Heraldo-Diario de Soria

Todas las donaciones de una marquesa a las iglesias de Caracena (siglo XVII)

Mariana Carrillo de Toledo legó numerosos bienes a este municipio soriano

Villa de Caracena.

Villa de Caracena.HDS

Publicado por
José Vicente de Frías Balsa
Soria

Creado:

Actualizado:

Caracena fue cabeza de la Comunidad de Villa y Tierra que llevaba su nombre integrada, en 1530, por 23 aldeas y la villa de Ines. De su pasada grandeza apenas si quedan testigos: sus iglesias románicas de San Pedro y de Santa María de Barrio Gormaz, el puente medieval, el rollo jurisdiccional; ruinas de su castillo, del cerco murado, de la antigua cárcel y del hospital.

La villa tiene mucha historia, pero vamos a retroceder al siglo XVII cuando, el 3 de abril de 1669, ante Alonso de Peregrina y Lorenzana, canónigo de Sigüenza y visitador general de su obispado, parecieron Felipe Ibáñez, alcalde ordinario, Juan de Martín, regidor, y Juan Ibáñez, procurador de la Villa, y le hicieron saber que Juan de Minguella, alcalde mayor de la misma, les había entregado ciertas alhajas de plata que, para el servicio de las parroquias de San Pedro y Santa María, le había dado la marquesa de Santisteban del Puerto. Pero ¿quién era ésta?

Mariana Carrillo de Toledo, hija de Luis Carrillo de Toledo, I marqués de Caracena y I presidente del Consejo de Órdenes, y de Isabel de Mendoza y Cárdenas, natural de Almazán. Ésta, hija de Francisco Hurtado de Mendoza y Chacón, I marqués de Almazán y IV conde de Monteguado, y de Ana María de Cárdenas y Tovar. Casó con Pedro Rodríguez de Fonseca, I marqués de Orellana, mayordomo de Margarita de Austria, gentilhombre de boca de Felipe III y mayordomo de Felipe IV. Viuda, sin sucesión, volvió a unirse en matrimonio con Francisco de Benavides y de la Cueva, VII conde de Santisteban del Puerto, también viudo de Brianda de Bazán y Benavides, su prima hermana. Al fallecer éste, con el que no tuvo hijos, se la nombró dueña de honor de Isabel de Francia y, luego, de Mariana de Austria.

Falleció el 4 de noviembre de 1667, tras servir durante veintidós años la casa de la reina. Había testado, el 5 de septiembre de 1651, ante Diego Cerón, y dejó a Isabel de Velasco, su sobrina, un censo que la había tocado de la legítima de su madre, sobre el Estado de Almazán y Monteagudo. Censo, de 10.000 ducados de principal y 5.150 rs. de réditos anual, que fue pleiteado por unos caballeros de Ágreda alegando ciertos derechos que decían tener. La Chancillería de Valladolid dio la razón a la marquesa quien ordenó a su sobrina que, cuando entrara a gozar de la renta, mandase decir, mientras viviese, 200 misas por su alma en cada año.

Por su última voluntad ordenó ciertas misas por su alma en la citada iglesia de San Pedro. Dejó cierta cantidad para dotar a doncellas huérfanas y pobres y para limosnas a los necesitados. Hizo además, como se ha dicho, cierta manda de piezas de plata, de la que los mencionados, mostraron al visitador, «vn memorial ajustado», del siguiente tenor:

«Pessa una salva de platta aovada bassa con pie y la falda calada y con armas talladas y en medio y dos vinaxeras con pies assa y tapador y armas talladas en ellas çinco marcos dos oncas y quatro ochavas monta a la ley treçientos y quarenta y cinco rs. de plata».

«Pessan dos candeleros de platta bujias redondos con mecheros anchos y cortos quatro marcos tres onças y siete ochauas y media monta a la ley docientos y nobenta y dos rs. de plata».

«Pesa un caliz y patena de platta dorada con pie redondo y embasamento tres marcos siete onças y seis ochavas monta a la ley ducientos y cinquenta y ocho [rs.] de plata».

«Pesa un baxa [bandeja] de plata ostario redonda lissa con armas talladas y tapador un marco çinco onças y quatro ochabas monto a la lay ciento y nuebe rs. y una ochaba digo medio real de plata».

«Pesose vna campanilla de platta lissa con armas cauo y lenguetta dos marcos cinco onças y seis achauas monta a la lay çiento y setenta y seis rs. y medio de plata».

«Pessa una palmatoria de platta con mechero cadenilla y pinças un marco tres onças y siete ochabas monta a la ley nobenta y seis rs».

«Pesso una chapa de platta quadrada lissa con la santas palabras de la consagraçion talladas en ella dos marcos y dos ochabas monta a la ley ciento y trenta y dos rs. de platta».

«Pessa una cruz de platta dorada con vna [e]chura de vn Santo Christo de coral clauado en ella y con peana de platta dorada vn marco dos onças y quatro ochauas monta la ley ochenta y çinco rs. de plata».

El visitador mandó asentarlo en el libro de fábrica “para su perpetuidad” y que las piezas se depositaran en la parroquia de Santa María, por ser donde «con mayor custodia y guarda, pueden estar por ser los vecinos casi todos de su feligresía y parroquianos». Advirtió, también, que cuando la parroquia de San Pedro tuviera necesidad de las alhajas se pusieran a su disposición. Y que se prestasen, «en las festividades que fuere necessario, a la hermita de Nuestra Señora del Monte sin que por esto adquiera dominio de dichas alaxas, sin inpedirlo ninguno de los curas de San Pedro y Santa Maria para dichas festividades, pena de excomunion maior late sententiae». Una de las condiciones para el préstamo era que no se sacasen «a otra ninguna parte fuera de la villa».

¿Ha llegado a nuestros días alguna de estas piezas?

tracking