Heraldo-Diario de Soria

Centenera de Andaluz: historia de un crimen entre pastoras hace un siglo

Basilia García Valdenebro, alias ‘la Capadora’, fue autora del homicidio

Casco urbano de Centenera de Andaluz desde la iglesia.

Casco urbano de Centenera de Andaluz desde la iglesia.HDS

Publicado por
José V. de Frías Balsa
Soria

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El día 1º de abril de 1915, Jueves Santo, por la tarde, extrañó a los padres de Leonarda Bravo Hidalgo, de 19 años de edad, que guardaba ovejas en el monte, la tardanza de ésta en regresar con el ganado, dada la festividad del día. Para averiguar lo que sucediera, salieron a buscarla y, a las seis de la tarde, la hallaron en El Morrón sus convecinos Nemesio y Miguel Bravo y Salustiano de Gracia, en lastimosísimo estado, casi exánime y bañada en sangre. La desgraciada moza tenía la cara acribillada a puñaladas así como el cuerpo. Trasladada al pueblo, con gran dificultad, pero con plena lucidez, declaró que la había herido Basilia García Valdenebro, alias la Capadora, también pastora, de 23 años. En el interrogatorio a que ésta fue sometida acabó por confesarse autora de las heridas.

Pero ¿cuál fue el discurrir de los hechos? El citado día, sobre la cuatro de la tarde, Basilisa dejó el ganado que cuidaba en Cabeza de la encina, término de Fuentepinilla, a cargo de su prima Teodora García, pretextando ir a buscar unas tijeras, marchando, en realidad, en busca de Leonarda, “con la que estaba resentida por si un hermano de ésta, después de diez años de relaciones, la había dejado”. Ya ocho días antes había surgido entre ambas una cuestión, sin llegar a las manos, hallándose ambas guardando sus respectivos ganados.

Cuando la encontró preguntó a Leonarda si había visto dos ovejas que le faltaban, contestando negativamente. Entonces le pidió explicaciones de lo que había dicho de las relaciones que había tenido con su hermano, diciéndola “ya estaría contenta con lo que había hecho su hermano con ella, que después de haberla engañado la había abandonado”, contestando Leonarda “que si su hermano la había engañado sería porque se había dejado, y sin más se abalanzó sobre Leonarda derribándola al suelo después de corta lucha, y teniéndola debajo la infirió, con una navaja que llevaba de 6 centímetros y medio de larga por 2 de ancha, 19 heridas en la cabeza, cara y cuello que le causaron la muerte a las cinco horas de recibidas, las diez de la noche de aquel día. 

Al ver que no se movía, suponiéndola muerte, la dejó, regresando al punto de partida a encerrar su ganado. Luego marchó a su casa, donde se mudó de ropa, y después a la iglesia al oficio de tinieblas, habiendo lavado antes la navaja.

Conocemos por las preguntas del veredicto que la procesada había dado a luz, en el Hospital de Soria, atribuyendo a Miguel Bravo “la causa de su desliz, el cual la dejó abandonada desoyendo las súplicas que le hacía en demanda de reparación”. Miguel se jactaba, además, en público de su conducta para con la Basilisa, y salió más de una vez al encuentro a Basilisa tratándola despiadadamente. Que la interfecta era hermana de Miguel y llevaba mal Leonarda los amoríos de su hermano con Basilisa.

También que en la misma mañana del día de autos habló Leonarda con dos pastoras de los amoríos de su hermano diciendo, entre otras cosas, “que no por otro motivo que por su mala condición se había entregado la Basilisa a su hermano que lo mismo había hecho con otros, y que sabe Dios de quién sería el hijo que había a luz en Soria”. Y que Basilisa hizo presente a Leonarda la desgraciada situación en que su hermano la había dejado protestando ante Leonarda de los insultos que ésta le dirigía constantemente y, sobre todo, en las frases que esa mañana había dicho ante las dos pastoras.

El miércoles, 29 de septiembre de 1915, se vio, en juicio oral y público en la Audiencia Provincial, ante el Tribunal del Jurado, la causa procedente del Juzgado de Instrucción de Almazán seguida de oficio por el delito de homicidio contra Basilisa García Valdenebro, natural y vecina de Centenera de Andaluz, soltera, de profesión pastora, sin antecedentes penales, de buena conducta informada, sin instrucción, insolvente, y representada por el procurador Juan Marco García. Acusaba el teniente fiscal, Eduardo de Zúñiga García Izquierdo, y la defensa estaba a cargo del abogado Nicolás Moisés de Benito Martín; habiendo sido ponente el presidente Matías Molina y Ramón.

Después de la prueba, las partes elevaron a definitivas las conclusiones provisionales haciendo elocuentes informes ante el Jurado que, tras del correspondiente resumen, dio veredicto de culpabilidad, fallando el Tribunal de derecho que debía condenar y condenaba a la procesada, Basilisa García Valdenebro alias la Capadora, como autora de un delito de homicidio de que había sido acusada, con dos circunstancias atenuante muy calificadas, a la pena de 8 años y un día de prisión mayor, accesorias compatibles con su sexo, indemnización de 2.000 pesetas. al padre de la interfecta, Aniceto Bravo Carrasco, y al pago de costas procesales.

Se declaró el comiso de la navaja ocupada, que se inutilizaría, entregándose a sus dueños las prendas ocupadas. Se aprobó de igual modo, por sus propios fundamentos, el auto del juez instructor declarando la insolvencia de la procesada. Y para el cumplimiento de la condena sírvale de abono la mitad del tiempo que llevaba de privación de libertad por esta causa durante el primer año y la totalidad de lo que excediese hasta que recayera sentencia firme.

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