en abril de 2026 el proceso para contratar a dos socorristas destinados a sus piscinas municipales durante la campaña de verano. La convocatoria fijaba un contrato temporal de 90 días, desde el 24 de junio hasta el 22 de septiembre, con jornada completa.
Entre las funciones previstas figuraban la vigilancia continua, la prevención de accidentes, la prestación de primeros auxilios y el apoyo en el mantenimiento de la calidad del agua y del entorno de los vasos. Para poder optar al puesto, los aspirantes debían tener el título de socorrista acuático expedido por la Federación Española de Salvamento y Socorrismo, Cruz Roja Española u otro ente público homologado.
La apertura empieza antes del verano
El detalle importante es que una piscina no empieza a funcionar el día que llegan los bañistas. La normativa también prevé trámites previos para la reapertura de instalaciones que han permanecido cerradas más de seis meses. En esos casos, el titular debe solicitar la reapertura al ayuntamiento con antelación y, como mínimo, un mes antes de la fecha prevista.
Por eso, detrás de una piscina abierta en verano hay mucho más que limpieza, cloro y venta de abonos. Hay documentación, control sanitario, personal cualificado y una responsabilidad directa del titular de la instalación. Para el bañista, todo eso suele quedar en segundo plano. Para un ayuntamiento pequeño, en cambio, puede marcar la diferencia entre abrir a tiempo o retrasar la temporada.
La lectura real es sencilla: las piscinas de los pueblos de Soria no dependen solo del calendario ni del calor. Dependen de que cada instalación llegue al verano con los deberes hechos. Y entre todos esos requisitos, el socorrista titulado es uno de los más importantes.