Heraldo-Diario de Soria

NORMA

Norma deberá devolver 3 millones a la ADE por la subvención al empleo

El Juzgado desestima la petición de una reducción proporcional

Exterior de la planta de Puertas Norma. / VALENTÍN GUISANDE-

Exterior de la planta de Puertas Norma. / VALENTÍN GUISANDE-

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T. C. / Soria
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Puertas Norma deberá devolver 2.658.528,29 euros a la Agencia de Desarrollo Económico por no haber cumplido las condiciones que condicionaban la cesión de esta cuantía. Además, el importe se verá incrementado en 329.859,29 euros en concepto de intereses reconocidos hasta sumar 2.988.387,58 euros. Así lo ordena la sentencia 69/2013 del Juzgado Contencioso Administrativo número cuatro de Valladolid, que «acuerda desestimar íntegramente» el recurso presentado por la empresa contra la resolución de la Agencia. También se niega la posibilidad de una reducción de la deuda, solicitada por la compañía al considerar que se habían ejecutado los compromisos de forma parcial.

Todo partió de una Resolución de la Presidencia de la ADE fechada el 30 de marzo de 2012. Este documento fue recurrido ante el mencionado Juzgado vallisoletano por Puertas Norma. Además de suponer una carga económica para la empresa, su obligación o no de pago influía en el porcentaje de adhesiones de acreedores en la fase de concurso. De esta forma, la empresa ya mostró su desacuerdo con la consideración de esta deuda que a su juicio supuso dejar fuera la oferta de Nueva Norma-Dymsa.

Según recoge el propio documento de la sentencia, la ADE aprobó en mayo de 2004 la convocatoria de Incentivos a la Inversión de Especial Interés. «La entidad demandante (Puertas Norma) participa en la convocatoria mencionada presentando la correspondiente solicitud que, tras ser evaluada, es declarada por acuerdo de la Junta de Castilla y León fechado el día 19 de octubre de 2006 como de Especial Interés para la Comunidad Autónoma de Castilla y León con base en las favorables repercusiones territoriales, socioeconómicas y por razón de la actividad económica».

Siempre según la sentencia «el proyecto afectado por la declaración indicada consiste, en lo esencial, en la ampliación de las instalaciones (...) estando también previsto que se creen 15 puestos de trabajo y que se mantengan otros 671 ya existentes».

Posteriormente, el 7 de mayo de 2009, la ADE aceptó una modificación propuesta por Norma para que los puestos creados fuesen tres y los mantenidos 645, dado que las condiciones económicas habían cambiado. Sin embargo, las bases obligaban a mantener las condiciones durante dos años y un informe solicitado por la ADE señaló que «no se cumplen».

Por ello se inició el «procedimiento de incumplimiento» al que la empresa alegó. Sin embargo, la ADE mantuvo su postura de reclamar el dinero inicialmente concedido al considerar que no se habían seguido las pautas que condicionaban esta subvención. Norma solicitó que se le redujese la cuantía en 393.196,33 euros por la ‘parte cumplida’, pero desde la Junta y posteriormente desde el Juzgado se viene considerando que la subvención formaba un ‘bloque único’ y no procede hacer las partes proporcionales solicitadas.

Por todo ello la sentencia señala textualmente que «teniendo en cuenta los fundamentos de derecho anteriores se acuerda desestimar  íntegramente el recurso contencioso-administrativo» interpuesto por Norma contra la resolución de la ADE al considerar «que la misma es ajustada a derecho, por lo que no procede su anulación (...) así como tampoco procede declarar la reducción proporcional del reintegro».

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