Heraldo-Diario de Soria

El TSJ confirma 7 años de prisión para uno de los autores de las puñaladas en el kebab de la calle Mesta de Soria

La Audiencia Provincial le condenó por un delito de intento de homicidio y otro de lesiones a dos jóvenes. La pena impuesta a un segundo acusado fue de un año de cárcel

Establecimiento donde se produjeron los hechos en la capital soriana.

Establecimiento donde se produjeron los hechos en la capital soriana.Mario Tejedor Hernández

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma la pena de cárcel de siete años para el condenado por el apuñalamiento de dos jóvenes en un establecimiento hostelero de la calle Mesta de la capital soriana, en un suceso ocurrido en las fiestas de San Juan de 2024. El TSJ rechaza así el recurso presentado por el acusado y ratifica la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Soria de cinco años por un delito de tentativa de homicidio y dos años por otro delito de lesiones.

Había otros dos acusados en la causa, uno fue condenado por lesiones a un año de cárcel, teniendo en cuenta atenuantes y la reparación económica de las víctimas, y un tercero al que no se consideró autor de los apuñalamientos y resultó absuelto.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 29 de junio de 2024. La sentencia que ahora ratifica el TSJ consideró probado que los tres acusados se encontraron con tres chavales, dos de ellos menores de edad, y se produjo una reyerta en un local de ocio de la Zona. En la reyerta, dos de los acusados fueron heridos con arma blanca, un machete en concreto, según se puso de manifiesto en el Juzgado de Menores, que por su parte decidió el internamiento en un centro durante tres años para dos de ellos, uno que se escabulló y no sufrió las puñaladas en Mesta y otro que sí resultó herido en el establecimiento junto con otro tercer joven que ya había cumplido la mayoría de edad.

Tras la reyerta, los chavales huyeron y se escondieron en el local de Mesta donde tuvieron lugar los hechos, y los acusados fueron detrás de ellos. Uno de los chavales recibió 14 puñaladas. El otro fue apuñalado en diversas partes del cuerpo, «sin excluir que pudieran causarle la muerte», y el acusado cuya condena ratifica ahora el TSJ le dio además una patada en la cabeza. Los procesados huyeron y dejaron a los dos chavales desangrándose.

La defensa del condenado recurrió el fallo de la Audiencia Provincial de Soria reclamando el dictado de una sentencia absolutoria y, subsidiariamente, la recalificación de los hechos como constitutivos de un delito de lesiones con instrumento peligroso.

El TSJ rechaza todos los aspectos del recurso, basado, en primer lugar, en cuestiones relativas a la suficiencia de la prueba de cargo y a su valoración por entender que no solamente se basa en el testimonio de las víctimas. En segundo término, la impugnación referida a la inexistencia del ánimo de matar, que el Tribunal rechaza «por la utilización de un arma blanca apta para causar la muerte, la reiteración de los ataques, la localización de una de las puñaladas en una zona vital como el tórax y la extrema gravedad de las lesiones efectivamente ocasionadas». Finalmente, la alegada vulneración del principio in dubio pro reo es igualmente rechazada pues «la sentencia contiene una exposición detallada de los elementos probatorios valorados y de las razones por las que alcanza una convicción incriminatoria respecto del acusado, sin que quepa apreciar en la resolución duda alguna acerca de los extremos determinantes de la condena».

La sentencia del TSJ, que no es firme, se puede recurrir al Tribunal Supremo, confirma también las indemnizaciones de 30.768 euros a una de las víctimas y 7.782 euros a la Junta por las lesiones de la otra, más los intereses legales. Además de que los dos acusados deben indemnizar solidariamente a la Junta por la asistencia sanitaria de una de las víctimas en 1.361 euros, más los intereses legales, y al propietario del local en 1.435 euros más los intereses legales por los daños causados.

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